La violencia institucional machista tras los feminicidios Por Alejandra Mateo Fano
Las mujeres son a menudo infantilizadas, cuestionadas o ignoradas tras denunciar violencia de género. Estas actuaciones revictimizantes ponen en peligro la continuidad de los procesos judiciales y las órdenes de protección.
El 3 de septiembre de 1999, Ángela González Carreño decidió que no regresaría al infierno de insultos, humillaciones y palizas al que su marido, Felipe Rascón, llevaba años sometiéndola. Huyó del hogar familiar, si se le puede llamar así, interpuso denuncia ante los juzgados y solicitó el divorcio para cortar toda relación con su maltratador. El testimonio desgarrador de Ángela, presentado ante distintas instancias judiciales, no impidió la autorización de las visitas de Rascón para pasar tiempo sin supervisión con Andrea, la hija que tenían en común, y que por aquel entonces tenía tres años de edad. La menor rechazó hasta la saciedad aquellas visitas sin que nadie la escuchara. Consciente del peligro que esta decisión entrañaba para la criatura, Ángela interpuso más de 51 denuncias entre juzgados y comisarías implorando medidas de protección para ambas. Pero el 24 de abril de 2003 tuvo lugar el episodio de violencia vicaria más sangrante de las últimas décadas: Rascón, en una de las visitas pactadas, asesinó de un tiro a la niña con el fin de provocar el mayor dolor posible a su expareja como castigo por negarse a permitir sus abusos.
En un artículo donde desengrana los pormenores del caso, la periodista y activista feminista Cristina Fallarás detalla el periplo judicial que atravesó desde la muerte de su hija: tras varios recursos desestimados por parte de los tribunales españoles, la asociación pro derechos humanos Women's Link llevó su caso ante el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que en 2014 dictaminó que España no la había protegido ni a ella ni a su hija. Por fin un tribunal extranjero reconocía la responsabilidad de las instituciones en la desprotección de madre e hija, y con ello empezaba a nombrarse tímidamente el término violencia institucional machista.
El único culpable del feminicidio vicario de Andrea fue su padre, pero el desenlace se podría haber evitado si los actores judiciales y policiales hubieran actuado con la debida diligencia. Esta violencia que procede directamente de las entidades públicas se manifiesta cuando, según el Observatorio de Violencias Institucionales Machistas (OVIM), "una mujer acude a las instituciones del Estado y se produce alguna omisión, práctica o acción que constituye violencia machista al obstaculizar o impedir el ejercicio de sus derechos humanos". El observatorio añade que esta violencia silenciosa se despliega desde el momento en que una persona que ha sido víctima de un delito como la violencia de género, "sufre un nuevo daño como consecuencia del trato (escéptico) recibido por parte de instituciones, profesionales o la sociedad durante el proceso de denuncia, investigación o búsqueda de justicia".
Las instituciones tienen el deber legal de no tolerar ni perpetrar la violencia machista, además de no hacer caso omiso frente a ella. Más reciente que el de Ángela es el caso de María Salmerón, de tintes muy similares: a pesar de que su expareja había sido condenada a 21 meses de prisión por la violencia ejercida contra ella (pena que, por cierto, nunca llegó a cumplir), ella fue sentenciada a nueve meses de cárcel por un delito continuado de desobediencia grave a la autoridad con agravante de reincidencia tras incumplir el régimen de visitas de su hija, obligada a citarse con su padre, para evitar que corriera la misma suerte que Andrea.
Desde entonces, no han parado de sucederse los juicios donde las víctimas ven cuestionados sus relatos, las órdenes de protección son denegadas o las valoraciones se realizan de forma negligente al desconsiderar la situación de riesgo que sufren muchas mujeres recién separadas de sus agresores. La mayor parte de estos casos se producen dentro de la judicatura, aunque también tienen resonancia en comisarías, centros de salud o, en menor medida, recursos para víctimas en violencia de género. En España, seis de cada diez denuncias sobre violencia machista institucional están relacionadas con comportamientos o decisiones de los jueces: un estudio realizado por el OVIM pone de relieve que, de los casos recogidos, el 52 % se concentran en este sector, seguido por los ámbitos policial, sanitario, social y de atención integral.
