Patagonia

Huelga en Guilford y conflictividad del sector textil: La Triple A, lucha contra la subversión y terrorismo de Estado

Por Marcelo García y Gonzalo Pérez Álvarez

En esta segunda parte de la investigación sobre la huelga de Guilford se describen las derivas relacionadas con la detención ilegal de obreros de la fábrica en Comodoro Rivadavia antes y después del golpe de Estado, y una serie de detenciones de militantes peronistas en la zona del Valle durante finales de 1975 en tiempos del gobierno de Isabel Perón. Ya había comenzado la denominada "lucha contra la subversión" que encarnó el gobierno peronista con los militares, pero también impactaba el accionar paralelo de la Triple A, que atentó contra dirigentes políticos, sindicales, obreros y estudiantiles en el territorio chubutense. El entramado de leyes y decretos dictados por Isabelita dieron rienda suelta a los delitos de lesa humanidad previos a la irrupción de la Junta Militar en el gobierno. Una serie de decretos secretos firmados por la Presidenta de la Nación posibilitaron los arrestos en Trelew, Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia de trabajadores relacionados con el sector textil, pero el dato más relevante surge cuando se investigan los expedientes iniciados por el juez federal de Rawson Omar Garzonio, quien posibilitó que entre las detenciones y los decretos secretos se genere una ventana temporal donde los detenidos fueron interrogados y torturados. Con el plan de inteligencia en marcha y el "extermino de la guerrilla" en plena concreción, el accionar del juez Garzonio -junto al sistema judicial- fue clave para que se abrieran las puertas del infierno a las víctimas del terrorismo de Estado anticipado, que se constituiría como norma tras el 24 de marzo de 1976. Otros obreros textiles cayeron detenidos con la dictadura ya iniciada. Las causas judiciales 514/08 y 8008/08 sirvieron para juzgar los delitos de lesa humanidad y condenaron a dos policías federales de Rawson y a dos militares junto a un prefecto en Comodoro.

"Lucha contra la subversión": Isabelismo y AAA

El golpe en Guilford se dio antes que los militares tomaran el poder, tuvo antecedentes con las amenazas de la Alianza Anticomunista Argentina (AAA) hacia uno de los delegados obreros y con detenciones ilegales durante el régimen constitucional sobre la base de supuestas violaciones a las leyes y decretos puestos en marcha en el gobierno de María Estela Martínez de Perón.

Isabelita y quienes la rodeaban en el gobierno, particularmente su ministro José López Rega ("El brujo"), y muchos legisladores nacionales del peronismo avalaron y acompañaron las leyes represivas que fueron dando cuerpo al terrorismo de Estado, el que luego alcanzaría su punto más brutal y cruel de la mano de la dictadura militar.

Un paso fundamental en esa dirección fue la aprobación en el Congreso de la Nación de la Ley 20.840/74 (sancionada el 28 de septiembre de 1974) sobre la seguridad nacional y penalidades para las actividades subversivas en todas sus manifestaciones.

María Estela Martínez de Perón frente a las tropas del Ejército que participarían en el Operativo Independencia en Tucumán contra la "guerrilla".

Posteriormente llegarían el Decreto 1.368/74 (del 6 de noviembre de 1974) de Estado de sitio; el Decreto 261/75 de "aniquilación de la subversión" en Tucumán; el Decreto 2.717/75 (del 1 de octubre de 1975) que prorrogó el Estado de sitio; el Decreto 2.770/75 que creó el Consejo de Seguridad Interna y habilitaba a las Fuerzas Armadas a "planificar, conducir y coordinar la lucha contra la subversión" bajo el comando de Isabel Perón; el Decreto 2.771 y 2.772/75, que pusieron a las policías provinciales y el Servicio Penitenciario bajo las órdenes de las FFAA, además de extender el "aniquilamiento de los elementos subversivos" a todo el país.

En paralelo funcionaba la organización clandestina de ultraderecha conocida como Triple A, amenazando, persiguiendo, atacando y asesinando a militantes populares, sindicales y políticos de izquierda o que se opusieran al régimen.

Las AAA se desarrollaron en la Patagonia bajo el nombre de "Comando Austral", operando en toda la región. Así fue como atentaron contra el legislador chubutense Hipólito Solari Yrigoyen el 15 de abril de 1975 en su casa de Puerto Madryn -el primer atentado había sucedido en Buenos Aires el 21 de noviembre de 1973-, el referente peronista David Patricio "Oso" Romero y amenazaron al abogado Mario Abel Amaya, entre otros políticos vinculados a la región patagónica.

Después llegarían las bombas en Comodoro Rivadavia. Primero explotaría, el 25 de octubre de 1974, un artefacto colocado en la casa del secretario general del Sindicato Petrolero Privados, Osvaldo Rosales; quién en marzo había salvado su vida en un enfrentamiento armado en la sede sindical con una facción opositora y la policía provincial, en la que falleció el obrero Santiago Coliboro Cuell y hubo varios heridos de bala del lado de la conducción del gremio.

