Pueblos originarios

El estudio jurídico de Cúneo Libarona defiende el desalojo de la Lof Tuwvn Kupalmeo Maliqueo

 Por Adriano Calalesina 

El reconocido estudio jurídico encabezado por el penalista y ministro de Justicia de Nación, Mariano Cúneo Libarona, comenzó a asesorar a la parte querellante en una causa por usurpación de tierras en Villa Pehuenia, donde se acusa a miembros de la comunidad mapuche Lof Tuwvn Kupalmeo Maliqueo de haber ocupado un campo de 829 hectáreas en febrero de este año.

Es una causa compleja, porque pese a la denuncia de usurpación, los miembros de la comunidad sostuvieron que tiene derechos sobre las tierras, que pertenecían al condenado por delitos de lesa humanidad durante la dictadura militar, Pedro Duarte. Dijeron que firmaron la cartografía que enviarán al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), donde reivindican la posesión tradicional en esas tierras.

La denuncia fue presentada por el abogado Maximiliano Orpianessi, en representación de Diego Luis Ozollo, titular del Fideicomiso Alpataco, propietario registrado del campo identificado con la Nomenclatura Catastral 12RR0144730. Se trata de un extenso terreno ubicado entre las rutas provinciales 13 y 23, en un área de alto valor estratégico y turístico de la provincia de Neuquén. Es una zona conocida como Pasaje del Arco.

El mismo letrado confirmó que el estudio de abogados del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, se presentó en el expediente para asesoramiento a través de Cristina, uno de sus hermanos. "El doctor Cúneo Libarona se presentó hace poco como soporte técnico de la parte querellante, yo soy quien impulsa la denuncia y lleva adelante el proceso", dijo Orpranessi a este medio.

Usurpación: formulan cargos a una lonco mapuche

El próximo martes 10 de junio en Zapala está prevista la formulación de cargos contra la lonco Cecilia Maliqueo, referente de la comunidad mapuche que actualmente ocupa parte del predio. En diálogo con LMNeuquén, Maliqueo afirmó que "hace unos días se terminó de firmar la cartografía con el gobierno provincial en la reivindicación de la posesión tradicional" y denunció que "hay muchos intereses nacionales y provinciales en estas tierras".

Y acotó: "Algo que ya repetimos tantas veces del cementerio y del rewe, nos parece irreparable desmoralizando nuestra creencia haciendo un daño cultural con lo que hicieron, hacer desaparecer el rewe haciendo construcciones sobre la misma".

En la denuncia penal, el denunciante relató que el 22 de febrero constató que la tranquera del predio había sido forzada, con el candado roto, y que se habían instalado estructuras precarias y banderas con el nombre de la comunidad. El encargado del campo intentó dialogar con los ocupantes, pero recibió amenazas de violencia física y fue impedido de acceder al terreno. También se vio imposibilitado de operar maquinaria habitual, lo que dejó las tareas rurales paralizadas.

Los abogados alegaron que el accionar configura un delito de usurpación con violencia, tipificado en el artículo 181 del Código Penal, ya que se trató de un "despojo" de la posesión legítima del inmueble, mediante el uso de fuerza física, daño a las defensas materiales (tranqueras y candados), y amenazas directas contra el encargado del lugar.

En ese sentido, en la denuncia se sostiene que "la norma no distingue entre actos de despojo para ocupar o para repeler el acceso de la víctima, de modo que ambas modalidades constituyen delito". Y subraya que el objeto material del delito es el inmueble, conforme lo establece el Código Civil y Comercial.

Además, se aportó como prueba el impedimento del uso de herramientas y tractores, y el bloqueo del acceso a instalaciones necesarias para el trabajo habitual del campo.

La querella sostiene que la ocupación del predio por parte de la comunidad es reciente y violenta; en tanto que la comunidad sostiene que se trata de un territorio tradicionalmente habitado y ahora reconocido por el gobierno provincial en un proceso de relevamiento. Además, que la comunidad Tuwvn Kupalmeo Maliqueo cuenta con personería jurídica.

