Política

Massoni dio cátedra sobre violación de derechos ante una Legislatura muda y sumisa

Por Comisión contra la Impunidad y por la Justicia

Una legislatura sumida en una tremenda catalepsia política da vía libre para que se exprese un Ministro sin protocolo específico, pero con fuertes decisiones políticas de retroceso y de muerte. Repudiables prácticas de terrorismo de Estado en democracia y la clara misoginia que siempre redundó dentro de las fuerzas de seguridad y que aquí queda aún más de manifiesto. Estos son los cuatro ejes que en principio queremos identificar dentro de la inabarcable cantidad de cosas para decir sobre la visita de Massoni a Legislatura.

I. EL PODER LEGISLATIVO AL SERVICIO DE MASSONI

El 9 de junio, el Ministro de Seguridad de la Provincia del Chubut, el cuestionado Federico Massoni, presentó un pedido de informe ante lxs legisladores. El mismo buscaba explicaciones sobre la ejecución del vecino de Las Golondrinas, Alejandro "Tino" John, el pasado 28 de mayo a manos del criminal operativo del GEOP y tal informe había sido solicitado por diputadxs del PJ con alguna adhesión del oficialismo y de la UCR. El mencionado pedido quedó aprobado con 18 votos a favor el 1 de junio.

Llama la atención y preocupa que, existiendo el Artículo N° 160 de la Constitución Provincial que establece los términos de la INTERPELACIÓN, lxs diputadxs no hayan echado mano de esa herramienta y se hayan limitado a un mero pedido de informe (para conocer las preguntas del pedido de informe remitirse al final de esta nota). Ante la Interpelación en los términos del Artículo mencionado "Los Ministros deben asistir a las sesiones de la Legislatura cuando son llamados por ella. Pueden hacerlo también, cuando lo crean conveniente y tomar parte en sus discusiones, pero no tienen voto". En cambio, con el pedido de informe apenas se reunió una de las Comisiones de Legislatura y participaron pocos legisladores, algunxs de manera presencial y otrxs vía on line. Lxs diputadxs hablan todo el tiempo de la "dichosa" institucionalidad pero, sin embargo, temen llevar al Ministro a una sesión ordinaria. Mucho menos se animan a votar los pedidos de juicio político que existen sobre Massoni. La llamada institucionalidad de este poder legislativo tiene límites muy claros. Cumplir con dos Artículos de la Constitución Provincial, como lo son el de la Interpelación y el del Juicio Político, no parece ser tan institucional para ellxs. Esta clase política termina siendo funcional a la sistemática violación de derechos en la medida en que no se compromete a fondo con la revisión de las políticas en materia de seguridad. Existen sendos cuestionamientos y pedidos de investigación al Ministro Massoni por parte de entidades como el CELS, la Secretaría de DD HH de Nación, Amnistía Internacional, APDH; entre otros organismos e instituciones, pero el poder legislativo parece no advertir la gravedad de los hechos. Existe también un Habeas Corpus que ordena y obliga a este Ministerio a ajustarse a derecho y sin embargo ni el Ministro lo hace, ni el poder legislativo lo exige.

A esta altura y con esta descripción del día 9 de junio en la Legislatura bien cabe calificar este "pedido de informe" de lxs legisladores a Massoni como una mera visita del Ministro a la Legislatura para mantener una relajada reunión de Comisión y para seguir preparando así su campaña sin disimulo alguno por su búsqueda de fidelizar el voto fascista al que aspira y ampliar adhesiones hacia la ciudadanía que se identifica con su perfil reaccionario. Esta visita a la que lxs legisladores fueron funcionales fue aprovechada como un liso y llano acto de campaña por Massoni. Para abonar a esto, cabe destacar que no se permitió el ingreso de la prensa, hecho que le dio el cómodo lugar al Ministerio de Seguridad de ser el único espacio de difusión y de transmisión en vivo de la "reunión", es decir la única fuente de consulta de esa "visita". Si esto no es funcional a su campaña ¿Qué es? Si esto no es ser funcional a la impunidad de este Ministro ¿Qué es?

