Pueblos originarios

Pérez Esquivel apoyó a la lof Coronado Inalef y repudió el desalojo de la comunidad mapuche

Por Christian Masello 

Desde la Fundación Servicio Paz y Justicia (SERPAJ), cuyo presidente honorario es Adolfo Pérez Esquivel, enviaron una nota al procurador general de Río Negro, Jorge Crespo, donde expresaron preocupación por el posible desalojo de la lof Coronado Inalef, de Mallín Ahogado, sumándose, de esa manera, a varias agrupaciones relacionadas con la defensa de los derechos humanos que se han pronunciado al respecto.

Los representantes de SERPAJ explicaron: "Nuestra institución hace años que viene acompañando y apoyando los reclamos de las diferentes comunidades indígenas del país en la defensa de sus derechos constitucionales y convencionales".

Así, manifestaron inquietud por lo que calificaron como "situación de incertidumbre y angustia que están viviendo los integrantes de la comunidad Coronado Inalef ante la posible concreción de un desalojo".

Para los referentes de la entidad, que se haya dado curso a la investigación "implica el desconocimiento de la vigencia de la Ley 26.160 y sus prórrogas". Cabe recordar que dicha normativa, de emergencia territorial indígena, por un decreto de la gestión de Alberto Fernández, extendió su vigencia hasta el 23 de noviembre de 2025.

Desde la fundación cuya figura emblemática es Pérez Esquivel sostuvieron: "Cabe destacar que el derecho de posesión y propiedad de los territorios comunitarios de los pueblos indígenas se encuentra protegido constitucional (artículo 75 inciso 17) y convencionalmente, más aún luego del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Comunidades Indígenas Miembros de la Asociación Laka Honhat (Nuestra Tierra) vs. Argentina".

Además, expresaron: "Cabe señalar que, de acuerdo con la información que hemos recibido, la mencionada lof del pueblo mapuche la conforman en gran medida niños, niñas y adolescentes, en función de ello, cabe aplicar los derechos indígenas desde una perspectiva interseccional, aunando los derechos consagrados en la Convención de los Derechos del Niño, los que están incorporados al bloque de constitucionalidad (artículo 75 inciso 22) y los derechos de los Pueblos Indígenas reconocidos por el artículo 75 inciso 17 y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Además de ello, el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas ha dictado una Observación General (número 11) que sirve de guía de interpretación a los fines de hacer una aplicación interseccional de los derechos de los niños, niñas y adolescentes indígenas pertenecientes a la lof Coronado Inalef".

Asimismo, consideraron que los funcionarios del Ministerio Público Fiscal deberían haber tenido en cuenta la normativa de género. Así, hicieron hincapié en "los derechos que emanan de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, norma que también forma parte de la Constitución Nacional".

De tal manera, desde SERPAJ solicitaron al procurador que "adopte las medidas necesarias a los fines de que se garanticen los derechos humanos de los integrantes de la lof Coronado Inalef, aplicando dichos derechos desde la perspectiva interseccional y de género", para que, de esa forma, "suspenda la medida de desalojo y posteriormente se clausure la investigación judicial en función de los derechos consagrados constitucional y convencionalmente".

Fuente: El Cordillerano