La incorporación del estudio Cúneo Libarona, que ha intervenido en causas federales de alto perfil, indica que la parte denunciante irá a fondo, y no se espera que se busque una salida alternativa, como ya ocurrió´como otros casos de usurpaciones, como los Fvta Xayen en Vaca Muerta, que terminaron en un acuerdo con el Ministerio Público Fiscal.

La situación en Villa Pehuenia sigue tensa en una zona de valor turístico y natural, donde las disputas por la tierra involucran a empresas y la clásica guerra judicial ente las escrituras y la reivindicación de la posesión histórica y tradicional de los pueblos originarios.

Una carta de puño y letra al gobernador

La comunidad le envió una carta al gobernador Rolando Figueroa en la que ratifica su derecho al uso y posesión del territorio y exige que la Provincia, regularice su situación legal.

No es la primera vez que lo piden, pero esta vez decidieron respaldar su reclamo con una ocupación efectiva y la determinación de quedarse hasta que el Estado actúe. El fenómeno puede traer múltiples derivaciones, en un inesperado conflicto que se suma a otros, en el mundo mapuche, como el pedido de desalojo en el camping del lago Correntoso, donde está la familia Paichil Antriao.

Por ahora no hay una escalada del conflicto, sino una ocupación, que no se sabe cuáles son las consecuencias. La comunidad sostiene que está "al resguardo", es decir, en una ocupación pacífica a la espera de una determinación, o reunión con el gobierno provincial. En este caso, con el ministro de Gobierno, Jorge Tobares.

Si avanza en el reconocimiento territorial de la comunidad, sentará un precedente fuerte para otros reclamos indígenas en la provincia. Si no lo hace, el tema podría escalar y derivar en un nuevo foco de conflicto social.

El origen del problema se remonta a la última dictadura militar. Durante años, el exjuez Pedro Duarte se desempeñó en la Justicia Federal de Neuquén y, con el retorno de la democracia, su pasado opaco comenzó a salir a la luz. Fue acusado de encubrir y ser cómplice de violaciones a los derechos humanos y, en 2023, fue finalmente condenado por delitos de lesa humanidad.

Un fallo devuelve "una parte del campo" sin desalojo

Por la situación del campo que era de Duarte, ya se había pronunciado la justicia neuquina, tanto en 2012 como en 2014. La Cámara Provincial de Apelaciones de Neuquén dictó un fallo en el litigio por ese campo entre la comunidad mapuche Maliqueo con Pedro Duarte. En la resolución -firmada por mayoría- (Resolución 55, Folio 03, año 2014) se revocó parcialmente una sentencia de primera instancia que había ordenado el desalojo total del predio.

En ese fallo se dispuso una solución intermedia porque se ordenó la restitución de una franja forestada con pinos, pero se suspendió el proceso respecto al resto del terreno usado para veranada y como cementerio indígena.

El campo, ubicado en una zona de pastizales y sectores forestados, fue objeto de un interdicto de recobrar iniciado por Duarte, quien denunció haber sido despojado de parte del inmueble. En primera instancia, la jueza había dado la razón al denunciante. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara resolvió que la situación debía analizarse a la luz de la ley 26.160, que impide desalojos sobre territorios reclamados por comunidades indígenas mientras se realiza el relevamiento técnico-jurídico.

La sentencia apelada databa del 22 de noviembre de 2012. En su fallo, la Cámara distinguió las distintas porciones del campo. Se hizo lugar al interdicto de recobrar solo respecto de la superficie forestada con pinos, al considerar que esa franja no es apta para pastoreo y no fue identificada como de uso tradicional comunitario. La Justicia ordenó que los demandados la restituyan en el plazo de diez días.

Además, se suspendió el proceso respecto de la superficie utilizada para veranada actividades pastoriles propias del modo de vida mapuche en los meses de verano. Y respecto del lote donde se ubica un cementerio indígena, confirmando el levantamiento de la medida cautelar que en su momento había dispuesto el desalojo de toda el área.

La resolución también preveía que, si lo solicitaban las partes, se podría deslindar provisoriamente la porción del inmueble afectada por esta decisión en la etapa de ejecución de sentencia.

El fallo fue suscripto por las juezas Gabriela Calaccio y Alejandra Barroso y por el juez Pablo Furlotti. Actuó como secretaria Norma Alicia Fuentes.

Fuente: LMNeuquén