Los fusiladores de Trelew, el pacto de impunidadPOR ANDRÉS ACEVEDO. Comodoro Rivadavia – Trelew. EES 120
El Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia que condenó a prisión perpetua a tres marinos por los fusilamientos ocurridos el 22 de agosto de 1972 en la base Almirante Zar afirmó que la Masacre de Trelew no ocurrió por una acción de “oficiales trasnochados” y que asesinaron a “todos los guerrilleros que pudieron”. “Fue una agresión traicionera”, destacaron en la fundamentación de la sentencia. El tribunal que dictó la sentencia condenatoria a prisión perpetua para Luis Emilio Sosa, Emilio del Real y Carlos Marandino, los fusiladores que en la madrugada del 22 de agosto de 1972 eliminaron a 19 guerrilleros presos, remarca que “no fue un evento más”, sino que estuvo “inserto en un plan ideado y puesto en acción por los más altos mandos militares del gobierno”.
Según los integrantes del tribunal federal que enjuició a los militares genocidas,
-los jueces Enrique Guanziroli, Juan Velázquez y Nora Cabrera de Monella– la evidencia que presentó la defensa “tampoco explica que una ocasional ingesta de alcohol por algunos haya desencadenado tamaña tragedia”.
En otro tramo, los magistrados aseveran que “no fue una esporádica acción intempestiva de oficiales trasnochados, sino un evento más, inserto en un plan ideado y puesto en acción por los más altos mandos militares del gobierno, a los cuales debían sujeción los autores”.
Destacan que dicho plan sistemático y general no estaba escrito, pero argumentan que “sería demasiada ingenuidad pretender que sus autores dejaran las huellas y los rastros de tamaño exceso”.
los jueces se preguntan: “¿qué fue lo que hizo que calificados oficiales y suboficiales jóvenes de la armada, de distintas armas, cometieran esa madrugada semejante acto de barbarie, cuando ninguno tenía antecedentes de una perversión brutal para un crimen semejante?”. “era indispensable lograr entre todos un ominoso pacto de silencio mafioso” afirman.
Un plan atroz
En otro tramo del extenso escrito, los jueces afirman que los homicidios fueron “el escarmiento ejemplificador a la sorpresiva y exitosa fuga del penal de máxima seguridad del régimen, la respuesta a sus protagonistas cautivos; la expresión visible y más atroz del plan común para reprimir y matar militantes sociales, disidentes, contestatarios y detenidos del régimen”.
Explican que fue “uno más de los aberrantes delitos cometidos en su desenvolvimiento”, por lo que no es central saber quién ordenó la matanza “o por cuál de las cadenas formales o informales del poder fue transmitida y finalmente a quién; el crimen fue perpetrado por funcionarios estatales, con el uso de armas oficiales, en un establecimiento militar naval y con las víctimas inermes y cautivas”.
La sentencia describe la ejecución como “extrajudicial, sumaria y forzada”.
Hubo una “decisión directa de matar sin piedad a los cautivos. en 1972 fue inédita, pero constituyó luego de 1976 la metodología aberrante de la represión estatal, haciendo blanco en un sector de la población civil”.
Los magistrados observaron también que tras los fusilamientos, “oficialmente se mintió sobre sus causas, su modalidad, se deformó y ocultó a sabiendas de la verdad y por sobre todo, se quiso imponer a diestra y siniestra una única versión sobre lo sucedido, que bajo ningún punto admitía contradicciones y que siempre, desde los estratos del poder se controlaba más tarde, preferentemente en los aniversarios conmemorativos”.
Matar “sin riesgos”
Según el fallo, los marinos querían matar a los presos sin correr riesgos. Por eso, que los detenidos no hayan advertido el peligro inminente “fue provocado y aprovechado por los victimarios”. Otros factores fueron la noche, la orden de ponerse en fila mirando al piso, el lugar angosto y pequeño, y el armamento militar de gran poder. “todo revela que fueron decididos a anular cualquier atisbo de resistencia, nutriendo la indefensión de los inmolados, que en condiciones normales habrían opuesto sus defensas. Fueron a matar sobre seguro”.
