Política

DNU polémico: Arcioni suspendió medidas judiciales que ordenen el pago de sueldos adeudados

El gobernador Mariano Arcioni firmó este martes un decreto que suspende de manera inmediata "los efectos de las medidas cautelares, sentencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como de los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Administración Pública Central y Descentralizada, las entidades Autárquicas, Autofinanciadas, Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial".

Según publica Jornada, el decreto frena el cumplimiento de algunos fallos que beneficiaron en su gran mayoría a magistrados del Poder Judicial, que con fallos de conjueces (abogados particulares de la matrícula) consiguieron cobrar de manera retroactiva los salarios que la gran mayoría de los empleados públicos mantienen con diferente nivel de atrasos.

Según el decreto divulgado, "corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las medidas cautelares ya dispuestas".

EL DECRETO

Artículo 1°.- SUSPENDASE, durante la vigencia de la emergencia declarada por Ley VII N° 91, los efectos de las medidas cautelares, sentencias judiciales y medidas de ejecución que ordenen al Estado Provincial al pago de los haberes devengados y adeudados, como de los que se devenguen en el futuro, respecto de los empleados activos y pasivos de la Administración Pública Central y Descentralizada, las entidades Autárquicas, Autofinanciadas, Sociedades del Estado, Servicios de Cuentas Especiales y todo otro Ente en el cual el Estado Provincial tenga participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, del Poder Legislativo y del Poder Judicial. De oficio, corresponderá ordenar el inmediato levantamiento de las medidas cautelares ya dispuestas.

Artículo 2º.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia.

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido ARCHIVESE.

Ley VII N° 91

La ley provincial fue sancionada y publicada en el Boletín Oficial del 19 de enero de 2020 y declara el estado de Emergencia económica, financiera y administrativa en la Provincia del Chubut.

En dicha sanción, el artículo 3° decía que "por el plazo establecido de 18 meses", se suspenden los pagos y otras contraprestaciones que correspondan a obligaciones contraídas por el "Estado Provincial", con anterioridad al 9 de Diciembre de 2019.

Sin embargo, el Gobierno realizaba una excepción para el pago de los haberes al personal del "Estado Provincial", devengados con posterioridad a la entrada en vigencia de esta Ley, los haberes de los meses ale Noviembre y Diciembre de 2019, la segunda cuota del S.A.C. del año 2019 y las liquidaciones finales.