El mundo

La Justicia chilena absuelve a 61 condenados por crímenes de la dictadura

Por Carolina Trejo (Sputnik).

Una sentencia de la Justicia de Chile absuelve a 61 agentes de la ex Policía secreta de la dictadura chilena (1973-1990) y condena a otros 42 sin cárcel por la denominada Operación Colombo, que resultó en la desaparición forzada de 119 personas. El fallo por uno de los casos más emblemáticos del país sobre derechos humanos causó polémica.

La llamada Operación Colombo, un elaborado montaje para matar y hacer desaparecer a 119 opositores de la dictadura cívico militar chilena, tuvo lugar en 1975. Y para concluir el plan se publicó una noticia falsa en la revista argentina Lea, creada especialmente para ese fin, y en el diario brasileño O Dia que entonces se reimprimió únicamente para difundir la información de que las víctimas habían sido asesinadas por sus propios compañeros debido a purgas internas.

El montaje mediático realizado por la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la entonces Policía secreta del régimen militar, afirmaba que 19 mujeres y 100 hombres habían muerto en otros países. En su mayoría eran jóvenes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que habían sido detenidos entre mayo de 1974 y febrero de 1975.

La información fue reproducida por Agencia UPI y tres diarios chilenos de circulación nacional: La Tercera, El Mercurio y La Segunda. El objetivo de la intrincada operación de inteligencia era desacreditar las denuncias en tribunales sobre personas que habían sido detenidas y luego desaparecieron a manos de los servicios represivos de la dictadura.

Además, la falsa noticia acusaba de actos criminales a sectores de la izquierda para infundir temor a quienes continuaban resistiendo contra el régimen. El montaje comunicacional fue desbaratado años después a través de investigaciones judiciales que pudieron comprobar la estrategia articulada para ocultar la verdad.

Dolor e indignación

Cuatro décadas y media después, la octava sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó fallo de segunda instancia respecto a los secuestros calificados de 16 de las 119 víctimas del operativo de la DINA. La decisión judicial absolvió a 31 agentes que habían sido declarados culpables en primera instancia como autores de los asesinatos, además de otros 30 anteriormente condenados como cómplices.

Por otro lado, en esta segunda instancia, la Corte condenó a 42 agentes de la DINA, pero ninguno irá a la cárcel, ya que fueron todos beneficiados con la libertad vigilada o remisión condicional de la pena. El fallo fue pronunciado por los ministros Juan Cristóbal Mera (mismo que ha perseguido al juez Daniel Urrutia) y Mireya López, y modificó de manera sustancial la sentencia de primera instancia dictada por el magistrado en visita Hernán Crisosto Greisse.

El fundamento de esta rebaja de las penas, y que permite que ninguno de los condenados por delitos de lesa humanidad cumplan ningún día de cárcel, es la aplicación a todos ellos de la atenuante de la irreprochable conducta anterior y de la media prescripción.

Para la presidenta de Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Chile (AFDD), Lorena Pizarro, en diálogo con Sputnik, este fallo resulta "inaceptable y es volver a insultarnos, a ofendernos, a perseguirnos y a golpearnos. Y es además muy doloroso. Qué haces con tanta impotencia de llevar tantos años exigiendo justicia y que al final un grupo de ministros vuelvan a expresar en un fallo su absoluta lealtad y defensa con la dictadura cívico-militar. Es extremadamente doloroso, pero también extremadamente indignante".

"Este fallo constituye un serio retroceso para la causa de los derechos humanos y un nuevo grave incumplimiento del Estado de Chile de sus obligaciones de establecer la Verdad, hacer Justicia y otorgar la debida reparación a las víctimas de las violaciones de derechos humanos ocurridas en dictadura", explica a Sputnik Carlos Margotta, presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH).

La presidenta del AFDD coincide en que este fallo es "un retroceso brutal que se viene configurando como retroceso desde que asume este Gobierno de extrema derecha", porque se da, en su opinión, en el marco de un Chile que está volviendo a vivir de manera sistemática violaciones a los derechos humanos.

"Entonces una vez más este mismo Poder Judicial que nunca acogió un recurso de amparo, y por lo tanto nunca salvó la vida de ningún hombre o mujer que fue perseguido durante la dictadura cívico-militar, por lo tanto, no fueron cómplices pasivos como los quiso denominar Sebastián Piñera (en su primer Gobierno), sino que fueron parte del andamiaje terrorista".

Décadas de impunidad y negacionismo

Lorena Pizarro es tajante y considera que la impunidad finalmente se intenta imponer con esta sentencia. Porque para ella después de tantos años de lucha por verdad, por justicia, y "por instalar en el consciente colectivo que la práctica de desaparición forzada es un tema que hasta el día de hoy no se resuelve, nos enfrentamos a un murallón de impunidad que hemos logrado fracturar en ocasiones, pero nunca hemos logrado echar abajo".

Por su parte, Nelson Caucotto, abogado querellante en la causa, indicó la prensa tras la sentencia que "resulta inaceptable un fallo de esta naturaleza, que afecta tan directamente a los familiares de las víctimas, que han confiado ciegamente en la acción de la Justicia durante 45 años, para que finalmente esa profunda y anhelada aspiración se esfume de golpe con un fallo como este".

Para el abogado, "se violenta el sentido común y el sentimiento de justicia, cuando acreditados 16 secuestros calificados, no existe ninguna condena de cárcel efectiva. ¿Qué valor se asigna a la vida de estos 16 chilenos que fueron secuestrados y hechos desaparecer por una dictadura brutal, y que los mantiene hasta hoy sin saber dónde se encuentran o donde fueron dejados sus restos? ¿En qué pie queda la garantía de no repetición que obliga a Chile en el concierto internacional? Se puede secuestrar y hacer desaparecer a decenas de víctimas y quedar en libertad. Eso es impunidad, pura y dura".

"Cuando tú dejas libre a todas y todos, cuando vienes a desconocer todo lo que se ha conocido respecto a la dictadura cívico militar, hoy día es encontrarte frente a un murallón no solo de impunidad, sino que avanza a institucionalizar el negacionismo desde el poder judicial al inicio de este gobierno de extrema derecha, ha sido desde el poder ejecutivo", advierte Lorena Pizarro.

La justicia no es ciega

Para la presidenta de la AFDD lo que resulta más complejo es que esta sala de la Corte de Apelaciones ha tomado una posición, que es el reflejo de cómo se ha configurado el Poder Judicial, en las mismas lógicas de buscar consensos y no en las lógicas de principios éticos de la justicia: que debe ser para todos igual.

"La Corte de Apelaciones lo que hace es fijar una posición desde una lógica política que relativiza el respeto a los derechos humanos y es consecuencia de los consensos, iniciada a partir de la década de los 90, terminada la dictadura cívico-militar. Estas son consecuencias de mantener, en distintas responsabilidades, a ministras y ministros que hacen el juego al modelo económico establecido, en su profunda injusticia social y su profundo compromiso con la impunidad de las violaciones a los derechos humanos", opina.

Para Pizarro esto se refleja en que el Poder Judicial se ha caracterizado por responder a los intereses de las élites políticas y por lo tanto "no está en sintonía con la inmensa mayoría del pueblo, no solo eso, no está en sintonía con principios éticos". Hoy hay más de 2.500 jóvenes, hombres y mujeres que han sido encarcelados a partir de la revuelta de octubre del año pasado, detalla la dirigente, además de un número no menor de mapuches prisioneros políticos, particularmente en nuestro país, por exigencias de mayor justicia social, y a ellos "se les encarcela, se les persigue, se hacen montajes".

Pero cuando grupos de extrema derecha, que amenazaron a una fiscal por llevar adelante correctamente una investigación, "primero se les encuentran armamento, se habla de utensilios, el lenguaje construye realidad, por lo tanto, se fija las mismas lógicas de los medios de comunicación en dictadura de prestarse a la relativización del horror que se está viviendo. Y lo segundo que ocurre, es que no se les envía a prisión preventiva, se les deja con medidas que no tiene ningún correlato con la gravedad del hecho".

Tratados internacionales que Chile relativiza

Respecto al incumplimiento de los tratados internacionales firmados por Chile sobre derechos humanos y los delitos de lesa humanidad, la AFDD denuncia, que si bien esos tratados internacionales deben ser un compromiso de los Estados, "Chile es un país que los ha relativizado desde el día 1 del término de la dictadura cívico-militar, y que finalmente lo que refleja es un compromiso con la impunidad y un desconocimiento a estos tratados en toda su más amplia concepción".

Carlos Margotta opina que con este fallo nuevamente se muestra que "los Tribunales superiores de Justicia desconocen la normativa internacional de derechos humanos, cuya aplicación es obligatoria en virtud del inciso 2° del Art. 5 de la Constitución vigente, y da cuenta al mismo tiempo, de la urgente necesidad de reestructurar el Poder Judicial, tal como lo recomiendan los organismos internacionales a los Estados posdictatoriales como garantía de no repetición".

"A objeto que los jueces puedan cumplir debidamente con su deber de administrar Justicia y proteger los derechos humanos de los ciudadanos, y que, en caso chileno, después de 30 años de transición, dicha obligación aún permanece pendiente", agrega.

El abogado advierte además "que se debe tener presente que el presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que dictó este aberrante fallo, Juan Cristóbal Mera, tiene un largo historial de fallos contrarios a las normas y principios de derechos humanos, de aplicación obligatoria para los tres poderes del Estado, a través de los cuales ha absuelto a otros criminales de lesa humanidad, o les ha aplicado el beneficio de la media prescripción, que importa aplicarles penas irrisorias, que cumplen en libertad".

En este contexto, para Lorena Pizarro resulta también importante avanzar hacia la redacción de una nueva Constitución que ponga en el centro "el respeto, defensa y protección de los derechos humanos y conceptos como revisión del rol de las fuerzas armadas y otros que están muy vinculados a la no repetición de las violaciones de derechos humanos, y por supuesto la lucha contra la impunidad".

A lo que presidente de CCHDH añade que en el nuevo texto constitucional debiera sentar las bases de esa necesaria reestructuración del Poder Judicial. Finalmente, el jurista explica que lo abogados querellantes han anunciado que recurrirán a la Corte Suprema a objeto de revertir lo resuelto por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones. "Si el máximo tribunal no revoca el fallo, el Estado de Chile en su conjunto, incurrirá en responsabilidad internacional por no aplicar la normativa de derechos humanos vigente en nuestra legislación", remata.