Pueblos originarios

Freno judicial al desalojo de la comunidad mapuche en Cuesta del Ternero

La Lof Quemquemtrew iba a ser desalojada ayer pero la impugnación presentada por la defensa paró, de momento, la medida. La abogada Andrea Reile señaló que el juez Calcagno no quiere reconocer a la comunidad como tal para no tener que aplicar el derecho indígena. Un acuerdo impresentable de Rocco.

La semana pasada el juez de Garantías Ricardo Calcagno dispuso que cuatro integrantes de la comunidad Quemquemtrew -Juan Cruz Baeza, Lautaro Cárdenas Despo, Alejandro Morales Godoy y Mauro Vargas, imputados por el delito de usurpación-, en el plazo de una semana, desalojaran voluntariamente el predio de Cuesta del Ternero, caso contrario habilitaba a la fiscalía a recurrir al auxilio de la fuerza pública. El plazo para el retiro de los ocupantes vencía este jueves 23.

La medida fue apelada por la abogada defensora de los imputados, Andrea Reile, y, por el momento, suspendido el desalojo. El lunes 27 un juez de Bariloche analizará la orden cautelar contra cuatro miembros de la lof mapuche en una audiencia de impugnación devenida de la presentación de la defensa.

La Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro señala que no hay condiciones legales para que se lleve adelante el desalojo. "Hay pendientes un pedido de audiencia para plantear una mesa de diálogo tras el asesinato de Elías Garay. Hay una presentación del CODECI y otras cosas sin resolver, que a nuestro entender hacen imposible el desalojo", señala en diálogo con Canal Abierto Orlando Carriqueo, werken de la organización comunitaria provincial.

Un acuerdo impresentable

El abogado de la querella, Ernesto Saavedra, propuso extrajudicialmente un acuerdo que en principio pospone por seis meses el desalojo dispuesto por Calcagno quien interviene en la causa que promueve Rolando Rocco por la "usurpación" de una propiedad dedicada al desarrollo forestal que explota el querellante.

En el acuerdo se estipula un plazo de seis meses que vence el 22 de junio de 2022, en el que las partes se comprometerían a realizar ciertas diligencias administrativas. La comunidad Quemquemtrew a concluir su registro y reconocimiento administrativo que declara haber iniciado en el CODECI (Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas, dependiente del estado provincial) y avanzar con las gestiones frente al INAI.

La parte querellante aún tiene en trámite el título definitivo de las tierras, "por lo cual las partes, la asistencia de la Defensa, la asistencia de la Querella y la Fiscalía" deben dar conformidad para la emisión definitiva del mismo, detalla el escrito al que tuvo acceso este medio. En el mismo punto se detalla la extensión y los límites de las tierras que Rocco reclama como propias, dejando una porción de acceso público que "comprende bosque nativo, quedando incorporado las cuevas con pintura rupestre que existen en la cima del cerro (Madera), espacio que se compartirá entre todas las comunidades que asisten y público en general que visitan las mismas".

"Desde esta cláusula en adelante este acuerdo es una locura que no se puede cumplir. En esta cláusula establece que la defensa y la fiscalía le van a garantizar el derecho de propiedad siendo que Rocco no tiene el título de propiedad", señala la abogada de la lof, Andrea Reile, en conversación con Canal Abierto.

Por otro lado se propone acordar la ocupación precaria y transitoria de un predio de cinco hectáreas por parte de la comunidad por el lapso de este acuerdo y la querella "ofrece sustituir las tierras que precariamente ocupan, y manifiestan su interés comunitario, por otras diez (10) hectáreas que se identifican como parte del inmueble denominado "Sucesión Valle", el que se halla forestado, cuenta con luz eléctrica, es lindante a la Ruta provincial N° 6, pasa el transporte escolar hacia la escuela y además quinientos pies (500) de madera, compuesto por varas, columnas, y cantoneras".

Al respecto de este punto, y de lo poca seriedad del acuerdo, Reile señala que a la comunidad se le propone desplazarse a otro predio que tampoco es propiedad de Rocco, con el que el querellante "tendría" un acuerdo.