II. DECISIONES POLÍTICAS DE MASSONI: (IN) SEGURIDAD AL TIRO

En la Comisión de Legislatura se hicieron presentes junto a Massoni, el Crio Gómez Ocampo, Subjefe de Policía de la Provincia y el Crio Miguel Gómez, Jefe de Policía de la Provincia. Las preguntas que lxs diputadxs les hicieron no distaron casi del listado de preguntas anotadas en el pedido de informe.

Las cuestiones que quedaron muy claras son las siguientes:

Que, por el fusilamiento del vecino Alejandro Tino John, Massoni salió a aplaudir al GEOP y a responsabilizar de todo al propio Sr. John y a su familia.

Que no se trabajó en coordinación con el Ministerio de Salud de la Provincia para pensar en algún abordaje conjunto para intervenir eficazmente en situaciones que involucren personas con diagnóstico de salud mental como fue el caso de Tino John

Que, ante la falta de coordinación con Salud, el Ministerio de Seguridad asumió que no necesitaba de su intervención y procedió sin ella, siendo el resultado el fusilamiento de una persona, a pesar de los supuestos y fracasados mediadores del GEOP. Actuar sin intervención de personal capacitado en salud mental frente a esta situación es gravísimo y sienta un precedente atroz. Por supuesto que la respuesta jamás puede ser actuar como se actuó en Las Golondrinas. Esto debe ser investigado y desde ya condenado.

Que este Ministerio no cuenta con un Protocolo específico para estas situaciones y que en cambio ha tomado deliberadamente la decisión política de no adherir a la Resolución 506/2013 del Ministerio de Seguridad de Nación sobre "Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad. Pautas de Intervención para determinadas situaciones", el cual en su Artículo N° 1 establece: "Apruébense las "Pautas para la Intervención de los Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad con el objeto de preservar la seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros". Sin embargo, durante la reunión en Legislatura Massoni dijo con firmeza "que no se había adherido" al mismo. Tal decisión política choca con la práctica de este Ministerio de adhesión casi automática a cuanta medida y protocolo de seguridad se ejecutó durante la administración Bullrich en el Ministerio de Seguridad de Nación. Hablamos, por ejemplo, del Protocolo para la utilización de armas de fuego en situaciones de agresiones con armas blancas (Resolución 145/2020 del Ministerio de Seguridad del Chubut) y del Protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas (Resolución 172/2018 del Ministerio de Gobierno del Chubut). La Resolución 145/2020 de Provincia es casi calco y copia de la Resolución 956/2018 del Ministerio de Seguridad de Bullrich; adviértase que la última fue derogada en diciembre de 2019, y sin embargo y a pesar de ello, Massoni decidió dar curso a "su" Protocolo basándose en ella y avanzó en esa línea. Para vulnerar y violar derechos Massoni protocoliza o adhiere a paradigmas de derecha, pero para reconocer derechos y ampliarlos no adhiere a lo vigente, ni lo protocoliza. Esto es una clara decisión política sobre un modelo de seguridad sumamente en retroceso.

III. PRÁCTICAS DE LA POLICÍA QUE REMITEN A LA DICTADURA

Una diputada mencionó que esta ejecución le recordó a los años más oscuros de la Dictadura y Massoni se sintió ofendido por ello y le respondió que era una comparación irresponsable. No obstante, la Ley Orgánica de la Policía sigue siendo una Ley de la Dictadura, por lo tanto, la Policía se maneja internamente con una normativa emanada de la Dictadura. Y esto es un hecho objetivo, no una interpretación.

