Pérez Galimberti: "No les importó para nada la vida de Tino John, se plantearon ‘neutralizar un objetivo'" "No había ninguna necesidad de irrumpir en una chacra de cinco hectáreas, donde no había nadie en peligro; no era un shopping, no era una Universidad, no era una plaza para entrar y hacer un operativo militar y terminar con la vida de Tino John. Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, su suerte estaba echada", sostiene el abogado querellante Alfredo Pérez Galimberti en relación al fusilamiento por parte del GEOP del habitante de Las Golondrinas que padecía trastornos mentales. En esta entrevista, el letrado expone los argumentos que posibilitaron seguir adelante pese al freno inicial que impuso el anterior fiscal de la causa Carlos Díaz Mayer.
A cuatro años del operativo que terminó con la vida de Tino John, el abogado querellante de la causa, Alfredo Pérez Galimberti, dialogó con El Extremo Sur sobre el proceso judicial que culminará en septiembre con un juicio por jurados contra tres efectivos.
El abogado se refirió a un proceso "largo, complejo, con muchas alegaciones, recusaciones y apelaciones que hizo la defensa".
A la fecha, son tres los imputados: Luis Américo Moggiano, efectivo del GEOP identificado como el autor del disparo; Cristian Soto, comisario del GEOP y Omar Martínez, jefe de la Comisaría de El Hoyo.
Pérez Galimberti explicó que una vez que sean sometidos a juicio, "veremos si es posible, si es necesario y si es justo avanzar sobre otras responsabilidades penales o admitir que son solamente responsabilidades políticas".
Las querellas han subrayado el incumplimiento del GEOP de protocolos de Salud Mental y de medidas destinadas a cuidar la vida de Tino John. Galimberti enfatizó que, considerando el historial del vecino, que había experimentado episodios similares en el pasado, el grupo especializado debería haber esperado la llegada de personal médico y de sus hijos: "Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, la suerte de Tino John estaba echada".
El primer fiscal demoró en abrir la causa e insistió en el sobreseimiento del principal imputado. Hoy, a 4 años de los hechos, se elevó la causa a juicio. ¿Cómo fue el proceso judicial hasta la fecha?
El fiscal tardó un año y medio en abrir el caso, en abrir la investigación penal preparatoria contra (Luis Amérco) Moggiano. Realmente insólito porque era un hecho flagrante que merecía una investigación preparatoria inmediata y determinar si había responsabilidad penal y qué grado, inmediatamente. Tardó un año y medio, y cuando nosotros pedimos la ampliación de la imputación a los comisarios, no solamente negó abrir la puerta para imputar a los comisarios por sus hechos propios, sino que pidió el sobreseimiento, opinó que había que sobreseer a Moggiano, entre otros argumentos porque no había ninguna prueba de que Tino fuera un enfermo mental. Una cosa completamente absurda porque en ese año y medio tenía absoluta y totalmente probado que era un enfermo mental con un brote psicótico. Logramos torcer la mano del fiscal. En el caso de Moggiano, nos vimos obligados a presentar la acusación de inmediato, porque vencía el tiempo de investigación penal preparatoria. Así que paralelamente aquí presentamos la acusación de Moggiano, anunciamos que queríamos también acusar a los comisarios, llegamos hasta el Procurador General, nos dio la razón, nos reemplazó a (Carlos) Díaz Mayer y designó al fiscal (Martín) Roberston. Con respecto de Moggiano estaba cerrada la posibilidad de que la fiscalía reviera la cuestión porque el Ministerio Público Fiscal tiene unidad de actuación. Así que ya lo había hecho el fiscal, había desistido y quedamos entonces como querellantes exclusivos. Con respecto a Moggiano en las audiencias que hemos tenido hasta ahora y la de juicio, seremos los únicos acusadores los querellantes. Decidimos trabajar en conjunto para no entorpecer el juicio y no vulnerar incluso el derecho de defensa, la multiplicidad de acusadores realmente interfiere en un diálogo claro entre acusación y defensas. Con respecto de los dos comisarios, la Fiscalía abrió la puerta, con este nuevo fiscal Robertson, así que trabajamos en conjunto como acusadores con la Fiscalía. Pero sí, fue un proceso largo, complejo, con muchas alegaciones, recusaciones, apelaciones que hizo la defensa, pero finalmente llegamos a la audiencia preliminar y vamos a tener en septiembre un juicio por jurado popular.
¿Considera que en el futuro otros actores implicados, con distintas responsabilidades, puedan ser sometidos a procesos judiciales?