Casi un año más tarde, en la madrugada del 10 de noviembre de 1975, estallarían otras dos bombas en las casas de dirigentes trotskistas del PST (Partido Socialista de los Trabajadores). La docente Mabel Acosta y el referente político Eduardo Roberts, tanto ellos como sus familias, lograron salir ilesos. Ellos, junto a otro grupo de referentes políticos y sociales, habían sido amenazados por la Triple A en diferentes proclamas enviadas a los sindicados y a los medios de comunicación regional. Allí se sentenciaba: "Cumpliendo con la sagrada misión de eliminar a los delincuentes antinacionales, serán ajusticiados...".

Artículo del diario Crónica (11/11/1975) sobre los atentados a Roberts y Acosta del PST (Partido Socialista de los Trabajadores) en Comodoro Rivadavia (*).

En la última carta amenazante aparece el nombre de Juan Navarrete, el obrero de la textil Guilford que formó parte de la Comisión Interna Provisoria y encaró el proceso de lucha contra la conducción de la AOT. Juan fue uno de los trece amenazados en ese comunicado de la AAA en Comodoro.

Las puertas al infierno: Detenciones ilegales en democracia

En el marco de las leyes del Isabelismo la tensión social y represiva iba creciendo, conjugándose con la profundización de un conflicto de larga data que se estaba incubando en Guilford. Todavía no había estallado la huelga en la textil, pero el terrorismo de Estado ya estaba en marcha y sus alcances se extendieron a toda la provincia.

Existen dos procesos de detención que antecedieron a la llegada de los militares al poder, con mecanismos represivos de las avanzadas fascistas de la Triple A y la persecución ideológica del régimen encabezado por Isabel Perón. El blanco fueron los militantes y dirigentes políticos y sindicales. Las garras de la oleada represiva llegaron a Guilford en Comodoro y a las textiles del parque industrial de Trelew. Eso quedó reflejado en dos expedientes iniciados por el Juzgado Federal con asiento en Rawson, aunque también se dictaron los decretos secretos presidenciales -desclasificados en el año 2012- que ordenaron las detenciones en ambas ciudades.

Isabelita firmó el 25 de noviembre de 1975 el Decreto Secreto 3.558/75 que ordenó el arresto de Diana Pizá, Víctor Tomaselli y Tito Mario Barone. Luego llegaría el turno del Decreto Secreto 3.621/75 para detener a Patricio Torné, Silvia Asaro, Pablo Alfredo Pizá, Eduardo Pedro Manchado, Beatriz Norma Santos, Luis Franganillo y Estela Ceresetto de Franganillo.

Todos ellos fueron detenidos en Trelew y Rawson por efectivos de la Policía de Chubut y al día siguiente trasladados a la Delegación de la Policía Federal en Rawson. Distinto fue el caso de Franganillo y Ceresetto, quienes vivían en Puerto Madryn, pero fueron interceptados en Comodoro y llevados en avión a la capital chubutense.

Estos detenidos ilegalmente fueron "interrogados, golpeados y torturados mediante el método ‘submarino seco', algunos también habrían sido víctimas de ‘picana', amenaza de violación y simulacro de fusilamiento". Así quedó descripto en la elevación a juicio por la Causa 514/2008 denominada "AZCUI, Juan Carlos y otros sobre privación Ilegal de la libertad personal en concurso real con Incomunicación indebida y torturas".

Diana Pizá -su hermana Liliana, detenida en Berisso (La Plata), permanece desaparecida- trabajó un corto tiempo en la textil Tendlarz de Trelew -tras escapar en agosto del '75 de la persecución de la AAA por su militancia estudiantil en la Unión de Estudiantes Secundarios (UES) de Bahía Blanca- y Víctor Tomaselli -se había casado en ese mismo '75 con Diana- estuvo trabajando un breve período en la fábrica de medias Modecraft. Ambos eran militantes peronistas.

Muy posiblemente a ellos se refirió el diputado provincial peronista Carlos Nizetich (FREJULI), especialmente cuando hizo mención en la Legislatura a un supuesto "intento de sabotaje" y la detención de los que se acusaba como involucrados.

Allanamiento policial en una Unidad Básica del Partido Justicialista en la provincia de Chubut. Foto diario Jornada en el Archivo de la Memoria Provincial.

A lo protagonizado por Pizá y Tomaselli se suma la situación de Rodolfo Eduardo "Chicato" Caso, que en Trelew supo ser obrero y delegado textil en la empresa Cirsa. El escapó tras las detenciones mencionadas, pasó por Comodoro y volvió a Neuquén, donde fue detenido junto a su compañera Amalia Jara por orden del Decreto Secreto 4.116/75 firmado por Isabelita el 26 de diciembre de 1975 -en el decreto figura como María Esther Jara de Caso-. La hija de ambos, María Paz Caso, nació en cautiverio.

Con el mismo argumento de los decretos anteriores, aduciendo que "que es imperativo del Gobierno del Pueblo adoptar los recaudos necesarios para garantizar la paz social, la seguridad pública y el orden institucional en el país", Isabel Perón puso su firma en el Decreto Secreto 237/76 del 21 de enero de 1976, donde ordenó la detención de Francisco Ledesma, Jorge Demitrio y Olga Susana Pérez (que en realidad se llamaba Olga Zulema Pérez de Finkel).

