El país

La Cámara de Casación da otro paso hacia la impunidad y la teoría de los dos demonios

Un nuevo fallo de la Sala II exculpa a represores por la muerte de una militante de Montoneros y equipara a esta organización con las Fuerzas Armadas.

Por Gloria Pagés

Hermana de desaparecidos (CeProDH)

Se trata de un nuevo fallo de los jueces de la ya conocida Sala II de Casación, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques, con la disidencia de Alejandro Slokar, en el que se vuelven a pronunciar no solo absolviendo a uno de los policías condenados a perpetua, sino que en su argumentación hay equiparaciones entre las organizaciones guerrilleras y las Fuerzas Armadas.

Se trata de la llamada "causa Zuñiga", en referencia al exjefe de la Delegación La Plata de la Policía Federal, Martín Eduardo Zuñiga quien encabezó una serie de operativos entre el 11 y el 13 de octubre de 1977 en los que fueron asesinados tres militantes de Montoneros - Adela Esther Fonrouge, Juan Oscar Cugura y de un hombre apodado "La Chancha"-, y desaparecidos y torturados otros tres militantes en La Plata - Irma Guzmán de Arteaga, Mauricio Mansilla y Juan José Libralato- durante un verdadero raid propio de un escuadrón de la muerte.

Zuñiga, junto con el exinspector Rafael Oscar Romero, el exsargento Horacio Alfredo Ortiz, el excabo Roberto Arturo Gigli (también ex integrante del Personal Civil de Inteligencia del Ejército), y los excabos 1° José Carlos Sánchez y Jorge Alberto Blanco fueron los responsables de esos operativos y fueron condenados a prisión perpetua en diciembre de 2016.

Una cacería

En la madrugada del 11 de septiembre, asesinan luego de haberlo emboscado, a Juan José Libralato en la intersección de las calles 7 y 43 de la Capital de la Provincia de Buenos Aires. De allí van a la casa de Libralato, en la calle 80 entre 31 y 32, donde fue asesinada su esposa, Adela Esther Fonrouge. De acuerdo a la versión dada por los represores en su informe había ingerido una pastilla de cianuro, aunque su certificado de defunción señala que habría muerto como consecuencia de un disparo en el cráneo. Adela estaba con su beba de seis meses que fue auxiliada por los vecinos, quienes luego la entregaron a sus abuelos.

El cuerpo de Fonrouge fue desaparecido y mantuvo ese estado durante 27 años, hasta que fue identificado en 2004 por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en una tumba NN del cementerio de La Plata. Los peritajes no pudieron ratificar ni descartar el disparo en el cráneo, pero para la Fiscalía cualquiera de las dos hipótesis -ingestión de cianuro o disparo- constituye homicidio.

En seguida se dirigieron al domicilio en la calle 64 entre 120 y 122 donde es asesinado Juan Oscar Cugura, de allí casa de 160 entre 48 y 49 donde se encontraba Irma Guzmán de Arteaga quien al día de hoy continúa desaparecida.

El fallo

El fallo en el que este martes se expidieron Mahiques y Yacobucci en primer lugar tira por la borda la condena al ex cabo José Carlos Sánchez, luego señala que la ingesta de la "pastilla de cianuro" no sería responsabilidad penal ni asesina de los represores en manos de quien estaba la vida y la muerte de los militantes y finalmente trata de igualar la estructura militar con la de Montoneros, de lo que se deduce un nada sutil intento de volver a la teoría de los "dos demonios".

"...resulta relevante asumir que la víctima perteneciera a una organización como Montoneros, que poseía una estructura análoga a la militar y, por lo tanto, respondía a compromisos y obligaciones propias de esa estructura jerárquica o vertical", indican los magistrados. Es absurda la comparación, por más jerarquía que hubiera en dicha organización, con una estructura estatal u organización militar y menos aún equipararlo con el accionar del aparato del Estado dedicado a secuestrar, asesinar y hacer desaparecer.

Entre lo que se resuelve, se lee: "Corresponde HACER LUGAR (destacado en el original) al recurso de casación interpuesto por la defensa particular de José Carlos Sánchez, anular el punto dispositivo V de la sentencia en crisis y DISPONER SU ABSOLUCIÓN (destacado en el original), sin costas". Hasta las mayúsculas causan indignación en su lectura.

La absolución de un represor condenado a perpetua seis años atrás se basa, fundamentalmente, en la revisión de hechos sobre los cuales hay suficiente jurisprudencia.

Hemos dicho más arriba que, se presume, Adela Esther Fonrouge acorralada por los policías que irrumpieron en su casa y sabiendo que su destino no era otro que torturas y vejámenes, o la misma muerte o desaparición, tomó la durísima de decisión de ingerir una pastilla de cianuro.

Hechos como este, y el mismo que describimos, fueron considerados y son parte de una vasta jusrisprudencia, como un homicidio, producto del accionar represivo y asesino de las Fuerzas Armadas y de Seguridad durante la dictadura cívico militar eclesiástica.

En este sentido, Alejandrina Barry dijo a La Izquierda Diario que "demostramos, en el marco del Operativo Cóndor, en el caso de mi mamá, cuando es rodeada, estando conmigo muy chiquita, por fuerzas armadas argentinas y uruguayas, se da una situación similar a la de Adela Fonrouge y logramos demostrar que mi mamá fue asesinada, que fue un hecho que no dejaba ninguna alternativa producto del accionar que tuvieron las fuerzas de seguridad, rodeando toda la casa."

Este fallo va en la misma línea de otros producidos por la misma Sala de la Cámara de Casación penal, como el dictado de domiciliarias a tres genocidas, Etchecolatz entre ellos, está siendo repudiado y debe ser un alerta contra los intentos de volver a la teoría de los dos demonios o ir contra condenas a represores.

Fuente: La Izquierda Diario