El sistema penal es un sistema discontinuo de ilicitudes. Todo es posible menos aquello que esté especialmente prohibido y además es un sistema de última ratio, la última razón es la pena. Así que hay responsabilidades penales que pueden adjudicarse y otras que son responsabilidades políticas. En este caso lo primero que tenemos que hacer es concluir con las responsabilidades penales más directas. Una vez que logremos este objetivo, veremos si es posible, si es necesario y si es justo avanzar sobre otras responsabilidades penales o admitir que son solamente responsabilidades políticas y que no es posible avanzar penalmente sobre las personas.
En relación al juicio, el punto central del debate gira en torno a la ilegalidad del operativo.
Sí, este es un punto emblemático a nivel nacional porque lo que se pone en cuestión es cómo tratar, cuidar y respetar la vida de personas que tienen una enfermedad mental y que en un momento determinado de su vida padecen un brote psicótico que los priva momentáneamente de razón. Tino John en ese momento carecía de poder judicativo. Estaba con una crisis paranoide, veía enemigos por todas partes y no podía razonar correctamente por esa razón. Estaba agresivo, y la policía tiene protocolos internacionales, nacionales y normas locales que imponen cuidar la vida de las personas y no había ninguna necesidad de irrumpir en una chacra de cinco hectáreas, donde no había nadie en peligro; que no era un shopping, no era una Universidad, no era una plaza, para entrar y hacer un operativo militar y terminar con la vida de Tino John. Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, la suerte de Tino John estaba echada.
El GEOP generalmente se dedica a casos de alta complejidad: ¿cree que era necesaria, o en todo caso apropiada, su actuación en el caso de Tino John? ¿Puede considerarse excesiva?
Lo que se hizo es simplemente brutal. Y no era la primera vez que tenía un brote psicótico. En el año 2005, si mal no recuerdo, hubo un enfermero de El Bolsón, que se identificó en la causa, con el chofer de la ambulancia. Tino también estaba armado. Lo redujo, lo llevaron al hospital del Bolsón, lo sedaron y a los 10 días volvió, se recuperó, siguió su vida trabajando como de costumbre. Los hijos de Tino John le avisaron a la policía que era un enfermo mental, le dieron el teléfono del psiquiatra, le dijeron que al día siguiente, el 27, iban a ir a la chacra, iba a ir primero Claudia y luego ellos, le iban a quitar las armas y con esto solucionaba. Pero no, no fue la decisión que tomaron las autoridades policiales, quisieron hacer otra cosa. Lo primero que deberían haber hecho es no ingresar a la chacra, tenían 48 horas para hacer la diligencia, no había ninguna necesidad de hacerla. Porque no había nadie en peligro. Así que no había ninguna justificación porque la orden era para requisar las armas e identificar a la persona, ni siquiera detenerla. Así que no había ninguna necesidad de hacer ese operativo, tenían que haber esperado, tenían que haber esperado que los hijos trabajaran con consejo médico y psicológico sobre cómo quitarle las armas. Una vez que le quitaban las armas con un enfermero solamente era suficiente para reducirlo, sedarlo y volver a su vida anterior. No había ninguna necesidad de hacer un procedimiento militar.
Más allá del incumplimiento de protocolos, mencionó en reiteradas ocasiones que los efectivos ingresaron con actitud combativa.
Son ejercicios de guerra, si uno entrena todo el tiempo para hacer ejercicios de guerra cuando tiene oportunidad de hacerlo lo hace. Y esto es lo que pasó. Y no les importó para nada la vida de Tino John. Se plantearon ‘neutralizar un objetivo', no cuidar la vida de una persona enferma. No había manera de que Tino se calmara porque estaba en un brote psicótico. Tino nunca hubiera entrado en razón. Había que retirarse, esperar que bajara el estrés y la paranoia, que fueran los hijos, que le quitaran las armas. No que lo convencieran, que le quitaran las armas, no se lo puede convencer en ese estado si no se lo medica. No es una persona que puede entrar en razón cuando está en un estado psicótico. Hay que medicarla.
¿Qué penas podrían caberle a cada uno de los imputados en caso de ser declarados responsables?
El tema más complicado es el autor directo de la muerte, que podría esperar pena de prisión perpetua. Para los comisarios, una pena de prisión temporal.
El caso tuvo amplia visibilidad, al menos en la provincia. ¿Podría sentar un precedente en materia de actuación policial y Salud Mental?
Yo creo que debería sentar un precedente nacional, eso depende de la repercusión que tenga, depende de la decisión que tome el jurado y la repercusión que tenga en medios locales y nacionales.