Como enfatiza este organismo, entre los patrones más habituales de violencia institucional se encuentran la negación sistemática de medidas de protección, la desconfianza hacia las víctimas y la priorización de los derechos de los progenitores frente al interés superior de los niños y niñas. También son tristemente habituales, añaden, los testimonios de mujeres que narran haber sido infantilizadas, culpabilizadas o ignoradas por parte de profesionales públicos. Este tipo de actuaciones revictimizantes ocurren con frecuencia durante los interrogatorios (recordemos la vista oral del juez Carretero con Elisa Mouliaá tras su denuncia por abusos sexuales contra Íñigo Errejón), y explican la elevada tasa de infradenuncia que persiste todavía en España. Muchas mujeres alegan sentir pavor ante la idea de que sus testimonios puedan ser cuestionados cuando ocurre una agresión, sobre todo si no encajan con el estereotipo de "víctima perfecta" que muchos jueces esperan encontrarse. El resultado: muchas supervivientes deciden no continuar el proceso judicial tras haber interpuesto una denuncia contra su maltratador por el peso de esa violencia institucional revictimizante. Esto a menudo se confunde con que las mujeres retiren sus denuncias, un argumento que suelen utilizar quienes defienden discursos antifeministas o negacionistas de la violencia machista.
Injusticia epistémica en los juzgados
Cuando, debido a estas trabas, las mujeres renuncian a seguir con el proceso judicial, se produce lo que la filósofa británica Miranda Fricker acuñó bajo el término de "injusticia testimonial". Un efecto del maltrato ejercido por las instancias que teóricamente deberían brindar seguridad y protección. "La experiencia por el proceso penal o en la policía de algunas mujeres hace que otras desconfíen de las instituciones y se replanteen el denunciar o no. Hemos escuchado relatos en los que se cuestiona qué ha hecho la mujer antes de recibir esta violencia, qué ha hecho durante la violencia y qué ha hecho después, pero también existe el miedo de que les vayan a quitar la custodia de sus hijos sabiendo que se están dando visitas a padres maltratadores", explica a este medio Marina Oliva, integrante de Hèlia, una de las principales asociaciones de apoyo a víctimas de violencia machista en España. Oliva incide en un dato aterrador: en más del 80 % de los casos se están dando custodias y las visitas a padres agresores, pese a que la ley establece que estas no se deberían dar, por norma general, a padres que estén siendo investigados o condenados por violencia de género.
La palabra que mejor define el sentir general de estas mujeres es el miedo, que se incrementa en el caso de las que son migrantes o racializadas: quienes se encuentran en una situación administrativa irregular tienen terror al hecho de que, si denuncian, puedan ser deportadas del Estado español y, además, en muchos casos, las barreras culturales e idiomáticas limitan la comunicación ya que no siempre hay intérpretes disponibles, como explica una investigación de la Universidad de Vigo elaborada por Sabela Pérez-Martín, Iria Vázquez Silva y Carmen Verde-Diego. También son culpabilizadas e infantilizadas con más frecuencia y sufren comentarios racistas durante el proceso judicial. Con todo, añaden, la pérdida de confianza en el sistema después de sufrir la negación de sus derechos por las mismas instituciones encargadas de velar por su seguridad genera un trastorno emocional y social significativo.
Por el momento, el sexismo institucional no está reconocido en el Estado español, si bien la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de 2004 contempla medidas de protección integral para víctimas de violencia de género (entre ellas, asistencia jurídica gratuita, atención psicológica y social, protección policial y orden de alejamiento). Se trata de medidas cautelares -preventivas y temporales- una vez interpuesta la denuncia y celebrado el primer juicio rápido hasta la finalización del proceso. Ahora bien, según el Observatorio contra la Violencia de Género, el 34,18 % de estas órdenes de protección solicitadas en los últimos 15 años en España no se concedieron. Entre abril y junio de 2025, tal y como arrojan los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial, se solicitaron en los órganos judiciales un total de 12.661 órdenes de protección y se concedieron siete de cada diez, una cifra preocupante para las expertas consultadas.
De acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), algunas medidas de protección cautelares urgentes incluyen el alejamiento físico (el agresor no puede acercarse a la víctima ni a su entorno), prohibición de comunicación, retiro de armas al agresor de carácter inmediato, suspensión del régimen de visitas o acceso a recursos habitacionales de apoyo. El problema se halla en que la consideración del riesgo que padecen las víctimas depende directamente de la interpretación de los jueces, que pueden no tener integrado en su práctica un enfoque feminista. De esta forma, a veces se produce un gran desconocimiento por parte de los profesionales de las dinámicas que se producen en la violencia machista en el ámbito de la pareja, razón por la que se minusvaloran con frecuencia comportamientos peligrosos de los agresores.
Para Iria Vázquez Silva, profesora de sociología en la Universidad de Vigo y coautora del citado informe, es preciso que cualquier profesional que tenga contacto con una víctima de violencia esté formada en prevención de violencia machista: "En grados de trabajo social, medicina, derecho o psicología, a veces no hay materias obligatorias de violencia de género. Y claro, luego te encuentras en los juzgados con que el equipo forense no está formado y los abogados de oficio, en casos de violencia de género, hay veces que tienen una formación específica de dos o tres días". A muchas mujeres les juega en contra experimentar síndrome de estrés postraumático después de haber sufrido violencia machista, porque puede hacerles perder la custodia de sus hijos al malentenderse que no estará capacitada para hacerse cargo del menor. De esta forma, la violencia no sólo acaba patologizándose sino que se vuelve en contra de las víctimas al pasar por los juzgados.
Saturación de los recursos públicos y fallos sistémicos
Pero una parte esencial de esa violencia por omisión a la hora de otorgar medidas de protección tiene que ver directamente con la saturación de los servicios y recursos públicos. "En Madrid tenemos 11 juzgados de violencia sobre la mujer para instruir, para investigar, dictar órdenes de protección y luego tenemos unos juzgados penales para los juicios. Todo esto hace que los jueces vayan a piñón. Cuando tienes un tiempo limitado a veces no puedes hacer todas las preguntas necesarias y llegas a dar por menos graves cosas que sí lo son. Muchas veces no hay medios para atender a cada caso como se merece", explica Marta Herrero, abogada de víctimas de violencia machista. Esta precariedad atraviesa también a los recursos públicos de atención para víctimas: al recortarse sistemáticamente los fondos para estos espacios esenciales y volverse eternas las listas de espera para acceder, multitud de mujeres se quedan fuera, ya que sólo pueden atenderse los casos más extremos y urgentes.
"En los recursos se prioriza siempre una situación que sea más grave. Entonces, aunque a nivel normativo se incluya a todas las mujeres, al final si no hay presupuesto ni plantilla suficiente y hay unas listas de espera superlargas, quedan excluidas del circuito muchísimas víctimas", destaca Oliva. Las trabajadoras de la red contra la violencia de género de Madrid llevan tiempo denunciando que no hay suficientes profesionales para la demanda que existe ya que son recursos externalizados y en gran medida precarizados.
Una de las medidas penales de protección para víctimas es la implantación de dispositivos de control telemático para agresores. Más de 4.500 hombres en España las llevan puestas. Estos medios (pulseras o brazaletes) permiten conocer la ubicación exacta de los maltratadores con órdenes de alejamiento en vigor y sirven para detectar posibles quebrantamientos de la orden en tiempo real. El Centro Cometa, dependiente del Ministerio de Igualdad, que gestiona estos dispositivos de vigilancia, estuvo envuelto desde finales de 2024 en un sinfín de escándalos después de que se notificaran fallos en los dispositivos: congelación de la ubicación de los agresores, errores en los GPS, materiales de escasa calidad que facilitaban quitarse las pulseras... La adjudicación del contrato del servicio, mediante concurso público, a dos empresas privadas (Securitas y Vodafone) en marzo de 2024 fue el inicio de la precarización extrema de este servicio, que a la larga se tradujo en una violencia institucional de primer orden.
