Este jueves comenzó en Esquel el juicio por jurados que determinará la responsabilidad de tres policías que participaron del operativo del 21 de mayo del 2021 que derivó en la muerte de Alejandro Tino John. El proceso inició después de un largo camino recorrido por la familia, la compañera de John y los organismos de Derechos Humanos. La causa, que tardó un año y medio en abrirse, no estuvo exenta de dilaciones. Durante la primera jornada, las partes expusieron sus alegatos. La Fiscalía y las querellas sostienen que los efectivos no cumplieron con los protocolos de Salud Mental y no llevaron adelante estrategias disuasivas para cuidar la vida del vecino, que padecía de trastorno bipolar. Las defensas, por su parte, argumentan que el accionar de John representaba un riesgo para vecinos y que actuaron en cumplimiento con su deber.
Después de cuatro años y cinco meses, el asesinato de Alejando "Tino" John llegó a juicio. Del 23 al 31 de octubre el jurado popular (compuesto por 6 varones y 6 mujeres) analizará las evidencias aportadas por las partes para decidir la responsabilidad de los tres efectivos policiales que hoy están en el banquillo de los acusados. Se trata de Luis Américo Moggiano, efectivo del GEOP que efectuó el disparo mortal; Cristian Soto, exjefe del GEOP; y Omar Martínez, el excomisario de El Hoyo que solicitó el operativo del grupo especializado.
"Tenían que cuidarlo, no matarlo"
En su presentación, el fiscal Martin Robertson repitió las palabras que Claudia Costa expresó mientras la tenían precintada en el operativo: "tenían que cuidarlo, no matarlo". Robertson inició la presentación del caso refiriéndose a Tino John como un vecino conocido y querido en la Comarca Andina. La clave del planteo del fiscal es que durante el operativo no se contemplaron los protocolos de Salud Mental, lo cual resultaba sumamente necesario ya que la víctima padecía de trastorno bipolar y en los días previos a su muerte había experimentado altos niveles de estrés.
La Fiscalía repasó los hechos de manera cronológica: el 26 de mayo de 2021, luego de atravesar un episodio de estrés, Tino John empezó a entrar en una fase de manía. Estaba nervioso a raíz de los incendios y el temor a la toma de tierras, y desconfiaba de su vecino. Uno de los hijos le pidió al vecino que se vaya hasta que su padre se tranquilizara. Ese día, Tino comenzó a disparar al aire, por lo que su vecino denunció la situación aproximadamente a las 18 horas.
La denuncia derivó en un pedido de allanamiento en el que se solicitaba identificar y secuestrar las armas que se encontraban en la chacra. Se solicitaba la participación del GEOP así como de personal de Salud Mental. La Fiscalía sostiene que el 27 de mayo, aproximadamente a las 10:00, se ejecutó la orden de allanamiento, dando luz verde a la irrupción del GEOP sin esperar al personal de Salud Mental, escenario que agravó el nerviosismo del vecino. El operativo desembocó en el asesinato de Tino, producto de un disparo en la cabeza efectuado por el sargento primero Moggiano. Martínez era jefe de la comisaría del Hoyo, y fue quien solicitó el allanamiento. En tanto, Cristian Soto era jefe del GEOP. La acción deliberada de ambos se configura, para la Fiscalía, en el delito de violación de los deberes de funcionario público.
El alegato de Pérez Galimberti
El abogado querellante por parte de Claudia Costa, Alfredo Pérez Galimberti, habló de un "conflicto de relatos": "Yo les voy a contar una historia. La defensa les va a contar otra historia contrapuesta para que comprendan. Esta historia tiene que ver con un asesinato trágico, con la muerte de Martin Alejandro Tino John. Y la podemos resumir: lo acorralaron como un conejo en la madriguera y lo mataron aquellos que debían cuidar de él y preservarlo. Esta es la síntesis".
Pérez Galimberti inició contando que John era un chacarero de la comarca de tres generaciones, se refirió a "una persona excelente, gran vecino, muy solidario" pero que "acarreaba desde muy joven una enfermedad, y tenía una personalidad bipolar". En estos casos, es imprescindible la presencia médica para asistir a la persona. El abogado explicó que Tino ya había experimentado episodios de este tipo y había logrado recuperarse con el procedimiento correcto. Sin embargo, las circunstancias del día del operativo no tuvieron en cuenta estos protocolos.
En su alegato (difundido completamente por el peridista Andrés Campos, de Noticias Esquel) Pérez Galimberti dio un relato minucioso de los hechos, en línea con lo que ya han relatado los hijos, la pareja y el fiscal en el pedido de imputación. Tino venía experimentando episodios de estrés y nerviosismo debido a los riesgos de incendio en la Comarca, a lo que se sumaba el temor por las tomas de tierras. El abogado explicó que "su juicio estaba completamente alterado, hablaba del diablo, lo había concentrado en su vecino". El día anterior al operativo, el 26 de mayo, Tino efectuó varios disparos con una carabina al piso. Después salió con un revólver y amenazó al vecino. Los hijos se comunicaron con el vecino y le pidieron que se fuera de la casa hasta que el padre se calmara. Pérez Galimberti remarcó que era el único vecino en los alrededores de la chacra.