En su extensa alocución el Ministro manifestó que "El GEOP no acostumbra a precintar ni a menores ni a mujeres, pero acá lo tuvo que hacer porque era tal la oposición que ponía esta persona que tuvieron que precintar". Otra práctica propia de la Dictadura. Pero también una práctica que la Policía del Chubut ha mantenido en democracia, por ejemplo, en el operativo también ocurrido en la Cordillera sobre el territorio de los Lof (Cushamen, Pillan Mahuiza), y también, por mencionar un hecho más cercano en el tiempo, en Trelew, en julio de 2020, en el violento allanamiento a la familia Fredes del Barrio INTA.

La expresión del Comisario Paulino Gómez frente a los hechos merece también una mención al respecto de la relación entre la policía del Chubut y la Dictadura. Gómez dijo "fue abatido", un lenguaje propio del proceso militar.

Lejos de ofenderse el Sr Ministro debería revisar la normativa, las prácticas y el lenguaje de la policía que dirige, así no se la asimila ni homologa con la policía de la Dictadura. Pero se hace difícil siquiera pensar en esto porque es el mismísimo Massoni el que premió nada más y nada menos que a un policía de la Dictadura, Tito Nichols, quien además poco después de la premiación, fue encontrado responsable mediato por la desaparición forzada de Elvio Ángel Bel, en el juicio por Lesa Humanidad que transcurrió durante los años 2019 y 2020. Si el propio Massoni premia a un criminal de lesa humanidad difícil es que pretenda que no se asocie a su policía con la Dictadura.

Lo que ocurrió con Alejandro "Tino" John fue un fusilamiento. Al Ministro Massoni le molesta que desde distintos lugares se refieran a ese criminal procedimiento del GEOP como fusilamiento, pero no le disgusta para nada que su subalterno Paulino Gómez use la expresión "abatido". Cuando el Ministerio de Seguridad erradique toda normativa, lenguaje y prácticas propias de terrorismo de estado, entonces, quizás, recién ahí la gente deje de comparar a su policía con la Dictadura.

IV. LA MISOGINIA SIN DISIMULO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD

"El GEOP no tiene personal femenino (silencio de unos segundos).

No tiene porque es de intervención rápida. No tiene personal femenino porque para ser del GEOP no es...

Uno tiene que calificar, tiene que hacer un curso básico que lleva 6 meses, como mínimo, 6 meses de instrucción y no hay mujeres que se hayan inscripto";

Todo este rodeo para terminar diciendo "no hay mujeres que se hayan inscripto"; así respondió el Sr. Ministro de Seguridad ante la pregunta de si GEOP contaba o no con personal femenino. ¿Qué necesidad Sr Ministro de plantear que hay que tener capacidad de intervención, que hay que calificar, que hay que hacer un curso básico, qué necesidad de decir todo eso? Alcanzaba con tan solo decir: "No hay personal femenino inscripto", pero no pudo simplemente decir eso. No pudo porque es misógino. Porque además las propias fuerzas de seguridad lo son y ese es otro de los puntos que nunca tocó durante su administración como Ministro de esa área, por el contrario, se ha dedicado a perseguir mujeres policías, en vez de democratizar las fuerzas.

El problema es que la misoginia hacia las propias mujeres de las fuerzas de seguridad (que es en sí mismo también un problema) se reproduce hacia las mujeres que no son de la fuerza y es por eso que nos encontramos con un GEOP que no cuenta con personal femenino y que toda vez que interviene en un allanamiento lo hace violando normativa que estipula que si hay mujeres en el lugar allanado deben ser abordadas por personal femenino. Esto no se cumple y esto lo sintió en su cuerpo la compañera de vida de Alejandro Tino John, quien además de perder a su compañero ejecutado por el GEOP también sufrió la violencia de esa fuerza sobre sí misma.

¿Dónde está la especialidad de este supuesto Grupo Especializado? El mediador de GEOP fracasó en su intervención pues Tino John terminó ejecutado, con un tiro nada menos que en la cabeza. A su vez, la mujer fue precintada y reducida por personal no femenino, violando todo protocolo de actuación.