"No había ninguna necesidad de irrumpir en una chacra de cinco hectáreas, donde no había nadie en peligro; no era un shopping, no era una Universidad, no era una plaza para entrar y hacer un operativo militar y terminar con la vida de Tino John. Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, su suerte estaba echada", sostiene el abogado querellante Alfredo Pérez Galimberti en relación al fusilamiento por parte del GEOP del habitante de Las Golondrinas que padecía trastornos mentales. En esta entrevista, el letrado expone los argumentos que posibilitaron seguir adelante pese al freno inicial que impuso el anterior fiscal de la causa Carlos Díaz Mayer.
A cuatro años del operativo que terminó con la vida de Tino John, el abogado querellante de la causa, Alfredo Pérez Galimberti, dialogó con El Extremo Sur sobre el proceso judicial que culminará en septiembre con un juicio por jurados contra tres efectivos.
El abogado se refirió a un proceso "largo, complejo, con muchas alegaciones, recusaciones y apelaciones que hizo la defensa".
A la fecha, son tres los imputados: Luis Américo Moggiano, efectivo del GEOP identificado como el autor del disparo; Cristian Soto, comisario del GEOP y Omar Martínez, jefe de la Comisaría de El Hoyo.
Pérez Galimberti explicó que una vez que sean sometidos a juicio, "veremos si es posible, si es necesario y si es justo avanzar sobre otras responsabilidades penales o admitir que son solamente responsabilidades políticas".
Las querellas han subrayado el incumplimiento del GEOP de protocolos de Salud Mental y de medidas destinadas a cuidar la vida de Tino John. Galimberti enfatizó que, considerando el historial del vecino, que había experimentado episodios similares en el pasado, el grupo especializado debería haber esperado la llegada de personal médico y de sus hijos: "Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, la suerte de Tino John estaba echada".
El primer fiscal demoró en abrir la causa e insistió en el sobreseimiento del principal imputado. Hoy, a 4 años de los hechos, se elevó la causa a juicio. ¿Cómo fue el proceso judicial hasta la fecha?
El fiscal tardó un año y medio en abrir el caso, en abrir la investigación penal preparatoria contra (Luis Amérco) Moggiano. Realmente insólito porque era un hecho flagrante que merecía una investigación preparatoria inmediata y determinar si había responsabilidad penal y qué grado, inmediatamente. Tardó un año y medio, y cuando nosotros pedimos la ampliación de la imputación a los comisarios, no solamente negó abrir la puerta para imputar a los comisarios por sus hechos propios, sino que pidió el sobreseimiento, opinó que había que sobreseer a Moggiano, entre otros argumentos porque no había ninguna prueba de que Tino fuera un enfermo mental. Una cosa completamente absurda porque en ese año y medio tenía absoluta y totalmente probado que era un enfermo mental con un brote psicótico. Logramos torcer la mano del fiscal. En el caso de Moggiano, nos vimos obligados a presentar la acusación de inmediato, porque vencía el tiempo de investigación penal preparatoria. Así que paralelamente aquí presentamos la acusación de Moggiano, anunciamos que queríamos también acusar a los comisarios, llegamos hasta el Procurador General, nos dio la razón, nos reemplazó a (Carlos) Díaz Mayer y designó al fiscal (Martín) Roberston. Con respecto de Moggiano estaba cerrada la posibilidad de que la fiscalía reviera la cuestión porque el Ministerio Público Fiscal tiene unidad de actuación. Así que ya lo había hecho el fiscal, había desistido y quedamos entonces como querellantes exclusivos. Con respecto a Moggiano en las audiencias que hemos tenido hasta ahora y la de juicio, seremos los únicos acusadores los querellantes. Decidimos trabajar en conjunto para no entorpecer el juicio y no vulnerar incluso el derecho de defensa, la multiplicidad de acusadores realmente interfiere en un diálogo claro entre acusación y defensas. Con respecto de los dos comisarios, la Fiscalía abrió la puerta, con este nuevo fiscal Robertson, así que trabajamos en conjunto como acusadores con la Fiscalía. Pero sí, fue un proceso largo, complejo, con muchas alegaciones, recusaciones, apelaciones que hizo la defensa, pero finalmente llegamos a la audiencia preliminar y vamos a tener en septiembre un juicio por jurado popular.
¿Considera que en el futuro otros actores implicados, con distintas responsabilidades, puedan ser sometidos a procesos judiciales?