Solo 825 ayuntamientos están integrados en el Sistema Viogen
Al igual que ocurre con la concesión de medidas de protección para víctimas en los juzgados, la violencia institucional también está presente en la valoración del riesgo de las mujeres en el sistema Viogen. "La policía, cuando toma declaración a la víctima para valorar su nivel de riesgo, le pide que conteste a determinadas preguntas y va rellenando un formulario informatizado. Según las respuestas que ellos piquen, sale un resultado u otro. No hay una entrevista de una trabajadora social o de una psicóloga en toda esa valoración", alega Herrero sobre uno de los aspectos más mejorables de este sistema de calificación y seguimiento a nivel estatal. Falta, aseguran las expertas, más profesionalización en esas valoraciones, pero también tiempo para valorar pausadamente cada caso.
Para determinar un nivel u otro de riesgo la Policía o Guardia Civil (encargados del seguimiento) toman en consideración parámetros como la presencia de denuncias anteriores, tenencia de armas por parte del agresor, si este ha proferido amenazas de muerte a la víctima, sexo forzado, amenazas de suicidio, agresiones físicas a animales o antecedentes por atentado a la autoridad. Un agravante del riesgo puede ser que la víctima tenga certificada algún tipo de discapacidad, ya que este factor aumenta su vulnerabilidad frente al maltratador.
Como desvelan los últimos datos del Observatorio de Violencia de Género, desde 2013, el número de casos activos en el sistema Viogen ha aumentado en más de 39.000 y los de riesgo alto se han multiplicado por siete. A pesar de lo alarmante de estas cifras, la mayor parte de los Ayuntamientos todavía no están integrados en el Sistema Viogen: A fecha de noviembre de 2025, tan solo lo estaban 825 consistorios, 38 de ellos capitales de provincia (en España hay 8.132 municipios). Esto es especialmente grave ya que cuando no existe convenio con los ayuntamientos, la Policía Local no puede ver ni actualizar el nivel de riesgo de una víctima. En Zaragoza, por ejemplo, que en 2025 contaba con más de 1.600 casos activos (2.566 en todo Aragón), estuvo hasta finales de año sin estar integrada plenamente en el sistema. "Es necesario seguir tomando conciencia de género y garantizar, con políticas y servicios públicos, seguridad para las víctimas. Aquí el problema está en la estructura del sistema y en la manera en la que se organiza la lógica institucional", refiere Teresa Carrillo, psicóloga feminista especializada en violencias machistas.
Fuente: CTXT
Por Alejandra Mateo Fano
Las mujeres son a menudo infantilizadas, cuestionadas o ignoradas tras denunciar violencia de género. Estas actuaciones revictimizantes ponen en peligro la continuidad de los procesos judiciales y las órdenes de protección.
El 3 de septiembre de 1999, Ángela González Carreño decidió que no regresaría al infierno de insultos, humillaciones y palizas al que su marido, Felipe Rascón, llevaba años sometiéndola. Huyó del hogar familiar, si se le puede llamar así, interpuso denuncia ante los juzgados y solicitó el divorcio para cortar toda relación con su maltratador. El testimonio desgarrador de Ángela, presentado ante distintas instancias judiciales, no impidió la autorización de las visitas de Rascón para pasar tiempo sin supervisión con Andrea, la hija que tenían en común, y que por aquel entonces tenía tres años de edad. La menor rechazó hasta la saciedad aquellas visitas sin que nadie la escuchara. Consciente del peligro que esta decisión entrañaba para la criatura, Ángela interpuso más de 51 denuncias entre juzgados y comisarías implorando medidas de protección para ambas. Pero el 24 de abril de 2003 tuvo lugar el episodio de violencia vicaria más sangrante de las últimas décadas: Rascón, en una de las visitas pactadas, asesinó de un tiro a la niña con el fin de provocar el mayor dolor posible a su expareja como castigo por negarse a permitir sus abusos.
En un artículo donde desengrana los pormenores del caso, la periodista y activista feminista Cristina Fallarás detalla el periplo judicial que atravesó desde la muerte de su hija: tras varios recursos desestimados por parte de los tribunales españoles, la asociación pro derechos humanos Women's Link llevó su caso ante el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que en 2014 dictaminó que España no la había protegido ni a ella ni a su hija. Por fin un tribunal extranjero reconocía la responsabilidad de las instituciones en la desprotección de madre e hija, y con ello empezaba a nombrarse tímidamente el término violencia institucional machista.