Un abordaje especializado hubiera sido una coordinación con el área de salud y en específico con el área de salud mental y, a su vez, contar entre las filas del GEOP con personal femenino con perspectiva de género. Nada de esto pasó. Solo violaciones, violaciones y más violaciones a los derechos humanos.

Preguntas del Pedido de Informe al Ministro de Seguridad de la Provincia del Chubut

1) ¿Cuál fue el protocolo utilizado para el ingreso a la vivienda?;

2) ¿El operativo contó con un agente negociador? ¿Cuál fue su accionar?;

3) ¿Cuántos disparos realizó el Sr. John antes de ser abatido? ¿Los disparos fueron apuntados hacia el personal policial?;

4) ¿Qué cantidad de personal del GEOP ingresa en una irrupción?

5) ¿Cuál es el protocolo a activar para intervenir en casos de personas con padecimiento mental?;

6) ¿Se dio intervención al servicio de salud de la Provincia?;

7) ¿Existe constancia del diagnóstico médico del Sr. John? ¿Fue requerido por el personal del GEOP antes de comenzar con el operativo?;

8 ) Teniendo en cuenta que el GEOP no actúa de oficio en los allanamientos sino sólo mediante orden judicial, si se podrá adjuntar copia de la misma.

9) Si existen filmaciones u algún otro medio de prueba del allanamiento;

10) ¿Se encontraba presente un oficial femenino del GEOP durante el operativo?

11) ¿Cómo fue el protocolo accionado para con la mujer del Sr. John?;

12) Podría mencionar la cantidad de uniformados que integraron la comisión policial del GEOP que fue parte del operativo.

13) ¿Cuánto tiempo transcurrió entre que policía supo por primera vez de los incidentes hasta que terminó interviniendo el GEOP?;

14) Si dicho allanamiento se llevó a cabo bajo las órdenes y por directivas impartidas del Comisario y Jefe del GEOP;

15) ¿Existen actas de denuncias de los vecinos sobre el accionar del Sr. Jhon?;

16) ¿La orden de disparar fue dada por el oficial a cargo del operativo o fue una decisión del agente que produjo el disparo?

Una legislatura sumida en una tremenda catalepsia política, da vía libre para que se exprese un Ministro sin protocolo específico, pero con fuertes decisiones políticas de retroceso y de muerte. Repudiables prácticas de terrorismo de estado en democracia y la clara misoginia que siempre redundó dentro de las fuerzas de seguridad y que aquí queda aún más de manifiesto. Estos son los cuatro ejes que en principio queremos identificar dentro de la inabarcable cantidad de cosas para decir sobre la visita de Massoni a Legislatura.

I. EL PODER LEGISLATIVO AL SERVICIO DE MASSONI

El 9 de junio, el Ministro de Seguridad de la Provincia del Chubut, el cuestionado Federico Massoni, presentó un pedido de informe ante lxs legisladores. El mismo buscaba explicaciones sobre la ejecución del vecino de Las Golondrinas, Alejandro "Tino" John, el pasado 28 de mayo a manos del criminal operativo del GEOP y tal informe había sido solicitado por diputadxs del PJ con alguna adhesión del oficialismo y de la UCR. El mencionado pedido quedó aprobado con 18 votos a favor el 1 de junio.

