Patagonia

Según la Corte, el que mató al ex marido de Nadia Kesen fue su nueva pareja y ella es inocente

El caso, que había tenido una amplia repercusión internacional, terminó con un único condenado: la nueva pareja de la madre, quien actuó -según el fallo- por su propia voluntad y sin necesidad de instigación.

Se trata del homicidio del español Domingo Expósito Moreno, asesinado de cinco balazos el 25 de junio de 2014 en Comodoro Rivadavia, adonde había viajado después de obtener un fallo favorable por la tenencia de su hija.

La niña era fruto de una relación de Expósito Moreno con Nadia Kesen, una argentina que había viajado a España por trabajo y sorpresivamente regresó a Chubut con la hija de ambos.

Expósito Moreno inició una larga batalla judicial, que incluso tuvo repercusión en los medios de comunicación españoles, hasta que finalmente obtuvo un fallo favorable para llevarse a su hija a vivir con él. Pero un día antes del regreso a España, fue asesinado de cinco balazos de una pistola Magnum accionada por Sergio Solís, la nueva pareja de la madre de la pequeña.

En el juicio oral, que concluyó en octubre de 2016, Sergio Solís fue condenado a 17 años de prisión como autor material del homicidio y Nadia Kesen, a siete años como "partícipe secundaria".

El Tribunal Superior de Justicia de Chubut ratificó la condena contra Solís pero absolvió a Kesen, pues consideró que no estaba probada su participación en el crimen, ni tampoco la instigación para que su pareja cometiera el asesinato.

El tribunal chubutense sostuvo que Solís actuó por su propia decisión, ante la posibilidad de que su pareja decidiera volver a España para estar cerca de su hija.

"Solís poseía la motivación para ultimar a la víctima, desde que tenía interés afectivo y económico en que Nadia Kesen no viajara a España, pues de esa manera vería modificado sustancialmente su régimen de vida", sostuvo el fallo.

El Procurador General adjunto de Chubut, Emilio Porras Hernández, apeló la absolución de Kesen, pero la Corte, en su último acuerdo y con las firmas de los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, dejó firme el fallo en su totalidad.

Fuente: NA

EL CASO

Hay que recordar que, en octubre de 2016, Kesen fue condenada en esa oportunidad, junto a su novio Sergio Solís, por el crimen del ciudadano español Domingo Expósito Moreno. Mientras Solís deberá pasar 17 años en prisión, a Kesen le dictaron una condena de 7 años.

Expósito Moreno fue asesinado a balazos en la puerta de su domicilio, en el barrio 13 de Diciembre, durante la noche del 25 de junio de 2014, ante la mirada de su entonces novia Carolina Gayá y el pequeño hijo de la mujer.

El ataque ocurrió al descender del vehículo de su pareja.

Según la principal testigo del crimen, enfrente se encontraba estacionado un Volkswagen Gol del cual -según la acusación fiscal- descendió Sergio Solís desde el asiento del acompañante. Con un arma de fuego Magnum calibre 44, apuntó a Expósito Moreno y descargó al menos cinco disparos que le provocaron la muerte en forma casi instantánea.

La víctima había llegado a Comodoro Rivadavia desde España para recuperar a su hija de 6 años y llevarla de regreso a Andalucía, tal como había dispuesto la Justicia española, luego de que Kesen abandonara ese país con la pequeña, entonces de 5 años, sin la autorización paterna.

En mayo, del 2018 Kesen fue absuelta por el Superior Tribunal.

La absolución de culpa y cargo de Nadia Kesen la dictó de manera unánime la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del Chubut, cuyos ministros ordenaron la inmediata libertad.

A esa instancia llegó con un recurso extraordinario la defensa particular de la mujer que fuera condenada a 7 años de prisión, por la supuesta participación secundaria en el homicidio del padre de su hija, el ciudadano español Domingo Expósito Moreno. En el mismo fallo, el alto cuerpo confirmó la condena de 17 años para Sergio Solís.

El defensor particular Guillermo Iglesias, en su recurso, planteó la falta de congruencia y cuestionó que su clienta, Nadia Dahlel Kesen, fue acusada por un determinado delito y condenada con otra calificación totalmente distinta. De esa manera se refirió a los errores en la construcción del caso, además de la valoración equívoca de la prueba por parte de los juzgadores.

Hay que tener presente que la Fiscalía y la querella acusaron a Kesen como autora intelectual, calificación que en el inicio del juicio fue reacomodada por el juez Mariano Nicosia por la calificación de instigadora, aunque finalmente fue condenada como partícipe secundaria del homicidio de quien fuera el padre de su hija, ocurrido el 25 de junio de 2014.

En esa primera instancia su pareja, Sergio Andrés Solís, fue condenado por homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de autor. A ella le aplicaron una pena de 7 años y a él 17.

Kesen pasó gran parte del proceso y de la condena con arresto domiciliario, aunque ese beneficio se modificó el 26 de abril último, cuando un tribunal revisor le revocó la domiciliaria y ordenó su traslado a la alcaidía. Ello, motivado en un pedido de la querella y tras una resolución de la Justicia de Familia que determinara como perjudicial la convivencia con su hija, quien quedó en custodia de su abuela materna.

A todo esto, en la segunda instancia la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia trató la impugnación presentada por la defensa y allí, en un intento por salvar el fallo condenatorio, se incurrió en más errores porque dos de tres integrantes -Guillermo Müller y Daniel Pintos- reconocieron que la calificación que correspondía debía ser la que propició oportunamente la parte acusadora, pero para no agravar más la situación de la condenada resolvieron confirmar la impuesta por el tribunal de grado. En cambio, Martín Montenovo, por la minoría, votó por la calificación de instigadora.

Fuente: El Patagónico