El "Negro" Ledesma trabajaba en Guilford como técnico en mantenimiento de máquinas y de un día para el otro desapareció de la fábrica; Olga era su compañera -trabajaba en la Clínica Cruz Azul donde fue interceptada- y el "Ruso" Demitrio era radio operador en la empresa de servicios petroleros Dresser Atlas, vivía con su compañera Nora Carpenzano de Demitrio en Rada Tilly.

Ellos fueron la primera oleada de detenciones ilegales en Comodoro Rivadavia durante el régimen constitucional, Alberto y Jorge estuvieron alojados en la sede de Prefectura Naval y posteriormente trasladados al Regimiento de Infantería 8 "Gral. O´Higgins".

Navarrete recordó a Ledesma como obrero de la misma planta de Guilford en Km 8 donde ambos trabajaban. "Yo conocí a Ledesma, le decían el ‘Negro', era un tipo que me cayó muy bien, tenía una presencia bárbara, pero no hablaba y nunca participaba de las asambleas. Era peronista, aunque no me dijo que militaba. Un día me fui de vacaciones en enero y cuando volví ya no estaba más, no vino más a la fábrica y no supimos de él, nadie dijo nada, parecía que se había ido; recién ahora me entero que había sido secuestrado y todo lo que pasó en aquellos años".

Ya entrada la dictadura, a fines de junio de 1976, caería detenida Nora Carpenzano en un operativo militar concretado en la ciudad de La Plata. Estaba embarazada y dio a luz en la cárcel de Devoto. La bebé nació con problemas de salud, no tuvo los cuidados médicos necesarios por parte de los captores y falleció en cautiverio.

Ledesma había sido perseguido en Neuquén con una causa que se le inició en la Universidad Nacional del Comahue por supuesta sustracción de elementos en la casa de altos estudios; hostigado por el ultracatólico nacionalista de derecha Remus Tetu y el agente de inteligencia del Batallón 601 Raúl Antonio Guglielminetti, terminó desembarcando en Comodoro Rivadavia.

Luego de ser alojados en la U6 de Rawson Ledesma y Demitrio, ya entrada la dictadura durante junio de 1976, volvieron a ser llevados al Centro Clandestino de Detención (CCD) "Las Casitas" en Km 11 para ser interrogados bajo tortura en la unidad militar de Comodoro Rivadavia. Lo mismo sucedió con Ramón Torres Molina, quien fue una pieza clave para identificar en varias oportunidades el CCD en el juicio por la Causa 8008/2008.

Decretos Secretos firmados por Isabel Perón en democracia que ordenaron las detenciones de Pizá, Tomaselli, Ledesma y Demitrio.

A todos ellos, tanto los del norte provincial como los del sur, se les suma el caso de la detención de Alicia Luna, el 9 de septiembre de 1975 en Puerto Madryn, estando embarazada de su hijo Juanse (Juan Sebastián Villareal) que nació en la cárcel de Devoto.

Allí habían llegado junto a su compañero Oscar Andrada desde Neuquén, aunque también estuvieron en Comodoro y Trelew, para desarrollar la organización Montoneros, y Alicia comenzó a trabajar en una fábrica del sector textil. El Decreto Secreto 2.550/75, rubricado por Isabelita, corresponde al 16 de septiembre de 1975 y ordena su arresto.

Luna fue la primera en caer en estas redadas represivas ilegales durante septiembre; existen testimonios de compañeros de militancia que aseguran que Alicia y Oscar integraron las FAR (Fuerzas Armadas Revolucionarias) y luego Montoneros; casi con seguridad que ese fue el motivo que los puso en la lista de los represores, pero también existe un hilo conductor que los lleva a ubicarse en el sector textil del Valle chubutense y los expuso a la ofensiva represiva que se inició en la segunda mitad de 1975.

Oscar "Cabezón" Andrada fue asesinado en el partido bonaerense de Berazategui el 11 de marzo de 1978 estando con él su pequeño hijo Diego.

A la detención de Alicia Luna en Madryn (septiembre de 1975), le continuaron las de Diana Pizá y Víctor Tomaselli en Trelew (noviembre de 1975), Rodolfo "Chicato" Caso en Neuquén (diciembre de 1975), concluyendo ese ciclo de persecuciones con Alberto Ledesma y su encarcelamiento en Comodoro (enero de 1976). Todos trabajadores y militantes políticos vinculados de una u otra manera a la industria textil chubutense; mientras que en la otra orilla asoman la intervención y la conducción nacional de la AOT, las patronales textiles, el peronismo de derecha, la AAA y el juez Garzonio como ariete para habilitar y articular el accionar represivo bajo la máscara de "lucha antisubversiva" de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Estructura judicial: accionar represivo y rol colaboracionista

A todo este grupo de detenidos en Comodoro y Trelew, varios de los cuales estaban vinculados a la industria textil, se los puso en cautiverio días antes de que aparecieran los decretos secretos firmados por Isabel Perón que ordenaban sus detenciones. Ledesma, Demitrio y Finkel fueron detenidos el 19 de enero de 1976 y el decreto fue fechado el 21 de enero de 1976. Mientras que Diana Pizá y Víctor Tomaselli fueron detenidos el 18 de noviembre, mientras que el resto cayó el 19 de noviembre; el decreto fue firmado el 25 de noviembre de 1975. En el caso de Alicia Luna hay también una diferencia de siete días entre su detención y la orden de arresto.