Llama la atención y preocupa que, existiendo el Artículo N° 160 de la Constitución Provincial que establece los términos de la INTERPELACIÓN, lxs diputadxs no hayan echado mano de esa herramienta y se hayan limitado a un mero pedido de informe (para conocer las preguntas del pedido de informe remitirse al final de esta nota). Ante la Interpelación en los términos del Artículo mencionado "Los Ministros deben asistir a las sesiones de la Legislatura cuando son llamados por ella. Pueden hacerlo también, cuando lo crean conveniente y tomar parte en sus discusiones, pero no tienen voto". En cambio, con el pedido de informe apenas se reunió una de las Comisiones de Legislatura y participaron pocos legisladores, algunxs de manera presencial y otrxs vía on line. Lxs diputadxs hablan todo el tiempo de la "dichosa" institucionalidad pero, sin embargo, temen llevar al Ministro a una sesión ordinaria. Mucho menos se animan a votar los pedidos de juicio político que existen sobre Massoni. La llamada institucionalidad de este poder legislativo tiene límites muy claros. Cumplir con dos Artículos de la Constitución Provincial, como lo son el de la Interpelación y el del Juicio Político, no parece ser tan institucional para ellxs. Esta clase política termina siendo funcional a la sistemática violación de derechos en la medida en que no se compromete a fondo con la revisión de las políticas en materia de seguridad. Existen sendos cuestionamientos y pedidos de investigación al Ministro Massoni por parte de entidades como el CELS, la Secretaría de DD HH de Nación, Amnistía Internacional, APDH; entre otros organismos e instituciones, pero el poder legislativo parece no advertir la gravedad de los hechos. Existe también un Habeas Corpus que ordena y obliga a este Ministerio a ajustarse a derecho y sin embargo ni el Ministro lo hace, ni el poder legislativo lo exige.

A esta altura y con esta descripción del día 9 de junio en la Legislatura bien cabe calificar este "pedido de informe" de lxs legisladores a Massoni como una mera visita del Ministro a la Legislatura para mantener una relajada reunión de Comisión y para seguir preparando así su campaña sin disimulo alguno por su búsqueda de fidelizar el voto fascista al que aspira y ampliar adhesiones hacia la ciudadanía que se identifica con su perfil reaccionario. Esta visita a la que lxs legisladores fueron funcionales fue aprovechada como un liso y llano acto de campaña por Massoni. Para abonar a esto, cabe destacar que no se permitió el ingreso de la prensa, hecho que le dio el cómodo lugar al Ministerio de Seguridad de ser el único espacio de difusión y de transmisión en vivo de la "reunión", es decir la única fuente de consulta de esa "visita". Si esto no es funcional a su campaña ¿Qué es? Si esto no es ser funcional a la impunidad de este Ministro ¿Qué es?

II. DECISIONES POLÍTICAS DE MASSONI: (IN) SEGURIDAD AL TIRO

En la Comisión de Legislatura se hicieron presentes junto a Massoni, el Crio Gómez Ocampo, Subjefe de Policía de la Provincia y el Crio Miguel Gómez, Jefe de Policía de la Provincia. Las preguntas que lxs diputadxs les hicieron no distaron casi del listado de preguntas anotadas en el pedido de informe.

Las cuestiones que quedaron muy claras son las siguientes:

Que, por el fusilamiento del vecino Alejandro Tino John, Massoni salió a aplaudir al GEOP y a responsabilizar de todo al propio Sr. John y a su familia.

Que no se trabajó en coordinación con el Ministerio de Salud de la Provincia para pensar en algún abordaje conjunto para intervenir eficazmente en situaciones que involucren personas con diagnóstico de salud mental como fue el caso de Tino John

Que, ante la falta de coordinación con Salud, el Ministerio de Seguridad asumió que no necesitaba de su intervención y procedió sin ella, siendo el resultado el fusilamiento de una persona, a pesar de los supuestos y fracasados mediadores del GEOP. Actuar sin intervención de personal capacitado en salud mental frente a esta situación es gravísimo y sienta un precedente atroz. Por supuesto que la respuesta jamás puede ser actuar como se actuó en Las Golondrinas. Esto debe ser investigado y desde ya condenado.

Que este Ministerio no cuenta con un Protocolo específico para estas situaciones y que en cambio ha tomado deliberadamente la decisión política de no adherir a la Resolución 506/2013 del Ministerio de Seguridad de Nación sobre "Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad. Pautas de Intervención para determinadas situaciones", el cual en su Artículo N° 1 establece: "Apruébense las "Pautas para la Intervención de los Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad con el objeto de preservar la seguridad en situaciones que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias en riesgo inminente para sí o para terceros". Sin embargo, durante la reunión en Legislatura Massoni dijo con firmeza "que no se había adherido" al mismo. Tal decisión política choca con la práctica de este Ministerio de adhesión casi automática a cuanta medida y protocolo de seguridad se ejecutó durante la administración Bullrich en el Ministerio de Seguridad de Nación. Hablamos, por ejemplo, del Protocolo para la utilización de armas de fuego en situaciones de agresiones con armas blancas (Resolución 145/2020 del Ministerio de Seguridad del Chubut) y del Protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas (Resolución 172/2018 del Ministerio de Gobierno del Chubut). La Resolución 145/2020 de Provincia es casi calco y copia de la Resolución 956/2018 del Ministerio de Seguridad de Bullrich; adviértase que la última fue derogada en diciembre de 2019, y sin embargo y a pesar de ello, Massoni decidió dar curso a "su" Protocolo basándose en ella y avanzó en esa línea. Para vulnerar y violar derechos Massoni protocoliza o adhiere a paradigmas de derecha, pero para reconocer derechos y ampliarlos no adhiere a lo vigente, ni lo protocoliza. Esto es una clara decisión política sobre un modelo de seguridad sumamente en retroceso.

III. PRÁCTICAS DE LA POLICÍA QUE REMITEN A LA DICTADURA

Una diputada mencionó que esta ejecución le recordó a los años más oscuros de la Dictadura y Massoni se sintió ofendido por ello y le respondió que era una comparación irresponsable. No obstante, la Ley Orgánica de la Policía sigue siendo una Ley de la Dictadura, por lo tanto, la Policía se maneja internamente con una normativa emanada de la Dictadura. Y esto es un hecho objetivo, no una interpretación.

En su extensa alocución el Ministro manifestó que "El GEOP no acostumbra a precintar ni a menores ni a mujeres, pero acá lo tuvo que hacer porque era tal la oposición que ponía esta persona que tuvieron que precintar". Otra práctica propia de la Dictadura. Pero también una práctica que la Policía del Chubut ha mantenido en democracia, por ejemplo, en el operativo también ocurrido en la Cordillera sobre el territorio de los Lof (Cushamen, Pillan Mahuiza), y también, por mencionar un hecho más cercano en el tiempo, en Trelew, en julio de 2020, en el violento allanamiento a la familia Fredes del Barrio INTA.

La expresión del Comisario Paulino Gómez frente a los hechos merece también una mención al respecto de la relación entre la policía del Chubut y la Dictadura. Gómez dijo "fue abatido", un lenguaje propio del proceso militar.

Lejos de ofenderse el Sr Ministro debería revisar la normativa, las prácticas y el lenguaje de la policía que dirige, así no se la asimila ni homologa con la policía de la Dictadura. Pero se hace difícil siquiera pensar en esto porque es el mismísimo Massoni el que premió nada más y nada menos que a un policía de la Dictadura, Tito Nichols, quien además poco después de la premiación, fue encontrado responsable mediato por la desaparición forzada de Elvio Ángel Bel, en el juicio por Lesa Humanidad que transcurrió durante los años 2019 y 2020. Si el propio Massoni premia a un criminal de lesa humanidad difícil es que pretenda que no se asocie a su policía con la Dictadura.

Lo que ocurrió con Alejandro "Tino" John fue un fusilamiento. Al Ministro Massoni le molesta que desde distintos lugares se refieran a ese criminal procedimiento del GEOP como fusilamiento, pero no le disgusta para nada que su subalterno Paulino Gómez use la expresión "abatido". Cuando el Ministerio de Seguridad erradique toda normativa, lenguaje y prácticas propias de terrorismo de estado, entonces, quizás, recién ahí la gente deje de comparar a su policía con la Dictadura.

IV. LA MISOGINIA SIN DISIMULO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD

"El GEOP no tiene personal femenino (silencio de unos segundos).

No tiene porque es de intervención rápida. No tiene personal femenino porque para ser del GEOP no es...