El único culpable del feminicidio vicario de Andrea fue su padre, pero el desenlace se podría haber evitado si los actores judiciales y policiales hubieran actuado con la debida diligencia. Esta violencia que procede directamente de las entidades públicas se manifiesta cuando, según el Observatorio de Violencias Institucionales Machistas (OVIM), "una mujer acude a las instituciones del Estado y se produce alguna omisión, práctica o acción que constituye violencia machista al obstaculizar o impedir el ejercicio de sus derechos humanos". El observatorio añade que esta violencia silenciosa se despliega desde el momento en que una persona que ha sido víctima de un delito como la violencia de género, "sufre un nuevo daño como consecuencia del trato (escéptico) recibido por parte de instituciones, profesionales o la sociedad durante el proceso de denuncia, investigación o búsqueda de justicia".
Las instituciones tienen el deber legal de no tolerar ni perpetrar la violencia machista, además de no hacer caso omiso frente a ella. Más reciente que el de Ángela es el caso de María Salmerón, de tintes muy similares: a pesar de que su expareja había sido condenada a 21 meses de prisión por la violencia ejercida contra ella (pena que, por cierto, nunca llegó a cumplir), ella fue sentenciada a nueve meses de cárcel por un delito continuado de desobediencia grave a la autoridad con agravante de reincidencia tras incumplir el régimen de visitas de su hija, obligada a citarse con su padre, para evitar que corriera la misma suerte que Andrea.
Desde entonces, no han parado de sucederse los juicios donde las víctimas ven cuestionados sus relatos, las órdenes de protección son denegadas o las valoraciones se realizan de forma negligente al desconsiderar la situación de riesgo que sufren muchas mujeres recién separadas de sus agresores. La mayor parte de estos casos se producen dentro de la judicatura, aunque también tienen resonancia en comisarías, centros de salud o, en menor medida, recursos para víctimas en violencia de género. En España, seis de cada diez denuncias sobre violencia machista institucional están relacionadas con comportamientos o decisiones de los jueces: un estudio realizado por el OVIM pone de relieve que, de los casos recogidos, el 52 % se concentran en este sector, seguido por los ámbitos policial, sanitario, social y de atención integral.
Como enfatiza este organismo, entre los patrones más habituales de violencia institucional se encuentran la negación sistemática de medidas de protección, la desconfianza hacia las víctimas y la priorización de los derechos de los progenitores frente al interés superior de los niños y niñas. También son tristemente habituales, añaden, los testimonios de mujeres que narran haber sido infantilizadas, culpabilizadas o ignoradas por parte de profesionales públicos. Este tipo de actuaciones revictimizantes ocurren con frecuencia durante los interrogatorios (recordemos la vista oral del juez Carretero con Elisa Mouliaá tras su denuncia por abusos sexuales contra Íñigo Errejón), y explican la elevada tasa de infradenuncia que persiste todavía en España. Muchas mujeres alegan sentir pavor ante la idea de que sus testimonios puedan ser cuestionados cuando ocurre una agresión, sobre todo si no encajan con el estereotipo de "víctima perfecta" que muchos jueces esperan encontrarse. El resultado: muchas supervivientes deciden no continuar el proceso judicial tras haber interpuesto una denuncia contra su maltratador por el peso de esa violencia institucional revictimizante. Esto a menudo se confunde con que las mujeres retiren sus denuncias, un argumento que suelen utilizar quienes defienden discursos antifeministas o negacionistas de la violencia machista.
Injusticia epistémica en los juzgados
Cuando, debido a estas trabas, las mujeres renuncian a seguir con el proceso judicial, se produce lo que la filósofa británica Miranda Fricker acuñó bajo el término de "injusticia testimonial". Un efecto del maltrato ejercido por las instancias que teóricamente deberían brindar seguridad y protección. "La experiencia por el proceso penal o en la policía de algunas mujeres hace que otras desconfíen de las instituciones y se replanteen el denunciar o no. Hemos escuchado relatos en los que se cuestiona qué ha hecho la mujer antes de recibir esta violencia, qué ha hecho durante la violencia y qué ha hecho después, pero también existe el miedo de que les vayan a quitar la custodia de sus hijos sabiendo que se están dando visitas a padres maltratadores", explica a este medio Marina Oliva, integrante de Hèlia, una de las principales asociaciones de apoyo a víctimas de violencia machista en España. Oliva incide en un dato aterrador: en más del 80 % de los casos se están dando custodias y las visitas a padres agresores, pese a que la ley establece que estas no se deberían dar, por norma general, a padres que estén siendo investigados o condenados por violencia de género.