Entre las detenciones y los respectivos decretos existe una ventana temporal donde los acusados de "subversivos" estuvieron en un limbo legal. Justamente durante ese período -que en algunos casos llegó a ser de una semana- los detenidos fueron interrogados y torturados por los Fuerzas de Seguridad y la Inteligencia Militar.

Al grupo detenido en la zona del Valle el juez federal Omar Delfor Garzonio les abrió el Expediente 633/75 denominado "Tomaselli, Víctor Enrique y otros sobre presunta infracción a la Ley 20.840"; mientras que al grupo chupado en Comodoro les abrió el Expediente 35/76 "Demitrio, Jorge Armando; Finkel, Olga Zulema; Ledesma, Francisco Alberto y otros sobre presunta infracción a la Ley 20.840".

Con antelación a las detenciones e inclusive a los decretos secretos, el juez Garzonio y el sistema judicial -porque vale aclarar que no se ha encontrado registro que de cuenta sobre algún tipo de reclamo o cuestionamiento dentro del Poder Judicial- posibilitó el accionar represivo a través de los expedientes mencionados.

Las primeras declaraciones de los arrestados fueron tomadas bajo tortura y en condiciones inhumanas. En los fundamentos de la sentencia por la Causa 514/2008 se afirmó: "Una atenta lectura del prolijo Expte. N° 633 nos permite concluir que en el lapso de 5 días, y más allá de alguna comunicación que intentaba darle formalidad a la actuación, se llevaron a cabo privaciones de la libertad, allanamientos ilegales e interrogatorios de las víctimas bajo los tormentos denunciados y que consideramos probados".

Posteriormente a la tortura, el magistrado federal le tomó declaración a los secuestrados y aunque la mayoría denunció apremios ilegales y tormentos durante su cautiverio omitió investigar al respecto y no se inició causa alguna, poniéndolos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN); enviando a los varones a la Unidad Penal 6 de Rawson y a las mujeres a la cárcel de Devoto, para cumplir las condenas de largos años que les había impuesto.

Garzonio fue una pieza clave en el desenvolvimiento de las fuerzas represivas e inclusive avaló la tortura a los detenidos -su oficina estaba ubicada frente a la U6 de Rawson-, aunque no menos significativo es el rol del andamiaje judicial que operaba por aquellos años en la provincia y específicamente en Juzgado Federal de Rawson. Ante la denuncia por violación que efectuaron Edita Rubilar y Mirta Silveira, la respuesta del juez fue "si tenían pruebas o si podían identificar a los agresores"; producto de no poder señalar a sus agresores sexuales, debido a que pasaron su cautiverio encapuchadas, el juez optó por no hacer prosperar la denuncia.

Mirta Silveira y Edita Rubilar tras declarar en la Causa 8008 durante el 2025.

En el fallo por la Causa 514 el tribunal enjuiciador puso especial énfasis a lo sucedido con Diana Pizá: "Una madrugada, la trasladaron a la Delegación de la PFA, pero no la torturaron, la interrogaron. Pidió hacer una denuncia de apremios ilegales ante el Juez Federal Dr. Garzonio, cuando le tomaba los datos le preguntó si podía describir físicamente a las personas que la habían torturado -dijo que sí-, le avisaron al Juez que alguien lo buscaba, cuando se abrió la puerta, se asomó una de las personas que la habían torturado y la saludó; pidió hablar con el Juez afuera, cuando el Magistrado regresó ella le indicó que él era uno de los que la habían torturado y el Dr. Garzonio le dijo - que debía estar segura de lo que decía".

Mientras que en los fundamentos de la reciente sentencia de la Causa 8008, caratulada "Chanfreau, Jorge Alberto y otros", los jueces citaron al fiscal Norberto Bellver en su requerimiento de elevación a juicio donde sostuvo que "cuando fueron llevados ante el juez federal Omar Garzonio (actualmente fallecido) se les obligaba a firmar declaraciones de que habían sido extraídas mediante amenazas y/o torturas... Garzonio desestimó todas las denuncias de las víctimas sobre sus padecimientos anteriores, hizo caso omiso a sus pedidos de atención médica y colaboró en la presión ejercida sobre los detenidos para que firmaran declaraciones que ni siquiera habían leído. En ningún momento los detenidos tuvieron contacto con un abogado defensor, ni se les dijo por qué se los había detenido o en qué situación estaban, más allá de referencias, durante los interrogatorios, a su supuesta pertenencia a una organización guerrillera; o, con posterioridad a declarar ante el juez, a su estado de condenados por subversivos. Luego de su detención en el Regimiento 8, las mujeres fueron conducidas a la Alcaldía de Trelew; los hombres, a la Unidad 6 de Rawson. Antes de ser liberadas, todas las víctimas estuvieron detenidas por períodos que oscilaron entre varios meses y varios años".