A ningún marino “lo frenaron consideraciones morales, valoraciones éticas, su bagaje cultural o educativo”. Así las cosas, “con frialdad accionaron sus armas y abatieron a los que más pudieron”.
La sentencia deja claro que “todos buscaron matar a los detenidos”.
Finalmente, los jueces indican que no existió obediencia debida: “pudieron examinar cualquier orden de matar que pudieran haber recibido y era manifiestamente ilícita, porque asesinar a una considerable cantidad de personas indefensas, utilizando métodos sangrientos y crueles, nunca es un acto en apariencia legal, sino contundentemente ilegal”.
Crímenes de lesa humanidad
El 15 de septiembre el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a prisión perpetua a los ex marinos Luis Sosa, Emilio Del Real y Carlos Marandino por su participación en la Masacre de Trelew. Los jueces consideraron que los hechos ocurridos en agosto de 1972 constituyen crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, son imprescriptibles. El CELS, querellante en la causa, en su alegato del 17 y 18 de septiembre, había señalado que “la Masacre de Trelew no fue un hecho aislado. Por el contrario, se afirmó que se trató de un plan general de ataque a un grupo de la población civil, definido en forma genérica como `comunistas´, `subversivos´, `terroristas´” y que “por la magnitud, características y sistematicidad de la población, debían ser considerados como crímenes de lesa humanidad”.
Por otra parte, el tribunal -integrado por los jueces Enrique Guanziroli,
Juan Leopoldo Velázquez y Nora Monella- absolvió a quien fuera jefe de la Base
Almirante Zar al momento de los hechos, Rubén Norberto Paccagnini, y al
juez militar designado para realizar la investigación, Jorge Bautista. Asimismo,
solicitó la extradición de Roberto Guillermo Bravo, quien reside en los
Estados Unidos y está acusado de haber sido uno de los autores de la masacre. Sin embargo, no se pronunció sobre el pedido de investigación de la
responsabilidad penal del médico Lisandro Iván Lois en relación con la falsedad de sus reportes médicos, solicitada por la querella por considerar que podría ser autor del delito de encubrimiento. Esto había sido pedido por el CELS.
En el alegato el CELS había solicitado prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua para los ex marinos y la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo para Jorge Bautista, de acuerdo a la ley vigente al momento de los hechos, lo cual no fue considerado por el tribunal a la hora de dictar la sentencia.
En esta causa se juzgaron los hechos originados el 15 de agosto de 1972, con la fuga de veinticinco presos políticos que se encontraban en la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Rawson. En esa oportunidad, seis
de los prisioneros lograron escapar a Chile y los 19 restantes se entregaron en el aeropuerto de Trelew al capitán de navío Luis Emilio Sosa, segundo jefe del Batallón de Infantería Marina de la base aeronaval Almirante Zar. Seis días
después, en la madrugada del 22 de agosto, 16 de los prisioneros fueron asesinados por personal militar. Murieron Carlos Heriberto Astudillo, Rubén Pedro Bonet, Eduardo Adolfo Capello, Mario Alberto Delfino, Carlos Alberto
Del Rey, Alfredo Elías Kohon, Clarisa Rosa Lea Place, Susana Graciela Lesgart, José Ricardo Mena, Miguel Ángel Polti, Mariano Pujadas, María Angélica Sabelli, Humberto Segundo Suárez, Humberto Adrián Toschi, Jorge Alejandro Ulla y Ana María Villarreal de Santucho. María Antonia Berger, Alberto Miguel Camps y Ricardo René Haidar, también fueron fusilados pero lograron sobrevivir y dar su testimonio antes de ser desaparecidos durante la última dictadura militar.
“Esta causa nos costó 40 años de militancia”
POR ILDA BONARDI DE TOSCHI.
FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS DE TRELEW.