Uno tiene que calificar, tiene que hacer un curso básico que lleva 6 meses, como mínimo, 6 meses de instrucción y no hay mujeres que se hayan inscripto";

Todo este rodeo para terminar diciendo "no hay mujeres que se hayan inscripto"; así respondió el Sr. Ministro de Seguridad ante la pregunta de si GEOP contaba o no con personal femenino. ¿Qué necesidad Sr Ministro de plantear que hay que tener capacidad de intervención, que hay que calificar, que hay que hacer un curso básico, qué necesidad de decir todo eso? Alcanzaba con tan solo decir: "No hay personal femenino inscripto", pero no pudo simplemente decir eso. No pudo porque es misógino. Porque además las propias fuerzas de seguridad lo son y ese es otro de los puntos que nunca tocó durante su administración como Ministro de esa área, por el contrario, se ha dedicado a perseguir mujeres policías, en vez de democratizar las fuerzas.

El problema es que la misoginia hacia las propias mujeres de las fuerzas de seguridad (que es en sí mismo también un problema) se reproduce hacia las mujeres que no son de la fuerza y es por eso que nos encontramos con un GEOP que no cuenta con personal femenino y que toda vez que interviene en un allanamiento lo hace violando normativa que estipula que si hay mujeres en el lugar allanado deben ser abordadas por personal femenino. Esto no se cumple y esto lo sintió en su cuerpo la compañera de vida de Alejandro Tino John, quien además de perder a su compañero ejecutado por el GEOP también sufrió la violencia de esa fuerza sobre sí misma.

¿Dónde está la especialidad de este supuesto Grupo Especializado? El mediador de GEOP fracasó en su intervención pues Tino John terminó ejecutado, con un tiro nada menos que en la cabeza. A su vez, la mujer fue precintada y reducida por personal no femenino, violando todo protocolo de actuación.

Un abordaje especializado hubiera sido una coordinación con el área de salud y en específico con el área de salud mental y, a su vez, contar entre las filas del GEOP con personal femenino con perspectiva de género. Nada de esto pasó. Solo violaciones, violaciones y más violaciones a los derechos humanos.

Preguntas del Pedido de Informe al Ministro de Seguridad de la Provincia del Chubut

1) ¿Cuál fue el protocolo utilizado para el ingreso a la vivienda?;

2) ¿El operativo contó con un agente negociador? ¿Cuál fue su accionar?;

3) ¿Cuántos disparos realizó el Sr. John antes de ser abatido? ¿Los disparos fueron apuntados hacia el personal policial?;

4) ¿Qué cantidad de personal del GEOP ingresa en una irrupción?

5) ¿Cuál es el protocolo a activar para intervenir en casos de personas con padecimiento mental?;

6) ¿Se dio intervención al servicio de salud de la Provincia?;

7) ¿Existe constancia del diagnóstico médico del Sr. John? ¿Fue requerido por el personal del GEOP antes de comenzar con el operativo?;

8 ) Teniendo en cuenta que el GEOP no actúa de oficio en los allanamientos sino sólo mediante orden judicial, si se podrá adjuntar copia de la misma.

9) Si existen filmaciones u algún otro medio de prueba del allanamiento;

10) ¿Se encontraba presente un oficial femenino del GEOP durante el operativo?

11) ¿Cómo fue el protocolo accionado para con la mujer del Sr. John?;

12) Podría mencionar la cantidad de uniformados que integraron la comisión policial del GEOP que fue parte del operativo.

13) ¿Cuánto tiempo transcurrió entre que policía supo por primera vez de los incidentes hasta que terminó interviniendo el GEOP?;

14) Si dicho allanamiento se llevó a cabo bajo las órdenes y por directivas impartidas del Comisario y Jefe del GEOP;

15) ¿Existen actas de denuncias de los vecinos sobre el accionar del Sr. Jhon?;

16) ¿La orden de disparar fue dada por el oficial a cargo del operativo o fue una decisión del agente que produjo el disparo?