Los jueces fueron más allá en su interpretación del rol de Garzonio y aseguraron que "se había generado un circuito represivo que involucró también la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal con sede en Rawson, y al que no fue ajeno tampoco, quien en ese entonces ocupaba el cargo de Juez Federal de esa ciudad, Omar Garzonio".

En una lapidaria conclusión señalaron que "de este último, haremos mención en más de una ocasión, lo que demostrará que su intervención no pudo en ese entonces, ni puede serlo ahora, considerada como recaudo de legalidad, pues su actuación se sumó dentro del contexto de aquella denominada ‘lucha contra la subversión', impidiendo la reacción frente a las agresiones de las instituciones previstas por la ley. Por el contrario, la Ley 20.840 fue su instrumento para sumarse a igual fin, pues la persecución que habilitaba, terminó avalando cuanto ocurría con los prisioneros. Su compromiso con el gobierno militar, provocó la inoperancia de los remedios legales como el habeas corpus; su tolerancia a los interrogatorios bajo tortura, completaron el panorama de la región y endurecieron su aplicación en los hechos que nos involucran".

En esa misma línea argumental, el fiscal federal Teodoro Nürnberg manifestó en su alegato que "Garzonio debería dejar de llamarse juez".

Quién fue Garzonio y su desembarco en el Juzgado Federal

Omar Delfor Garzonio es el mayor de tres hermanos (Héctor Oscar y Carlos Raúl) oriundos de la ciudad de Esquel. El hijo de Luis Esteban Garzonio (1896-1953) y Violeta Blanca Dolores Moré (1906-2001) nació el 1 de febrero de 1925 y falleció a los 77 años en la ciudad de Trelew, el 29 de noviembre del 2002.

El Decreto 1.081 del 10 de septiembre de 1973 nombró a Omar Delfor Garzonio como defensor federal de la provincia, durante la escueta presidencia de Raúl Alberto Lastiri -que se extendió desde el 13 de julio de 1973 hasta el 12 de octubre del mismo año- enlazando las presidencias de Héctor José Cámpora y Juan Domingo Perón; mientras que en Chubut la gobernación estaba a cargo del justicialista Benito Fernández (1973-1976).

Se mantuvo en ese rol hasta que el 5 marzo de 1975, cuando el Decreto 378 de la presidenta María Estela Martínez de Perón (1974-1976) lo instaló como juez federal de Chubut en comisión para reemplazar al magistrado Alberto Godoy que se jubiló tras ser el juez que intervino en los acontecimientos de la "Masacre de Trelew" durante 1972. Las paradojas de la historia hicieron que Garzonio tenga también un protagonismo especial durante el encarcelamiento del abogado Mario Abel Amaya, aunque ese es un capítulo aparte.

  Omar Delfor Garzonio, juez federal de Rawson desde 1975 hasta 1983.  

Un mes después que Isabelita firmara el Decreto 261 de 1975, que encomendó al Comando General del Ejército "ejecutar las operaciones militares necesarias para neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos en la provincia de Tucumán" en el marco del operativo "Independencia", Garzonio desembarcó en el Juzgado Federal de Rawson. No faltan versiones que indican que el magistrado tenía vínculos con López Rega y que por eso fue nombrado, hasta mencionando que habría sido recomendado para juez por el gobernador Benito Fernández.

El 27 de julio de 1976 el Decreto 1.525 de la dictadura confirmó a Garzonio en el cargo con la firma del general Jorge Rafael Videla (1976-1981), mientras que la provincia estaba bajo la intervención militar encabezada por el general del Ejército Julio Etchegoyen (1976-1978).

A pesar de la trayectoria familiar peronista, Garzonio tuvo claras vinculaciones con el gobernador chubutense Atilio Viglione, quien inclusive lo propuso para que continúe al frente del Juzgado Federal de Rawson tras el final de la dictadura, pero el presidente Raúl Alfonsín -luego de dudar y por recomendación de Solari Yrigoyen- terminó nombrando al juez Adolfo Beltrán Mulhall.

"Garzonio fue juez federal hasta que asume Alfonsín y ahí se da una especie de pelea que encabeza el gobernador Atilio Viglione y un grupo de radicales de Chubut para que fuese confirmado en el cargo el juez Garzonio. Viglione gobernador radical fue uno de los que propició la continuidad de Garzonio. Hipólito se enteró de esa situación porque Alfonsín le contó de las gestiones de Viglione", rememoró el abogado madrynense Patricio Castillo Meisen, estrecho colaborador del dirigente radical Solari Yrigoyen.

Garzonio supo ser un encumbrado juez y profesor de secundaria que ocupó cargos de relevancia con el advenimiento de la democracia, quedando su nombre estampado en placas recordatorias de la Cooperativa Eléctrica de Trelew. Su figura -que aún debe pasar por los tribunales cuando se sustancie el juicio por la Causa 500- se fue deshilachando con los fallos judiciales que lo involucran y la condena social va saldando cuentas con el pasado.

