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Esquel: Condena a 10 años por violar a una menor con discapacidad

Un hombre de 68 años fue condenado a la pena de diez años de prisión de efectivo cumplimiento como autor de dos hechos de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de una adolescente de 14 años con retraso madurativo, ocurridos en la ciudad de Esquel.

La sentencia fue dictada el martes 7 de abril por la jueza penal Alicia Fernanda Révori, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado homologado durante audiencia. El imputado reconoció su responsabilidad penal, aceptó la calificación legal de los hechos y prestó conformidad con la pena impuesta.

El acuerdo fue suscripto entre el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal María Bottini y el procurador de fiscalía Carlos Cavallo, y la defensa técnica del acusado, tras una investigación que permitió reunir evidencia suficiente para sostener la acusación.

Según la imputación fiscal, los hechos se produjeron en el domicilio del condenado en dos oportunidades: la primera entre los meses de enero y marzo de 2020, y la segunda, el 16 de mayo del mismo año. En ambos episodios, el imputado ejerció violencia contra la víctima, quien al momento de los hechos era menor de edad y presentaba un retraso madurativo.

Durante la investigación se incorporaron diversas medidas probatorias, entre ellas pericias genéticas que confirmaron la presencia de material biológico del imputado y de la víctima en elementos secuestrados. Asimismo, se valoraron testimonios obtenidos mediante el dispositivo de Cámara Gesell e informes psicológicos que respaldaron el relato de la denunciante.

Al momento de acordar la pena, la Fiscalía ponderó la gravedad de los hechos, la modalidad comisiva, la situación de vulnerabilidad de la víctima y las consecuencias derivadas del delito.

En su resolución, la magistrada consideró acreditada la materialidad de los hechos y la autoría del imputado, y sostuvo que la pena acordada resulta proporcional en función de los parámetros legales previstos para el delito de abuso sexual con acceso carnal en concurso real.

Finalmente, se dispuso que, una vez firme la sentencia, se proceda a la incorporación del perfil genético del condenado en los registros correspondientes, conforme a la normativa vigente. También se garantizaron los derechos de la víctima a ser informada y a intervenir en las etapas posteriores del proceso.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut