Condenan a concejal de Sarmiento por violencia de géneroEn la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, el juez Alejandro Rosales informó la parte resolutiva de su veredicto, declarando al acusado, el concejal de Juntos por el Cambio Barrie Dickason, autor penalmente responsable de los delitos de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con daño y hurto.
Sin embargo, por aplicación del beneficio de la duda, dispuso la absolución por las acusaciones de desobediencia a la autoridad y daño. En consecuencia, el edil recibió una condena de dos años y ocho meses de prisión, de ejecución condicional.
REGLAS DE CONDUCTA Y TRATAMIENTO
El juez Rosales ordenó que, por el término de cuatro años, el representante legislativo de "Juntos por el Cambio" debe someterse al cumplimiento de reglas de conducta. Estas incluyen no cometer nuevos delitos, prohibición de acercamiento y contacto con la víctima por cualquier medio, concurrir cada dos meses ante el delegado de control, abstenerse del consumo de alcohol y estupefacientes, y fijar domicilio. Además, Dickason debe someterse a un tratamiento psicoterapéutico y a una amplia capacitación en temas de violencia de género.
EL PERSEGUIDOR Y SUS PECULIARES ACTOS
De acuerdo a la información del área de prensa del Ministerio Público Fiscal de Sarmiento, el primer delito de Dickason ocurrió el 26 de mayo de 2023 en un callejón ubicado en las cercanías de los barrios Bosque Plateado y Las Cañitas.
En ese lugar su expareja conducía su camioneta y el agresor se interpuso en su camino con su auto, descendió e intentó abrir la puerta. Luego, comenzó a golpear el vidrio y la carrocería y disparó contra la rueda delantera izquierda del rodado de la mujer. Esa misma noche el juez de Familia, Santiago Huaiquil, notificó al imputado de una orden de restricción y acercamiento por el plazo de 60 días y por un radio de 400 metros.
La tarde del martes 13 de junio, la mujer estaba en la casa de una amiga y Dickason identificó la camioneta de su expareja. Luego, pasó por el sitio con su auto de manera insistente, por lo que incurrió en el delito de desobediencia.
Según acreditó la Fiscalía, durante los días 18 y 19 de junio el imputado ingresó al domicilio de la víctima sin forzar ni violentar ninguna puerta. Robó ropa íntima y de vestir de la mujer, así como calzados, títulos de propiedad de automotores, un pasaporte y una mochila. Los elementos fueron secuestrados en su vivienda tras un allanamiento.
Además, los padres de la víctima denunciaron que Dickason habría colocado azúcar en el compartimento de aceite del motor de un vehículo, provocando daños irreparables.
Finalmente, la tarde del 25 de junio el acusado utilizó un teléfono corporativo de la empresa "San & Fran" para llamar a la expareja. De esa manera, volvió a incumplir una nueva orden judicial que le prohibía establecer todo tipo de contacto con ella.
Fuente: MPF Sarmiento
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, el juez Alejandro Rosales informó la parte resolutiva de su veredicto, declarando al acusado, el concejal de Juntos por el Cambio Barrie Dickason, autor penalmente responsable de los delitos de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con daño y hurto.
Sin embargo, por aplicación del beneficio de la duda, dispuso la absolución por las acusaciones de desobediencia a la autoridad y daño. En consecuencia, el edil recibió una condena de dos años y ocho meses de prisión, de ejecución condicional.
REGLAS DE CONDUCTA Y TRATAMIENTO
El juez Rosales ordenó que, por el término de cuatro años, el representante legislativo de "Juntos por el Cambio" debe someterse al cumplimiento de reglas de conducta. Estas incluyen no cometer nuevos delitos, prohibición de acercamiento y contacto con la víctima por cualquier medio, concurrir cada dos meses ante el delegado de control, abstenerse del consumo de alcohol y estupefacientes, y fijar domicilio. Además, Dickason debe someterse a un tratamiento psicoterapéutico y a una amplia capacitación en temas de violencia de género.
EL PERSEGUIDOR Y SUS PECULIARES ACTOS
De acuerdo a la información del área de prensa del Ministerio Público Fiscal de Sarmiento, el primer delito de Dickason ocurrió el 26 de mayo de 2023 en un callejón ubicado en las cercanías de los barrios Bosque Plateado y Las Cañitas.
En ese lugar su expareja conducía su camioneta y el agresor se interpuso en su camino con su auto, descendió e intentó abrir la puerta. Luego, comenzó a golpear el vidrio y la carrocería y disparó contra la rueda delantera izquierda del rodado de la mujer. Esa misma noche el juez de Familia, Santiago Huaiquil, notificó al imputado de una orden de restricción y acercamiento por el plazo de 60 días y por un radio de 400 metros.
La tarde del martes 13 de junio, la mujer estaba en la casa de una amiga y Dickason identificó la camioneta de su expareja. Luego, pasó por el sitio con su auto de manera insistente, por lo que incurrió en el delito de desobediencia.
Según acreditó la Fiscalía, durante los días 18 y 19 de junio el imputado ingresó al domicilio de la víctima sin forzar ni violentar ninguna puerta. Robó ropa íntima y de vestir de la mujer, así como calzados, títulos de propiedad de automotores, un pasaporte y una mochila. Los elementos fueron secuestrados en su vivienda tras un allanamiento.
Además, los padres de la víctima denunciaron que Dickason habría colocado azúcar en el compartimento de aceite del motor de un vehículo, provocando daños irreparables.
Finalmente, la tarde del 25 de junio el acusado utilizó un teléfono corporativo de la empresa "San & Fran" para llamar a la expareja. De esa manera, volvió a incumplir una nueva orden judicial que le prohibía establecer todo tipo de contacto con ella.
Fuente: MPF Sarmiento