Dictadura y torturas, sus garras sobre Guilford

El denunciante de los trabajadores de Guilford fue el mismo sindicato que debía representarlos. La AOT elevó esta denuncia a la DRMT, a los gobiernos provincial y nacional. Trabajadores de diversas fábricas textiles y otras fracciones de la clase obrera fueron detenidos durante 1977 por su vinculación con la huelga. Por eso decimos que ese gremio fue parte del aparato represivo: no se trató solo de "complicidad" o delación. La corriente que dirigía la AOT regional se proponía "exterminar" las posturas obreristas: esa perspectiva ya existía en la dirección de algunos sindicatos antes de la dictadura y continuó durante los siguientes años.

En el acta número 8 de la DRMT, realizada el 23 de marzo de 1976, comparecen Horacio Ayala como delegado reorganizador de la AOT, Virgilio Graneros como colaborador, y Jorge Linares como asesor legal del sindicato. Se presentan por la intimación a levantar la medida de fuerza: allí denuncian que la huelga fue impulsada por un grupo ilegal, compuesto por Daniel Viegas, José Miguel Morales, Nancy Esther Reinols, Amado Quintar, Juan Carlos Montiveros, Misael Ramón Casas y Alicia Miguelina Wallaschs. Sostienen: "la anormalidad existente se debe exclusivamente a la percistencia [sic] de elementos comprometidos con la subversión existente en el país y su exteriorización en las Fábricas textiles, es la llamada Guerrilla fabril, al que han recurrido y han llevado con engaño a los trabajadores" (Exp. APM, folio. 14).

La continuidad de la represión la revisamos a partir del testimonio de Pablo Cabezas, uno de los detenidos. Su testimonio reconstruye las características de la represión y su continuidad hasta el presente. Eso se inició con un permanente seguimiento desde el comienzo de la dictadura: "Durante todo el '76, y hasta el momento en que fuimos detenidos, todo el tiempo se sentía la vigilancia".

Pablo había cambiado de trabajo, y cuenta: "caí preso el 3 de enero de 1977, estaba trabajando en la Municipalidad de Comodoro en planta permanente. Me sacan de ahí, del mismo municipio, me llevan al campo ahí por El Trébol en una camioneta, (...). Andaba Cotognini, el que está Crónica -fue chofer del diario- (...) el oficial Berti y otro que creo era Hernández".

Pablo fue detenido en el edificio municipal, y en relación con ello relata: "me interrogaron, me preguntaron por el tema de armas, de huelgas, que yo había hecho esto y lo otro... Sobre lo de Guilford, pero también más allá. No sé bien qué buscaban, presionar, presionar y presionar". Tras ese interrogatorio fue llevado a la sede de la Policía Federal en Comodoro, y de allí a la seccional primera de la policía provincial: "estuvimos acá 14 días presos en la comisaría primera y estuvimos todos juntos en el mismo calabozo. No nos separaba nadie. Estaba ‘Pizzulino' Viegas, José Luis Fornola (de los gastronómicos), Amado Quintar, Gaspar Aburto y yo". Fornola era quien, por su experiencia, aportaba elementos para resistir: "nos dijeron que no había calabozos para ponernos repartidos, y el viejo Fornola ahí nomás dijo: ‘No, no, déjenos a todos juntos'. Permanecimos 14 días y después nos fuimos enterando que había otros muchos presos, que éramos 51".

Tras esos días, atravesados por interrogatorios y otras prácticas de tortura, los detenidos fueron trasladados "en camionetas y en autos hasta la seccional primera de Rawson (...) Cuando llegamos nos desnudan a todos en un sector; pusieron a los varones de un lado, a las mujeres del otro. Eran como 10 ó 14 mujeres, no recuerdo bien el número. Nos desnudan a todos, nos hacen poner en puntas del pie, con un dedo estirado de cada mano pegado a la pared". Los obreros fueron llevados al Juzgado Federal, donde declararon por la acusación de subversión impulsada por la AOT. Algunos de ellos fueron acusados ante un Consejo de Guerra.

La represión contra los obreros textiles de Comodoro y quienes fueron solidarios con su lucha se presentó como una acción disciplinadora. Los trabajadores no quedaron detenidos, ni parecen haber sufrido nuevas medidas directas. Sin embargo, el terrorismo de Estado impuso, a través de ellos, un mensaje hacia toda la sociedad regional que continúa presente: la impunidad de todos los represores hasta el pasado año 2025, así parece evidenciarlo.

El peso del aparato militar en la región sur de Chubut se articula íntimamente con su historia, por el rol que en ese territorio tuvo la permanente presencia de las fuerzas armadas. A la etapa "mosconiana" de control sobre la fuerza de trabajo ocupada en el petróleo, le siguieron los años de la gobernación militar, y, tiempo después, esa ciudad fue uno de los espacios claves con relación a la Guerra de Malvinas. Esto ha conformado un entramado social que dificulta la denuncia de los crímenes de la dictadura y refuerza los mecanismos de consenso social que la represión también supo construir en otros espacios.

Las prácticas represivas continuaron, a un nivel micro. Pablo cuenta que pasaron más de 30 años para animarse a visitar a sus compañeros de celda ("tanto tiempo que no nos habíamos vuelto a ver, que no nos queríamos ni ver"), porque el miedo se mantenía ("yo tenía hasta miedo de nombrarlos...aún en democracia") y la sensación de persecución era recurrente ("yo he trabajado en muchos lugares y al par de años me echan. Trabajo un tiempo y me echan, no sé... debo haber quedado sucio").