Un amigo de Tino se comunicó con la policía para lograr calmarlo, sedarlo con una inyección e internarlo, tal como habían hecho durante episodios similares en el pasado. La policía arribó a la chacra pero el estado de nerviosismo de Tino se acrecentó y efectuó otros disparos al aire. El abogado detalló que después de escuchar las detonaciones, los policías van a la comisaría, se labra una causa penal y se pide una orden de allanamiento.
Los hijos de Tino se comunicaron con el comisario Martínez -hoy imputado-, a quien le explican que su padre tiene un problema de salud mental y está en un estado psicótico. Acordaron ir al día siguiente para intentar calmar a Tino. En este sentido Pérez Galimberti se refirió a la vigencia de normas estrictas y protocolos para la preservación de las personas con problemas de salud mental, prevención que estaba contemplada en la orden de allanamiento.
El operativo, el disparo mortal
A pesar de las directrices, el GEOP inició el operativo sin esperar la llegada de personal médico. Los efectivos llegaron alrededor de las 10:00 de la mañana. Pérez Galimberti subrayó que la orden de allanamiento ordenaba identificar al hombre, notificarlo y quitarle las armas. A pesar de que Martínez sabía que no iba a haber ningún médico en el lugar para el momento en el que desplegaran el operativo, no detuvo la diligencia.
El abogado recuperó el testimonio de Claudia, quien en los últimos años relató en reiteradas ocasiones lo que vivió el día del operativo. Ella llegó a la chacra, notó movimientos entre los matorrales y creyó que eran jabalíes. Instantes más tarde se dio cuenta de que eran policías, por lo que se apresuró a entrar a la casa para decirle a Tino que no saliera. En la vivienda también estaba presente un joven, amigo de Tino, quien lo estaba ayudando con el trabajo de la chacra. Tino se resguardó en la planta alta de la vivienda y Claudia se aferró a la escalera para que no pasen los uniformados. Sin embargo, la apartaron y la dejaron precintada -sin darle precisiones ni información clara del operativo- durante poco más de una hora.
Desde arriba, Tino realizó algunos disparos con un arma que tenía en la casa, pero se le traba. Es en ese momento en el que los efectivos intervienen, aunque no intentan desplegar estrategias de disuasión o persuasión sino que tiran un ladrillo al vidrio de la ventana de la habitación donde estaba Tino, para luego tirar una bomba de sonido y luz y otra de humo.
Estas circunstancias profundizaron el estado de nerviosismo del vecino, quien en ese momento no tenía capacidad judicativa para entender lo que estaba pasando. En un momento en el que Tino se asoma, Moggiano lo mata de un disparo en la cabeza. Pérez Galimberti recordó que durante el juicio quedará fuera de discusión que fue Moggiano quien efectuó el disparo que mató a Tino. Y enfatizó que no hubo ninguna otra acción disuasiva.
De esta forma, quedan establecidas las acusaciones para la actuación de cada uno de los imputados el día del operativo: Martinez, el comisario que convocó al GEOP y dio continuidad al accionar del grupo sabiendo que no iba a haber personal médico presente; Soto, el jefe del GEOP que coordinó el operativo; y Moggiano, el policía que efectuó el disparo mortal.
Pérez Galimberti sostuvo que incumplieron las normativas vigentes en relación a los protocolos de actuación de Salud Mental. La Ley Nacional de Salud Mental establece que las intervenciones policiales en estos casos deben preservar la seguridad de las personas y facilitar las condiciones para una correcta actuación de los servicios de salud, priorizando las técnicas disuasivas y preventivas por sobre la fuerza.
El abogado querellante adelantó que pedirá para Moggiano un veredicto de culpabilidad por homicidio agravado por haberlo hecho con armas y en función policial, lo que podría valerle la prisión perpetua. La acusación contra los dos comisarios cambió a último momento: pasó de homicidio culposo e incumplimiento de deberes de funcionario público. Según precisaron los querellantes, se debe a una cuestión técnica para evitar la nulidad del juicio, aunque reduce considerablemente la expectativa de la pena. Los querellantes son los únicos acusadores contra Moggiano, mientras que en las otras dos acusaciones los acompaña la Fiscalía. Durante la audiencia del jueves, los tres tenían derecho a declarar, pero eligieron no hacerlo.
Las defensas, encabezadas por Fabián Gabalachis (Moggiano), Martín Moris (Martínez) y Oscar Romero (Soto) rechazaron las acusaciones. Sostuvieron que el escenario representaba un peligro para vecinos y familiares. Resaltaron que la participación estuvo autorizada judicialmente y que la intervención se produjo cuando se evaluó una situación de riesgo inminente. Gabalachis argumentó que Moggiano actuó en cumplimiento del deber y en legítima defensa, luego de que John efectuara disparos contra él. Los defensores de Martínez y Soto aseguraron que ambos cumplieron la ley y que no tenían autoridad para detener el avance del operativo.
Durante la tarde del jueves, los jurados populares se trasladaron a Las Golondrinas para conocer la chacra en la que ocurrieron los hechos. Luego comenzó la declaración de testigos, que continuó durante la jornada del viernes. El debate se reanudará este el lunes 27. Se espera que se extienda hasta el viernes 31, en una semana clave en la que habrá definiciones para un caso que hace casi cinco años espera justicia.