La palabra que mejor define el sentir general de estas mujeres es el miedo, que se incrementa en el caso de las que son migrantes o racializadas: quienes se encuentran en una situación administrativa irregular tienen terror al hecho de que, si denuncian, puedan ser deportadas del Estado español y, además, en muchos casos, las barreras culturales e idiomáticas limitan la comunicación ya que no siempre hay intérpretes disponibles, como explica una investigación de la Universidad de Vigo elaborada por Sabela Pérez-Martín, Iria Vázquez Silva y Carmen Verde-Diego. También son culpabilizadas e infantilizadas con más frecuencia y sufren comentarios racistas durante el proceso judicial. Con todo, añaden, la pérdida de confianza en el sistema después de sufrir la negación de sus derechos por las mismas instituciones encargadas de velar por su seguridad genera un trastorno emocional y social significativo.
Por el momento, el sexismo institucional no está reconocido en el Estado español, si bien la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de 2004 contempla medidas de protección integral para víctimas de violencia de género (entre ellas, asistencia jurídica gratuita, atención psicológica y social, protección policial y orden de alejamiento). Se trata de medidas cautelares -preventivas y temporales- una vez interpuesta la denuncia y celebrado el primer juicio rápido hasta la finalización del proceso. Ahora bien, según el Observatorio contra la Violencia de Género, el 34,18 % de estas órdenes de protección solicitadas en los últimos 15 años en España no se concedieron. Entre abril y junio de 2025, tal y como arrojan los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial, se solicitaron en los órganos judiciales un total de 12.661 órdenes de protección y se concedieron siete de cada diez, una cifra preocupante para las expertas consultadas.
De acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM), algunas medidas de protección cautelares urgentes incluyen el alejamiento físico (el agresor no puede acercarse a la víctima ni a su entorno), prohibición de comunicación, retiro de armas al agresor de carácter inmediato, suspensión del régimen de visitas o acceso a recursos habitacionales de apoyo. El problema se halla en que la consideración del riesgo que padecen las víctimas depende directamente de la interpretación de los jueces, que pueden no tener integrado en su práctica un enfoque feminista. De esta forma, a veces se produce un gran desconocimiento por parte de los profesionales de las dinámicas que se producen en la violencia machista en el ámbito de la pareja, razón por la que se minusvaloran con frecuencia comportamientos peligrosos de los agresores.
Para Iria Vázquez Silva, profesora de sociología en la Universidad de Vigo y coautora del citado informe, es preciso que cualquier profesional que tenga contacto con una víctima de violencia esté formada en prevención de violencia machista: "En grados de trabajo social, medicina, derecho o psicología, a veces no hay materias obligatorias de violencia de género. Y claro, luego te encuentras en los juzgados con que el equipo forense no está formado y los abogados de oficio, en casos de violencia de género, hay veces que tienen una formación específica de dos o tres días". A muchas mujeres les juega en contra experimentar síndrome de estrés postraumático después de haber sufrido violencia machista, porque puede hacerles perder la custodia de sus hijos al malentenderse que no estará capacitada para hacerse cargo del menor. De esta forma, la violencia no sólo acaba patologizándose sino que se vuelve en contra de las víctimas al pasar por los juzgados.
Saturación de los recursos públicos y fallos sistémicos
Pero una parte esencial de esa violencia por omisión a la hora de otorgar medidas de protección tiene que ver directamente con la saturación de los servicios y recursos públicos. "En Madrid tenemos 11 juzgados de violencia sobre la mujer para instruir, para investigar, dictar órdenes de protección y luego tenemos unos juzgados penales para los juicios. Todo esto hace que los jueces vayan a piñón. Cuando tienes un tiempo limitado a veces no puedes hacer todas las preguntas necesarias y llegas a dar por menos graves cosas que sí lo son. Muchas veces no hay medios para atender a cada caso como se merece", explica Marta Herrero, abogada de víctimas de violencia machista. Esta precariedad atraviesa también a los recursos públicos de atención para víctimas: al recortarse sistemáticamente los fondos para estos espacios esenciales y volverse eternas las listas de espera para acceder, multitud de mujeres se quedan fuera, ya que sólo pueden atenderse los casos más extremos y urgentes.
