La Justicia declaró culpable a la ex jefa de compras de Arcioni por favorecer a su pareja como proveedor El primer tribunal escabinado (órgano judicial mixto en el que jueces profesionales comparten la decisión del caso con ciudadanos comunes llamados escabinos) conformado en Chubut declaró culpable a Carolina Pardo Said, exjefa del Departamento de Compras del Ministerio de Seguridad provincial, por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. La sentencia surge de una investigación impulsada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), que logró acreditar que la funcionaria direccionó contrataciones estatales en favor de su pareja, Vicente Andrés García, por un monto total que superó el millón de pesos.
El juicio se desarrolló en la Oficina Judicial de Rawson y estuvo a cargo del fiscal general Omar Rodríguez, acompañado por la funcionaria de fiscalía Analía Acuña. El tribunal mixto estuvo integrado por los jueces técnicos María Laura Martini, Eve Ponce y Jorge Novarino, junto a dos ciudadanos convocados mediante el mecanismo de participación ciudadana previsto por la ley. Tras evaluar la prueba reunida durante la investigación, el tribunal concluyó que la imputada incurrió en un claro conflicto de intereses al intervenir en contrataciones que beneficiaron directamente a su pareja. La defensa fue ejercida por el abogado Diego Cruceño.
De acuerdo con la acusación del MPF, las gestiones administrativas impulsadas por Pardo Said incluyeron la contratación de trabajos de reparaciones mecánicas, refacciones edilicias y servicios eléctricos para distintas dependencias del Ministerio de Seguridad. Todas esas tareas fueron adjudicadas a García mientras la funcionaria se encontraba en ejercicio de su cargo, una situación que violaba las normas de incompatibilidad que rigen para los funcionarios públicos.
La investigación judicial se remonta a febrero de 2024, cuando el fiscal Rodríguez imputó formalmente a la entonces funcionaria por haber autorizado ocho contrataciones directas entre los años 2022 y 2023 a favor de su pareja, sin instancias de competencia o licitación. En conjunto, esas operaciones representaron un total de 1.092.700 pesos destinados a trabajos de mantenimiento en instalaciones oficiales.
El avance de la causa llevó a que en marzo de 2025 la jueza Karina Breckle dispusiera la apertura del juicio oral. Meses más tarde se confirmó que el proceso se resolvería mediante un tribunal escabinado, un formato inédito en la provincia que combina la intervención de magistrados profesionales con la participación de ciudadanos en la toma de decisiones judiciales, particularmente en casos vinculados a delitos contra la administración pública.
Durante el debate oral se incorporaron documentos administrativos, órdenes de contratación y testimonios que, según la acusación fiscal, permitieron reconstruir el circuito de decisiones que derivó en el direccionamiento de fondos públicos hacia el proveedor vinculado a la funcionaria. Para el Ministerio Público Fiscal, el conjunto de pruebas permitió demostrar que existió una intervención directa de Pardo Said en la asignación de trabajos que terminaron beneficiando económicamente a su entorno personal.
La resolución del tribunal marca además un antecedente institucional para el sistema judicial chubutense, ya que se trata de la primera vez que se aplica el mecanismo del tribunal escabinado en la provincia. Desde el ámbito judicial destacan que este modelo busca reforzar la transparencia y legitimidad de las decisiones en procesos sensibles, especialmente aquellos relacionados con presuntos hechos de corrupción dentro del Estado.
Tras el veredicto de culpabilidad, el proceso judicial continuará con la audiencia de cesura de pena, prevista para el próximo jueves. En esa instancia se debatirá cuál será la sanción que corresponderá aplicar a la exfuncionaria.
El delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública contempla penas que pueden ir desde la inhabilitación para ocupar cargos públicos hasta condenas de prisión, dependiendo de la gravedad de los hechos y de las circunstancias que evalúe el tribunal al momento de dictar la sentencia definitiva.
La acusación en Chubut
Desde enero de 2020, Pardo Said estuvo a cargo del Departamento de Compras de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Seguridad. En ese rol, contrató en forma directa a Vicente García, su pareja, para que realizara trabajos de albañilería, pintura, electricidad, herrería, refacciones y reparación de vehículos oficiales.