Las emociones encontradas nos tienen a mal traer. Al dolor por el horror vivido, que comenzó ese 22 de agosto de 1972 y culminó con los 30.000 detenidos desaparecidos por el terrorismo de Estado, se nos contrapone la satisfacción
por la concreción de la Memoria, la demostración de la Verdad y la obtención de la Justicia.
Esta causa nos costó 40 largos años de militancia. Persecuciones, amenazas, familias aniquiladas, padres y hermanos asesinados, clandestinidad, exilio.
Agujeros de bala que también perforaron nuestros corazones y nuestras mentes, pero que no nos vencieron. Fuimos llenando esos agujeros de ausencias e interrogaciones con fuerza y persistencia. Estamos seguros que le pusimos
dignidad a la historia.
Este juicio emblemático está demostrando que volver al pasado, a ese pasado extraordinario que hizo de nosotros mejores seres humanos y que nos permitió pensar y vivir por ideales en el sentido que no hay estímulo más grande que
el de las hermosas y heroicas utopías, para obtener esa sentencia es un ejemplo que fortalece a la sociedad institucional y democráticamente. Lo consideramos un legado para la sociedad, es un precedente jurídico para otros juicios que vendrán y que pondrán luz a los años 1972-1976 que habían sido ocultados tras una oscura nube de impunidad y falta de registro.
Tenemos una sensación, quizás transitoria, de vacío, de pensar que con la sentencia algo se terminó. Pero inmediatamente sentimos la urgencia de continuar el camino. Vamos por la apelación de la absolución de Pacagnini,
jefe de la Base imprescindible transmisor de la orden recibida; la extradición de Roberto Guillermo Bravo, asesino con mayúscula y ejecutor protagonista de los tiros de gracia; por cárcel común y efectiva para todos; el seguimiento de
la salud de Mayorga para poder llevarlo a juicio. Y, entonces nos damos cuenta que estamos llenos de mucho por hacer, que seguimos reivindicando la militancia, la ideología, y la lucha de cada uno de ellos por lograr la transformación
social que continuamos buscando.
Y todo esto nos conmueve porque tomamos conciencia que entre la lucha y el amor pudimos ir armando algo bello y único para nosotros y para los que nos sostuvieron las espaldas, para nuestros familiares más jóvenes (que levantaban
con mucho orgullo las fotos de los militantes) y para todos los que sin ser familiares hicieron y se sintieron como propios.
Todo cambia, todo es dialéctico (como ellos decían) y en este abismo de 40 años ya no somos los mismos, ya no tenemos las dictaduras, nos queda una ruta de construcción por hacer, pero nos queda la dignidad de "haber pertenecido" y
en este concepto va incluido que debemos seguir peleando por eso, por hacer que esta sentencia construya memoria, aliente la verdad e impulse la justicia.
Convencidos que estemos donde estemos los familiares, en la patria o en cualquier lugar del mundo, con nuestro corazón siempre estaremos mirando al Sur.
POR ANDRÉS ACEVEDO. Comodoro Rivadavia – Trelew. EES 120
El Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia que condenó a prisión perpetua a tres marinos por los fusilamientos ocurridos el 22 de agosto de 1972 en la base Almirante Zar afirmó que la Masacre de Trelew no ocurrió por una acción de “oficiales trasnochados” y que asesinaron a “todos los guerrilleros que pudieron”. “Fue una agresión traicionera”, destacaron en la fundamentación de la sentencia. El tribunal que dictó la sentencia condenatoria a prisión perpetua para Luis Emilio Sosa, Emilio del Real y Carlos Marandino, los fusiladores que en la madrugada del 22 de agosto de 1972 eliminaron a 19 guerrilleros presos, remarca que “no fue un evento más”, sino que estuvo “inserto en un plan ideado y puesto en acción por los más altos mandos militares del gobierno”.
Según los integrantes del tribunal federal que enjuició a los militares genocidas,
-los jueces Enrique Guanziroli, Juan Velázquez y Nora Cabrera de Monella– la evidencia que presentó la defensa “tampoco explica que una ocasional ingesta de alcohol por algunos haya desencadenado tamaña tragedia”.
