Política

Chubut: el protocolo para el uso de armas como instrumento de represión, inspirado en Bullrich

Por Pablo Quintana.

En medio del conflicto social que atraviesa Chubut, el gobierno puso en vigencia el protocolo para el uso de armas en manos de la policía provincial por medio de una disposición ministerial. Es una copia fiel del que había instrumentado el macrismo a través de Patricia Bullrich. Acá llega de la mano de Federico Massoni. En diálogo con El Extremo Sur, Germán Kexel -ex miembro del equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo y secretario de Política Institucional de Chubut- advirtió que "Esto ya recibió una fuerte impugnación a nivel nacional, donde quedó expresada claramente la violación a los derechos humanos que podría generar y los problemas constitucionales que tenía".

Una metamorfosis acelerada viene sufriendo Chubut en su vida institucional, social y económica. A un escenario en el que los derechos laborales de los trabajadores fueron conculcados (paritarias firmadas e incumplidas, sueldos no abonados, al igual que el medio aguinaldo), el abandono de edificios públicos -como las escuelas- y el estado crítico del sistema de salud en plena pandemia, se suma ahora el conflicto social frente al avance legislativo para habilitar la megaminería en la zona de la Meseta.

El pasado 11 de noviembre se dio a conocer por medio del Boletín Oficial la Resolución 145/2020 del Ministerio de Seguridad que aprueba el protocolo de actuación para el uso de armas de fuego por parte de la policía. Las organizaciones de DDHH advierten que este instrumento ultraja los principios elementales de control de la violencia estatal y legítima, habilitando el uso abusivo de armas letales en las fuerzas de seguridad.

No hay datos estadísticos que avalen la posibilidad de conflictos armados en la sociedad chubutense como para justificar el uso de armas de fuego por parte de las fuerzas policiales en su pretendido rol de resguardar a la sociedad.

El protocolo es un manual en el cual los seis primeros artículos constituyen una copia fiel del derogado Protocolo de uso de armas que el gobierno de Mauricio Macri había puesto en vigencia en su gobierno y que fue derogado en diciembre del año pasado.

Patricia Bullrich había modificado el Reglamento General para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad a fines de 2018. Ese instrumento pretendía legitimar el accionar policial tras el caso protagonizado por el efectivo policial Luis Chocobar; quien el 8 de diciembre de 2017 asesinó a Juan Pablo Kucok, de 18 años, después que este protagonizara presuntamente un asalto a un turista.

Impugnación nacional

"Esto ya recibió una fuerte impugnación a nivel nacional donde quedó expresado claramente la violación a los derechos humanos que podría generar y los problemas constitucionales que tenía", advierte Germán Kexel, ex integrante de equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo y abogado adjunto de la Defensoría General de Chubut, en diálogo con El Extremo Sur.

"Protocolo para utilización de armas de fuego en situaciones complejas con agresiones con armas blancas", se titula el manual provincial que -a diferencia del que había impulsado el macrismo- no hace especificación de armas. Sin embargo, cuando pasa a contemplar los supuestos habla de "agresiones con armas de fuego". Es un engendro textual, en el que ya desde el título expone serios problemas para evaluar la proporcionalidad de la respuesta frente a la presunta amenaza. Por ejemplo, para la agresión con un elemento cortopunzante se habilita la utilización de armas de fuego y su ejecución.

En el "copiar y pegar" efectuado por el ministro de Seguridad, Federico Massoni, sólo se modifican algunos detalles respecto del "inspirador" de Bullrich, como la adaptación de algunos títulos a una normativa que además fue concebida como resolución ministerial; lo que traería aparejados otros problemas constitucionales.

Todo lo referido al proceder de las fuerzas de seguridad posee sus propias instrucciones, con manuales de defensa y el uso progresivo de la fuerza, además de las pautas que establece el Código Procesal Penal.

Bajo el gobierno de Mauricio Macri se publicó un manual sobre la Defensa Policial. Un cuadernillo de 150 páginas en el que establece "introducción al concepto y gestión de conflicto", "empleo de la fuerza y uso racional", "técnicas y tácticas de defensa policial según los niveles del uso racional de la fuerza", "persuasión o disuasión verbal", "reducción física de movimientos" y en su último tramo uno reservado al "uso de armas no letales o potencialmente no letales". En él se expresa: "Aunque las situaciones que enfrente el Agente de Policía sean extremas, en donde se debe tomar decisiones en tiempo inmediato, y sin espacio para un análisis detallado, el uso de la Fuerza Potencialmente Letal siempre deberá tener una causa suficiente y demostrable para justificar el uso de un arma letal".

Las normas internacionales, bien gracias

La Ley 24.059 de Seguridad Interior de la Nación prevé en su Artículo 22 que los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad que integran el sistema de seguridad interior no podrán ser empeñados en acciones u operaciones no previstas en las leyes de la Nación.

La Resolución del Ministerio de Seguridad dista mucho de los principios básicos para el uso de armas de fuego aprobados por las Naciones Unidas, en la que se consagran los principios de legalidad, moderación y proporcionalidad. Se prevé que las mismas deberían incorporar a sus reglamentos las recomendaciones del Código de Ética Profesional establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que "por lo irreversible de las consecuencias que podrían derivarse del uso de la fuerza, la CIDH la concibe como un recurso último que, limitado cualitativa y cuantitativamente, pretende impedir un hecho de mayor gravedad que el que provoca la reacción estatal". Tanto la Comisión como la Corte Interamericana de Derechos Humanos coinciden en que para que el uso de la fuerza se encuentre justificado, se deberán satisfacer los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad.

"El protocolo chubutense cita estos principios, pero legisla claramente al revés, habilitando el uso de armas de fuego en situaciones hipotéticas, fundadas más en la subjetividad del agente que en hechos objetivos que denoten una amenaza real y concreta sobre la vida humana, único bien jurídico a proteger por el uso excepcional, moderado y proporcional del arma de fuego.

Exigimos desde la APDH la derogación de la norma y la intervención de los organismos de control institucional destinados a la protección de los derechos humanos para evitar la ejecución de este protocolo o de cualquier otro que sirva para legitimar abusos", denunció la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos.

Otra de Massoni

Que haya sido a través de una resolución ministerial y no mediante un proyecto de ley no resultó sorpresa. Al menos para la Defensoría General, porque de esta misma manera se manejó el gobierno de Mariano Arcioni durante la actuación policial en el aislamiento.

En abril pasado la Defensoría Pública, la Comisión contra la Impunidad y la secretaría de DDHH torcieron legalmente el brazo del gobierno de Arcioni después que se instrumentaran medidas en las que se avalaban detenciones arbitrarias para el cumplimiento de la cuarentena. En aquel momento se había viralizado un audio en el que se escuchaba al jefe de la policía, Paulino Gómez, señalar que por pedido Massoni había que "meter gente presa".

El habeas corpus preventivo obligó a Chubut a adecuarse a las normas nacionales y abstenerse de cercenar la libertad ambulatoria de los ciudadanos. Las medidas restrictivas de "Mattoni", como llaman popularmente al ministro, imponía una suerte de toque de queda desde las 19.30 todos los días, un sonar de sirena, prohibición de viajar entre ciudades y no más de dos personas por vehículos.

"Es insistir en una práctica que ya planteamos y discutimos. La Constitución provincial es muy clara: los ministros pueden dictar normas que son específicas de sus carteras. Si bien la policía depende del ministerio de Seguridad repercute en la vida de toda la ciudadanía. Una cosa es regular cuestiones laborales o de procedimientos típicamente policial, pero otra es ponerse a regular un instituto contemplado y reglado por el Código Penal", sostiene Kexel.

Uno de los puntos más delicados quizás sea poder dimensionar qué se entiende por "peligro inminente". "Genera muchísimas interpretaciones que extienden los supuestos y subvierte la regla general y viola ese principio general establecido. Lo que va a terminar ocurriendo es que si cada instancia de detención, por ejemplo, va a ser un episodio de todo o nada, esto va a generar más violencia y más tiros por las dudas", sostiene Kexel.

Carta blanca para disparar

De la misma manera el artículo 6 del protocolo y varios de sus incisos son una carta blanca para ejecutar la acción del disparo. El inciso "b" expresa que "cuando el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se compruebe que se trataba de un símil de arma letal", o el inciso "c" que señala "cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal".

Todo resulta controversial, sin mencionar el adiestramiento en la materia que realmente pudieran tener los efectivos policías. La única mención de capacitación para los uniformados figura en su parte resolutiva y señala: "capacítese a través de los centros de formación donde se recluta a los aspirantes a policía o en sus respectivos cursos de ascensos". No hay regulación. Es decir que se pone en vigencia la medida de habilitar en casos puntuales la utilización del uso de arma sin capacitación previa. "Me parece que lo que genera este protocolo son preguntas interesantes. ¿Cuántas veces va un policía a un polígono a realizar sus tareas de adiestramiento al mes? ¿Cómo se llevan adelantes las tareas las tareas de instrucción en referencia a la defensa o al uso progresivo de la fuerza? ¿Cómo se garantiza esto?", reflexiona Kexel.

El otro gran interrogante es la situación en la que el protocolo termina colocando al uniformado. Habrá que ver si quedan fortalecidos en sus funciones o más desguarnecidos en sus quehaceres porque el panorama normativo es más complejo.

Ya se puso en vigencia y aún no se los capacitó dentro de una situación que, en la previa, no aparecía como un problema. Al menos, no hay datos que así lo justifiquen. "Si fallás en el diagnóstico -advierte el Defensor Público-, es probable que falles en la política pública".

En esta deconstrucción del Estado de Derecho no sólo computa impulsar medidas como el protocolo en cuestión sino la falta de políticas que garanticen estos derechos. En la Legislatura está el proyecto para la creación del Comité Provincial contra la Tortura que presentó Juan Hortacio Pais, y que todas las provincias deberían tener en funcionamiento.

El proyecto, que estaría en la comisión de Derechos Humanos, crea el Comité provincial de evaluación del seguimiento y aplicación de la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes respecto de todos los lugares de detención de jurisdicción provincial. El protocolo de Massoni fue por ascensor a través de una disposición ministerial, la otra va por escaleras cumpliendo los requisitos legales.

La Defensoría Pública está elaborando una presentación administrativa contra el protocolo, en la que se pretende detallar las inconsistencias legales, la posible violación de derechos humanos y constitucionales para que esta situación tenga marcha atrás y no tener que lamentar víctimas.