Todos estos obreros de Guilford y trabajadores de otras empresas textiles no tuvieron la misma "suerte" que el secretario general de la AOT Casildo Herreras, a quien el "Loro" Lorenzo Miguel -secretario general de las 62 Organizaciones- lo había puesto al frente de la CGT. Entre el 22 y el 23 de marzo de 1976 fue avisado del golpe militar y huyó en catamarán con destino a Carmelo (Uruguay) para salvar su pellejo, pidiendo luego asilo en España. En Montevideo la prensa lo entrevistó y le preguntó qué sucedía en Buenos Aires, la respuesta de Casildo fue "Ah, no sé, yo me borré".

  Lorenzo Miguel, Isabel Perón, Casildo Herreras y Emilio Mondelli durante un acto en la sede de la CGT.  

Condena por delitos de lesa humanidad

Las detenciones ilegales, las torturas y los largos cautiverios en las cárceles de la dictadura abrieron una serie de causas judiciales a principios del regreso de la democracia, pero las leyes de obediencia debida, el punto final y los indultos generaron un período de freno en el avance judicial.

Con el arranque de este siglo se reabrieron las investigaciones y, aunque con ritmo de extrema lentitud, fueron elevándose a juicio las acusaciones contra los responsables del terrorismo de Estado en la región patagónica. Por acción y omisión política y judicial, muchos de los acusados fallecieron o ingresaron en procesos de salud que les permitieron evitar la presencialidad en los juicios; pero también muchas víctimas quedaron en el camino esperando que haya justicia.

La Causa 514/08 (caratulada "Azcui, Juan Carlos y otros s/privación ilegal de la libertad") se inició en el año 2008 producto de la denuncia presentada por Diana Pizá, de ahí se desenmarañaron la serie de detenciones ilegales vinculadas en su gran mayoría a trabajadores y militantes políticos que se encontraban en la zona del Valle de Chubut. El 6 de noviembre del 2023 el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, con la intervención del fiscal Nürnberg al frente de la acusación, falló que habían existido delitos de lesa de humanidad contra las víctimas y que los mismos son imprescriptibles.

En ese marco condenó a Jorge Norberto Lagunas y Luis Horacio Coria, integrantes de la Policía Federal en Rawson, a la pena de 15 años de prisión por "resultar coautores de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometidos con violencia y amenazas en concurso real con aplicación de tormentos por un funcionario a los presos que guarde, agravado por ser las víctimas perseguidos políticos (9 hechos)".

También se elevó a juicio en el 2008 la Causa 8008/08 (caratulada "Chanfreau, Jorge Alberto y otros s/Infracción en concurso real con allanamiento ilegal, violación de domicilio y homicidio agravado p/el conc. de dos o más personas") y llegó a juicio en agosto del 2025 donde se juzgaron las violaciones a los derechos humanos producidas contra dirigentes políticos, militantes, trabajadores, conscriptos y efectivos policiales de la provincia de Santa Cruz.

El TOF de Comodoro dictó su fallo condenatorio en diciembre pasado y también catalogó los delitos como crímenes de lesa humanidad y constató la desaparición de Guillermo "Pocho" Silveira, aunque no avanzó sobre el particular; pero además estableció la preservación como "Sitio de la Memoria" de las instalaciones del Regimiento 8 de Comodoro Rivadavia donde estaba ubicado el Centro Clandestino de Detención "Las Casitas" e incorporó a todo la Unidad Militar localizada en Km 11, las instalaciones de la sede de la Policía Federal y la Prefectura Naval como otros centros de detención legal. Vale mencionar que escaparon de la condena judicial por fallecimiento Jorge Alberto Chanfreau (Ejército), Italo César Pasquini (Ejército) y Carlos María Gómez Coll (Prefectura).

  Los acusados y condenados en la Causa 8008 por delitos de lesa humanidad en Comodoro Rivadavia y el extremo sur de la Patagonia.  

La justicia condenó a Raúl Pantaleón Cruz -integrante del Ejército- "como partícipe necesario del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por imposición de tormentos, quince hechos en concurso real entre sí, en perjuicio de: Edita Del Carmen Rubilar, Mirta Dolly Silveira, Luis Antonio Porciel, Adolfo Edgardo Silveira, Guido Adrián Ñancupel Uribe, Cesar Roberto Vivar, Miguel Ángel Anchordosqui, Alberto Enrique Marucco, Osvaldo Pablo Stoyanoff, Francisco Alberto Ledesma, Jorge Armando Demitrio, Jorge Alberto Morgavi, Ramón Horacio Torres Molina, Héctor Gustavo López y Hugo Luis Lorenzi; y en consecuencia imponer la pena de 11 (once) años de prisión".

Asimismo, sentenció a Alfredo Pablo Lisseri -efectivo de la Prefectura Naval- "como partícipe necesario del delito de allanamiento ilegal; en concurso real con el delito de privación ilegítima de la libertad, dos hechos en concurso real entre sí, agravado por haber sido cometida mediante el uso de violencia en perjuicio de Francisco Alberto Ledesma y Jorge Armando Demitrio, y en consecuencia imponer la pena de 3 (tres) años y 6 (seis) meses de prisión".