El sistema penal es un sistema discontinuo de ilicitudes. Todo es posible menos aquello que esté especialmente prohibido y además es un sistema de última ratio, la última razón es la pena. Así que hay responsabilidades penales que pueden adjudicarse y otras que son responsabilidades políticas. En este caso lo primero que tenemos que hacer es concluir con las responsabilidades penales más directas. Una vez que logremos este objetivo, veremos si es posible, si es necesario y si es justo avanzar sobre otras responsabilidades penales o admitir que son solamente responsabilidades políticas y que no es posible avanzar penalmente sobre las personas.
En relación al juicio, el punto central del debate gira en torno a la ilegalidad del operativo.
Sí, este es un punto emblemático a nivel nacional porque lo que se pone en cuestión es cómo tratar, cuidar y respetar la vida de personas que tienen una enfermedad mental y que en un momento determinado de su vida padecen un brote psicótico que los priva momentáneamente de razón. Tino John en ese momento carecía de poder judicativo. Estaba con una crisis paranoide, veía enemigos por todas partes y no podía razonar correctamente por esa razón. Estaba agresivo, y la policía tiene protocolos internacionales, nacionales y normas locales que imponen cuidar la vida de las personas y no había ninguna necesidad de irrumpir en una chacra de cinco hectáreas, donde no había nadie en peligro; que no era un shopping, no era una Universidad, no era una plaza, para entrar y hacer un operativo militar y terminar con la vida de Tino John. Cuando dan la orden de ingresar con aparato militar y con técnicas y comandos militares, la suerte de Tino John estaba echada.
El GEOP generalmente se dedica a casos de alta complejidad: ¿cree que era necesaria, o en todo caso apropiada, su actuación en el caso de Tino John? ¿Puede considerarse excesiva?
Lo que se hizo es simplemente brutal. Y no era la primera vez que tenía un brote psicótico. En el año 2005, si mal no recuerdo, hubo un enfermero de El Bolsón, que se identificó en la causa, con el chofer de la ambulancia. Tino también estaba armado. Lo redujo, lo llevaron al hospital del Bolsón, lo sedaron y a los 10 días volvió, se recuperó, siguió su vida trabajando como de costumbre. Los hijos de Tino John le avisaron a la policía que era un enfermo mental, le dieron el teléfono del psiquiatra, le dijeron que al día siguiente, el 27, iban a ir a la chacra, iba a ir primero Claudia y luego ellos, le iban a quitar las armas y con esto solucionaba. Pero no, no fue la decisión que tomaron las autoridades policiales, quisieron hacer otra cosa. Lo primero que deberían haber hecho es no ingresar a la chacra, tenían 48 horas para hacer la diligencia, no había ninguna necesidad de hacerla. Porque no había nadie en peligro. Así que no había ninguna justificación porque la orden era para requisar las armas e identificar a la persona, ni siquiera detenerla. Así que no había ninguna necesidad de hacer ese operativo, tenían que haber esperado, tenían que haber esperado que los hijos trabajaran con consejo médico y psicológico sobre cómo quitarle las armas. Una vez que le quitaban las armas con un enfermero solamente era suficiente para reducirlo, sedarlo y volver a su vida anterior. No había ninguna necesidad de hacer un procedimiento militar.
Más allá del incumplimiento de protocolos, mencionó en reiteradas ocasiones que los efectivos ingresaron con actitud combativa.
Son ejercicios de guerra, si uno entrena todo el tiempo para hacer ejercicios de guerra cuando tiene oportunidad de hacerlo lo hace. Y esto es lo que pasó. Y no les importó para nada la vida de Tino John. Se plantearon ‘neutralizar un objetivo', no cuidar la vida de una persona enferma. No había manera de que Tino se calmara porque estaba en un brote psicótico. Tino nunca hubiera entrado en razón. Había que retirarse, esperar que bajara el estrés y la paranoia, que fueran los hijos, que le quitaran las armas. No que lo convencieran, que le quitaran las armas, no se lo puede convencer en ese estado si no se lo medica. No es una persona que puede entrar en razón cuando está en un estado psicótico. Hay que medicarla.
¿Qué penas podrían caberle a cada uno de los imputados en caso de ser declarados responsables?
El tema más complicado es el autor directo de la muerte, que podría esperar pena de prisión perpetua. Para los comisarios, una pena de prisión temporal.
El caso tuvo amplia visibilidad, al menos en la provincia. ¿Podría sentar un precedente en materia de actuación policial y Salud Mental?
Yo creo que debería sentar un precedente nacional, eso depende de la repercusión que tenga, depende de la decisión que tome el jurado y la repercusión que tenga en medios locales y nacionales.