Pueblos originarios

La comunidad Buenuleo arrinconada por la Justicia: Penas en suspenso y desalojo

En las últimas horas se dio a conocer el fallo firmado por los jueces Ignacio Gandolfi, Víctor Gangarrossa y Romina Martini, que impuso penas de prisión en suspenso para los integrantes de la comunidad Buenuleo ligados a una causa por usurpación, además del desalojo del predio en disputa con Emilio Friedrich.

La sentencia, estableció la responsabilidad penal de Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Sandra Noemí Ferman, Nahuel Aucan Maliqueo, Rosa Mabel Buenuleo y Lucas Emanuel Dinamarca como coautores materiales y penalmente responsables de la plataforma fáctica descripta como "hecho uno", que fuera materia de acusación y debate, la que fuera tipificado bajo el delito de "usurpación".

Además resolvió imponer la pena de un año y tres meses de ejecución condicional, al tiempo que dictó la absolución de Claudio Javier Raile, Mauro Egor Millan y Nicolás Antonio Quijada.

En el pronunciamiento, se estableció la obligatoriedad de respetar pautas de conducta por el plazo de dos años para los condenados.

Se destaca el caso de Buenuleo, en conjunto con Leonardo Andrés Feltez, pues ambos también fueron condenados por el hecho encuadrado en la figura de perturbación del ejercicio de funciones públicas, por un hecho de amenaza de bomba en los tribunales locales, hecho por el cual impusieron una pena de tres meses de prisión para cada uno y ordenaron una reparación económica.

En la sentencia además se hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y la Querella y se dispuso el desalojo inmediato de la finca sita en el lote pastoril número 127 de la Colonia Nahuel Huapi, 92 hectáreas, con denominación Catrastral 19-C7-SP-M510-P744, predio conocido como "Pampa de Buenuleo" (con denominación provisoria P8004), medida que se podrá efectivizar desde el momento en que a la presente cautelar (art.118 CPP) le sea garantizado el derecho al "recurso" o "doble conforme judicial.

Fuente: El Cordillerano