En el acuerdo se estipula que se solicitará a la provincia de Río Negro que retire el retén policial y la comunidad Lof Quemquemtrew se obligará a levantar todo acampe u ocupación que impida la libre circulación por las rutas y caminos de la zona.

Entre los puntos que tienden a garantizar la paz social y la convivencia por el plazo del acuerdo, se estipula que "el querellante, no obstaculizará a la comunidad autodenominada "Lof quemquemtrew" a realizar sus actividades culturales, ceremoniales, espirituales y laborales en el sector que se ha destinado para ella. No será perturbada en estas actividades. Cuando las actividades conlleven la presencia de otras comunidades en el territorio, esto no será impedido ni obstaculizado", pero la lof deberá informar previa y detalladamente a la querella los participantes y los detalles de horarios de inicio y finalización de la actividad.

Por su parte la comunidad deberá comprometerse a no entorpecer la actividad económica del querellante y "a no explotar, ni quitar, ni quemar la producción forestal que le pertenece a la Querella, sólo observará que no sea invadido el bosque nativo por parte del pino foráneo".

Este acuerdo pareciera ofrecer una oportunidad para pacificar la zona, pero para la comunidad es favorable a Rocco quien tiene una tenencia precaria de esas tierras que aún son de propiedad estatal concesionadas para la explotación forestal, y termina dándole al querellante prerrogativas que por ley no tiene.

Audiencia de impugnación

En la audiencia del día 16 de diciembre el juez Calcagno libró la orden de desalojo y la defensa presentó la impugnación de la medida dictada por el magistrado. Este lunes 27 de diciembre se realizará la audiencia de impugnación ante el juez de juicio Grego Hoss.

"Vamos a plantear la arbitrariedad de Calcagno ya que, a pesar de que la causa se llama ‘Rocco contra comunidad mapuche lof Quemquemtrew', el juez imputa a personas individualizadas en lugar de tomar en cuenta a la comunidad mapuche como tal. El juez se empeña en no considerarlo así porque sino se vería obligado a aplicar el derecho indígena y se vería impedido de realizar el desalojo", narra Reile.

Entre otros elementos la defensa planteará la negativa del juez a escuchar la mirada de organismos veedores del derecho indígena como el Parlamento Mapuche Tehuelche y el INAI, que iban a dar fundamentos de por qué era una comunidad indígena y de por qué se debía aplicar el derecho indígena, dando en ese marco su resolución como si se tratara de un desalojo común.

"En lo personal estoy convencida de lo que estamos planteando. Por ejemplo, el artículo 118 del Código Procesal Penal de Río Negro que es el que habla del desalojo forzoso, sostiene que el juez debe garantizar que las personas pudieron hablar y ser escuchadas antes de dictar el desalojo, cosa que no ocurrió. Tanto la comunidad como el Parlamento pidieron mesas de diálogo que fueron negadas. También la solicitaron un montón de organismos de derechos humanos y el INAI", sostiene Reile, quien también asesora a esta organización que agrupa a todas las comunidades mapuche tehuelches de la provincia. "Para mí deberían darme razón en la impugnación y dar para atrás la medida que es cautelar. El desalojo es una cautelar, no es una sentencia, ni siquiera hemos podido analizar las pruebas, estamos en el período de investigación".

Por último, la letrada señala que no hay peligro en la demora, en esperar el correcto desarrollo de las medidas judiciales, "no hay diferencia entre un desalojo hoy o en febrero cuando vencen los plazos del período de investigación".

El Peñi Elías

Otro elemento de peso en el conflicto es que aún está pendiente la resolución judicial de la investigación por el crimen de Elías Garay, quien fue asesinado de un disparo el 21 de noviembre en el territorio recuperado por la lof. Por el momento, hay dos detenidos imputados alojados en el penal de Viedma, Martín Feilberg y Diego Ravasio.

Imagen: Denali DeGraf

Fuente: RedECO