Según la acusación del fiscal Rodríguez, Pardo Said utilizó su cargo para beneficiar económicamente a su pareja, direccionando las contrataciones con un "interés particular por encima del interés público". La fiscalía estima que el presunto fraude asciende a $1.092.700 y sostiene que, de haberse seguido el procedimiento de contratación adecuado, se habría obtenido un beneficio económico para el Estado.
La exfuncionaria enfrenta cargos por defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, negociaciones incompatibles e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por su parte, Vicente García fue sobreseído del caso.
Una probation anulada
En septiembre de 2024, Pardo Said había acordado una condena de dos años de prisión en suspenso, trabajos comunitarios por dos semanas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por dos años.
Este acuerdo había sido pactado entre el jefe de la Unidad Anticorrupción, Omar Rodríguez, el defensor Diego Cruceño y el abogado de la Fiscalía de Estado, Martín Castro, según precisó en aquel momento Diario Jornada.
Sin embargo, la jueza Karina Breckle rechazó la propuesta con el argumento de que los funcionarios públicos acusados de delitos de corrupción no pueden acceder al beneficio de una probation.
La decisión fue apelada ante la Cámara Penal de Trelew, que esta semana ratificó por unanimidad el rechazo y así habilitó la realización del juicio oral y público que inicialmente la exfuncionaria había logrado evitar.
La jueza Karina Breckle anuló la probation acordada entre el defensor, la fiscalía de Estado y la Oficina Anticorrupción, decisión que luego fue ratificada por los camaristas.
Al ratificar la decisión, los camaristas Adrián Barrios, César Zaratiegui y Alejandro Defranco destacaron que los delitos dolosos cometidos por funcionarios en perjuicio de la Administración Pública Provincial no pueden resolverse con un juicio abreviado ni con una probation.
Además, recordaron que la Argentina es firmante de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que obliga a perseguir y enjuiciar estos delitos en todos los casos.
El fallo subraya que un juicio oral y público es el mecanismo adecuado para garantizar la transparencia y permitir que la sociedad conozca los detalles de las maniobras, el destino de los fondos públicos y los posibles responsables.
Además, descartaron el argumento de la defensa de que un proceso judicial sería un gasto innecesario, afirmando que "el alto costo económico que se generaría para llegar al mismo resultado no puede ser un argumento válido para evitar la efectiva participación ciudadana".
Con información de La Tecla Patagonia y LMNeuquén
El primer tribunal escabinado (órgano judicial mixto en el que jueces profesionales comparten la decisión del caso con ciudadanos comunes llamados escabinos) conformado en Chubut declaró culpable a Carolina Pardo Said, exjefa del Departamento de Compras del Ministerio de Seguridad provincial, por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. La sentencia surge de una investigación impulsada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), que logró acreditar que la funcionaria direccionó contrataciones estatales en favor de su pareja, Vicente Andrés García, por un monto total que superó el millón de pesos.
El juicio se desarrolló en la Oficina Judicial de Rawson y estuvo a cargo del fiscal general Omar Rodríguez, acompañado por la funcionaria de fiscalía Analía Acuña. El tribunal mixto estuvo integrado por los jueces técnicos María Laura Martini, Eve Ponce y Jorge Novarino, junto a dos ciudadanos convocados mediante el mecanismo de participación ciudadana previsto por la ley. Tras evaluar la prueba reunida durante la investigación, el tribunal concluyó que la imputada incurrió en un claro conflicto de intereses al intervenir en contrataciones que beneficiaron directamente a su pareja. La defensa fue ejercida por el abogado Diego Cruceño.
De acuerdo con la acusación del MPF, las gestiones administrativas impulsadas por Pardo Said incluyeron la contratación de trabajos de reparaciones mecánicas, refacciones edilicias y servicios eléctricos para distintas dependencias del Ministerio de Seguridad. Todas esas tareas fueron adjudicadas a García mientras la funcionaria se encontraba en ejercicio de su cargo, una situación que violaba las normas de incompatibilidad que rigen para los funcionarios públicos.
La investigación judicial se remonta a febrero de 2024, cuando el fiscal Rodríguez imputó formalmente a la entonces funcionaria por haber autorizado ocho contrataciones directas entre los años 2022 y 2023 a favor de su pareja, sin instancias de competencia o licitación. En conjunto, esas operaciones representaron un total de 1.092.700 pesos destinados a trabajos de mantenimiento en instalaciones oficiales.