También encontró culpable a Eduardo Alberto Rodríguez -miembro del Ejército- "como partícipe secundario del delito de privación ilegítima de la libertad, dos hechos en concurso real entre sí, en perjuicio de Jorge Armando Demetrio y Francisco Alberto Ledesma, y en consecuencia imponer la pena de 3 (tres) años y 6 (seis) meses".

Queda pendiente de pasar por los tribunales la Causa 500/80 (caratulada "Steding, Jorge Osvaldo; Barck, Raúl; Abraham, Juan Carlos; García, Luis Eduardo sobre privación ilegal de la libertad -lesa humanidad-) que se inició en 1980 y se vincula con las violaciones a los derechos humanos que sufrieron los detenidos alojados en la U6 de Rawson, involucrando a carceleros que fueron vecinos de Rawson, Trelew y Esquel. Habiendo pasado 45 años del inicio de la causa y estando elevada a juicio en el año 2013 por el fiscal federal de Rawson Fernando Gélvez, aún no tiene fecha de concreción.

Muchas de los delitos de lesa humanidad que se investigaron en las dos causas anteriores fueron desprendimientos de la Causa 500/80, pero las más de 70 víctimas mencionadas y los 26 imputados (24 agentes penitenciarios, un militar y un médico) aguardan que la Justicia inicie el juicio oral y público.

Justicia histórica y deudas pendientes

El análisis y conocimiento de esta lucha contribuye al conocimiento de las dinámicas obreras en la etapa final del gobierno que había iniciado Perón en 1973, y que culminaría con el Golpe de Estado de 1976. Durante la etapa trabajada la presidencia era ejercida por María Estela Martínez de Perón, quien profundizó el ataque contra la clase obrera. El dato más destacado es el nivel de participación de cierta dirigencia sindical en la ofensiva contra los trabajadores y los grupos que apoyaban sus luchas. En el caso de Guilford esto es explícito: esa dirigencia sindical no es tan solo "cómplice" o "delatora", es parte clave del aparato represivo.

Esto aporta un elemento todavía escasamente explorado en los análisis a 50 años del golpe militar y en los estudios de historia reciente sobre los mecanismos represivos que van más allá de los directamente instrumentados por el Estado. A la vez se muestra la relevancia del apoyo de una parte del aparato sindical para ejecutar los planes de gobierno.

La Patagonia se trataba de una región férreamente vigilada desde, al menos, fines de los años ‘60, rasgo que para el territorio de Comodoro Rivadavia adquiere mayor profundidad histórica por sus características castrenses. La represión buscó atacar a los trabajadores en lucha, pero también servir como acciones disciplinantes para el conjunto de la sociedad local. Ese accionar represivo comenzó durante el gobierno constitucional, y se profundizó desde la irrupción de la dictadura. El Gobierno nacional ahondó el uso de herramientas legales e ilegales para atacar al movimiento obrero contestatario. Los meses previos a la dictadura militar de 1976 se convirtieron en una prueba piloto de la represión, anticipando diversas características que serían cuasi omnipresentes en los próximos años.

  Trabajadores de Guilford en una de las asambleas durante el conflicto de 1976 (*).  

Pero así como existen evidentes líneas de continuidad en el entramado represivo, las mismas no disuelven la especificidad de cada etapa, ni pueden sacar el foco de que el eje ordenador de estas prácticas fue el ataque a la organización obrera en el marco de una feroz ofensiva del capital contra la clase trabajadora. La participación de dirigentes sindicales en el aparato represivo no expresa el "consenso" de una parte de la sociedad o de la clase obrera argentina con el proyecto dictatorial, sino que una parte de las conducciones gremiales eran (y son) una pieza clave del proceso de reestructuración capitalista, cuyas condiciones de realización se impusieron durante los años del terrorismo de Estado.

En el conflicto de Guilford se encuentra la articulación de las diversas fuerzas represivas bajo la dirección de las Fuerzas Armadas, la combinación de herramientas formalmente legales junto a las ilegales, y el entrelazamiento de las distintas agencias estatales (incluidas las que mantienen un lazo más lábil con el mismo) en la instrumentación del plan sistemático del terrorismo de Estado.

Por último, recuperar esta huelga y las consecuencias represivas que sufrieron quienes la protagonizaron se constituye como un mínimo acto de reparación y de lucha por la memoria, la verdad y la justicia. Tras 50 años las y los obreros textiles de Guilford aún reclaman alguna vindicación; compartiendo durante esos años la ciudad con represores aplaudidos cual vecinos ilustres, mientras ellos batallaban, y batallan, al menos por conseguir un empleo digno.

(*) Las imágenes de los diarios comodorenses, Crónica y El Patagónico, fueron aportadas a manera de colaboración por la magister Virginia Bersáis y la profesora Lorena Hernández de la UNPSJB.

Foto de portada: Las obreras de Guilford en una asamblea durante el paro. Imagen del diario El Patagónico.