"En los recursos se prioriza siempre una situación que sea más grave. Entonces, aunque a nivel normativo se incluya a todas las mujeres, al final si no hay presupuesto ni plantilla suficiente y hay unas listas de espera superlargas, quedan excluidas del circuito muchísimas víctimas", destaca Oliva. Las trabajadoras de la red contra la violencia de género de Madrid llevan tiempo denunciando que no hay suficientes profesionales para la demanda que existe ya que son recursos externalizados y en gran medida precarizados.
Una de las medidas penales de protección para víctimas es la implantación de dispositivos de control telemático para agresores. Más de 4.500 hombres en España las llevan puestas. Estos medios (pulseras o brazaletes) permiten conocer la ubicación exacta de los maltratadores con órdenes de alejamiento en vigor y sirven para detectar posibles quebrantamientos de la orden en tiempo real. El Centro Cometa, dependiente del Ministerio de Igualdad, que gestiona estos dispositivos de vigilancia, estuvo envuelto desde finales de 2024 en un sinfín de escándalos después de que se notificaran fallos en los dispositivos: congelación de la ubicación de los agresores, errores en los GPS, materiales de escasa calidad que facilitaban quitarse las pulseras... La adjudicación del contrato del servicio, mediante concurso público, a dos empresas privadas (Securitas y Vodafone) en marzo de 2024 fue el inicio de la precarización extrema de este servicio, que a la larga se tradujo en una violencia institucional de primer orden.
Solo 825 ayuntamientos están integrados en el Sistema Viogen
Al igual que ocurre con la concesión de medidas de protección para víctimas en los juzgados, la violencia institucional también está presente en la valoración del riesgo de las mujeres en el sistema Viogen. "La policía, cuando toma declaración a la víctima para valorar su nivel de riesgo, le pide que conteste a determinadas preguntas y va rellenando un formulario informatizado. Según las respuestas que ellos piquen, sale un resultado u otro. No hay una entrevista de una trabajadora social o de una psicóloga en toda esa valoración", alega Herrero sobre uno de los aspectos más mejorables de este sistema de calificación y seguimiento a nivel estatal. Falta, aseguran las expertas, más profesionalización en esas valoraciones, pero también tiempo para valorar pausadamente cada caso.
Para determinar un nivel u otro de riesgo la Policía o Guardia Civil (encargados del seguimiento) toman en consideración parámetros como la presencia de denuncias anteriores, tenencia de armas por parte del agresor, si este ha proferido amenazas de muerte a la víctima, sexo forzado, amenazas de suicidio, agresiones físicas a animales o antecedentes por atentado a la autoridad. Un agravante del riesgo puede ser que la víctima tenga certificada algún tipo de discapacidad, ya que este factor aumenta su vulnerabilidad frente al maltratador.
Como desvelan los últimos datos del Observatorio de Violencia de Género, desde 2013, el número de casos activos en el sistema Viogen ha aumentado en más de 39.000 y los de riesgo alto se han multiplicado por siete. A pesar de lo alarmante de estas cifras, la mayor parte de los Ayuntamientos todavía no están integrados en el Sistema Viogen: A fecha de noviembre de 2025, tan solo lo estaban 825 consistorios, 38 de ellos capitales de provincia (en España hay 8.132 municipios). Esto es especialmente grave ya que cuando no existe convenio con los ayuntamientos, la Policía Local no puede ver ni actualizar el nivel de riesgo de una víctima. En Zaragoza, por ejemplo, que en 2025 contaba con más de 1.600 casos activos (2.566 en todo Aragón), estuvo hasta finales de año sin estar integrada plenamente en el sistema. "Es necesario seguir tomando conciencia de género y garantizar, con políticas y servicios públicos, seguridad para las víctimas. Aquí el problema está en la estructura del sistema y en la manera en la que se organiza la lógica institucional", refiere Teresa Carrillo, psicóloga feminista especializada en violencias machistas.
Fuente: CTXT