El avance de la causa llevó a que en marzo de 2025 la jueza Karina Breckle dispusiera la apertura del juicio oral. Meses más tarde se confirmó que el proceso se resolvería mediante un tribunal escabinado, un formato inédito en la provincia que combina la intervención de magistrados profesionales con la participación de ciudadanos en la toma de decisiones judiciales, particularmente en casos vinculados a delitos contra la administración pública.
Durante el debate oral se incorporaron documentos administrativos, órdenes de contratación y testimonios que, según la acusación fiscal, permitieron reconstruir el circuito de decisiones que derivó en el direccionamiento de fondos públicos hacia el proveedor vinculado a la funcionaria. Para el Ministerio Público Fiscal, el conjunto de pruebas permitió demostrar que existió una intervención directa de Pardo Said en la asignación de trabajos que terminaron beneficiando económicamente a su entorno personal.
La resolución del tribunal marca además un antecedente institucional para el sistema judicial chubutense, ya que se trata de la primera vez que se aplica el mecanismo del tribunal escabinado en la provincia. Desde el ámbito judicial destacan que este modelo busca reforzar la transparencia y legitimidad de las decisiones en procesos sensibles, especialmente aquellos relacionados con presuntos hechos de corrupción dentro del Estado.
Tras el veredicto de culpabilidad, el proceso judicial continuará con la audiencia de cesura de pena, prevista para el próximo jueves. En esa instancia se debatirá cuál será la sanción que corresponderá aplicar a la exfuncionaria.
El delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública contempla penas que pueden ir desde la inhabilitación para ocupar cargos públicos hasta condenas de prisión, dependiendo de la gravedad de los hechos y de las circunstancias que evalúe el tribunal al momento de dictar la sentencia definitiva.
La acusación en Chubut
Desde enero de 2020, Pardo Said estuvo a cargo del Departamento de Compras de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Seguridad. En ese rol, contrató en forma directa a Vicente García, su pareja, para que realizara trabajos de albañilería, pintura, electricidad, herrería, refacciones y reparación de vehículos oficiales.
Según la acusación del fiscal Rodríguez, Pardo Said utilizó su cargo para beneficiar económicamente a su pareja, direccionando las contrataciones con un "interés particular por encima del interés público". La fiscalía estima que el presunto fraude asciende a $1.092.700 y sostiene que, de haberse seguido el procedimiento de contratación adecuado, se habría obtenido un beneficio económico para el Estado.
La exfuncionaria enfrenta cargos por defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, negociaciones incompatibles e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por su parte, Vicente García fue sobreseído del caso.
Una probation anulada
En septiembre de 2024, Pardo Said había acordado una condena de dos años de prisión en suspenso, trabajos comunitarios por dos semanas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos por dos años.
Este acuerdo había sido pactado entre el jefe de la Unidad Anticorrupción, Omar Rodríguez, el defensor Diego Cruceño y el abogado de la Fiscalía de Estado, Martín Castro, según precisó en aquel momento Diario Jornada.
Sin embargo, la jueza Karina Breckle rechazó la propuesta con el argumento de que los funcionarios públicos acusados de delitos de corrupción no pueden acceder al beneficio de una probation.
La decisión fue apelada ante la Cámara Penal de Trelew, que esta semana ratificó por unanimidad el rechazo y así habilitó la realización del juicio oral y público que inicialmente la exfuncionaria había logrado evitar.
La jueza Karina Breckle anuló la probation acordada entre el defensor, la fiscalía de Estado y la Oficina Anticorrupción, decisión que luego fue ratificada por los camaristas.
Al ratificar la decisión, los camaristas Adrián Barrios, César Zaratiegui y Alejandro Defranco destacaron que los delitos dolosos cometidos por funcionarios en perjuicio de la Administración Pública Provincial no pueden resolverse con un juicio abreviado ni con una probation.
Además, recordaron que la Argentina es firmante de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que obliga a perseguir y enjuiciar estos delitos en todos los casos.
El fallo subraya que un juicio oral y público es el mecanismo adecuado para garantizar la transparencia y permitir que la sociedad conozca los detalles de las maniobras, el destino de los fondos públicos y los posibles responsables.
Además, descartaron el argumento de la defensa de que un proceso judicial sería un gasto innecesario, afirmando que "el alto costo económico que se generaría para llegar al mismo resultado no puede ser un argumento válido para evitar la efectiva participación ciudadana".
Con información de La Tecla Patagonia y LMNeuquén

