Patagonia

Continúan las denuncias contra Reato en Epuyén

Por Claudia Sastre

El caso de los vehículos enajenados de manera irregular por el Ejecutivo de Epuyen es paradigmático porque, entre otras cosas marca un modus operandi. El Intendente de Epuyen comete un acto administrativo irregular, y después los lleva (mucho tiempo después) a que el legislativo se lo apruebe. La ley de Corporaciones Municipales dice, en realidad otra cosa, el Honorable Concejo Deliberante tiene la obligación de velar por los bienes de la Corporación y de los actos correctos del Intendente, de su apego a las leyes y los procedimientos. No para "aparentar legalidad" ante una sociedad que dice

"el intendente siempre se manejó así". La aprobación en el HCD se logró, por mayoría simple cuando la ley dice que debe ser por los dos tercios de los concejales, y sin ofrecimiento público. Una fiscal del MPFLP consideró que la operación se hizo dentro de la ley porque se incluyó una clausula en el boleto compra- venta (firmado un día domingo y legalizado por nadie) decía que la venta estaba "sujeta a la aprobación del HCD". Olvidó la Fiscal en la desestimación de la denuncia que la aprobación incumple cito:

Artículo 53.- Corresponde al Concejo autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal. El Concejo autorizará las transmisiones o gravámenes de inmuebles municipales, con el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo. La venta de inmuebles se efectuará mediante ofrecimiento público, de acuerdo con el procedimiento que determine el Concejo Deliberante.

Ahora bien, gracias a todas estas extrañas piruetas legales de "burla" de los procedimientos correctos, el ejecutivo logró la sanción de la Ordenanza de "Permuta" pero está extraña historia no termina aquí, al realizar la Ordenanza sufren otro acto fallido, anotan con error la patente de uno de los automotores enajenados:

La fiscal que proclama el desistimiento de la denuncia penal legajo 2181 dice: "En relación al dominio erróneamente consignado en la Ordenanza aprobada, deberá el HCD proceder a la enmienda de tal equivocación".

La enmienda de tal equivocación implica que, la modificación de la Ordenanza debe ser por medio de otra Ordenanza, y en este caso, realizar otra Ordenanza, esta vez sin "errores". Todo esto bajo apercibimiento de incurrir en " falsificación de documentos público" y en la nulidad del mismo...

Exigiremos como damnificados, por ser ciudadanos de Epuyen y por lo mismo dueños de los vehículos enajenados irregularmente, que ahora sea aprobada como dice la ley, esto es por los dos tercios de los concejales, como mínimo. Las leyes están para ser cumplidas y no para ser burladas. Por demás decir que no aceptamos las razones por la cual la fiscal desiste la denuncia y que está aún no nos informó de las actuaciones que llevó a cabo y por lo mismo queda pendiente nuestros próximos pasos a seguir.