En otro tramo, los magistrados aseveran que “no fue una esporádica acción intempestiva de oficiales trasnochados, sino un evento más, inserto en un plan ideado y puesto en acción por los más altos mandos militares del gobierno, a los cuales debían sujeción los autores”.
Destacan que dicho plan sistemático y general no estaba escrito, pero argumentan que “sería demasiada ingenuidad pretender que sus autores dejaran las huellas y los rastros de tamaño exceso”.
los jueces se preguntan: “¿qué fue lo que hizo que calificados oficiales y suboficiales jóvenes de la armada, de distintas armas, cometieran esa madrugada semejante acto de barbarie, cuando ninguno tenía antecedentes de una perversión brutal para un crimen semejante?”. “era indispensable lograr entre todos un ominoso pacto de silencio mafioso” afirman.
Un plan atroz
En otro tramo del extenso escrito, los jueces afirman que los homicidios fueron “el escarmiento ejemplificador a la sorpresiva y exitosa fuga del penal de máxima seguridad del régimen, la respuesta a sus protagonistas cautivos; la expresión visible y más atroz del plan común para reprimir y matar militantes sociales, disidentes, contestatarios y detenidos del régimen”.
Explican que fue “uno más de los aberrantes delitos cometidos en su desenvolvimiento”, por lo que no es central saber quién ordenó la matanza “o por cuál de las cadenas formales o informales del poder fue transmitida y finalmente a quién; el crimen fue perpetrado por funcionarios estatales, con el uso de armas oficiales, en un establecimiento militar naval y con las víctimas inermes y cautivas”.
La sentencia describe la ejecución como “extrajudicial, sumaria y forzada”.
Hubo una “decisión directa de matar sin piedad a los cautivos. en 1972 fue inédita, pero constituyó luego de 1976 la metodología aberrante de la represión estatal, haciendo blanco en un sector de la población civil”.
Los magistrados observaron también que tras los fusilamientos, “oficialmente se mintió sobre sus causas, su modalidad, se deformó y ocultó a sabiendas de la verdad y por sobre todo, se quiso imponer a diestra y siniestra una única versión sobre lo sucedido, que bajo ningún punto admitía contradicciones y que siempre, desde los estratos del poder se controlaba más tarde, preferentemente en los aniversarios conmemorativos”.
Matar “sin riesgos”
Según el fallo, los marinos querían matar a los presos sin correr riesgos. Por eso, que los detenidos no hayan advertido el peligro inminente “fue provocado y aprovechado por los victimarios”. Otros factores fueron la noche, la orden de ponerse en fila mirando al piso, el lugar angosto y pequeño, y el armamento militar de gran poder. “todo revela que fueron decididos a anular cualquier atisbo de resistencia, nutriendo la indefensión de los inmolados, que en condiciones normales habrían opuesto sus defensas. Fueron a matar sobre seguro”.
A ningún marino “lo frenaron consideraciones morales, valoraciones éticas, su bagaje cultural o educativo”. Así las cosas, “con frialdad accionaron sus armas y abatieron a los que más pudieron”.
La sentencia deja claro que “todos buscaron matar a los detenidos”.
Finalmente, los jueces indican que no existió obediencia debida: “pudieron examinar cualquier orden de matar que pudieran haber recibido y era manifiestamente ilícita, porque asesinar a una considerable cantidad de personas indefensas, utilizando métodos sangrientos y crueles, nunca es un acto en apariencia legal, sino contundentemente ilegal”.
Crímenes de lesa humanidad
El 15 de septiembre el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a prisión perpetua a los ex marinos Luis Sosa, Emilio Del Real y Carlos Marandino por su participación en la Masacre de Trelew. Los jueces consideraron que los hechos ocurridos en agosto de 1972 constituyen crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, son imprescriptibles. El CELS, querellante en la causa, en su alegato del 17 y 18 de septiembre, había señalado que “la Masacre de Trelew no fue un hecho aislado. Por el contrario, se afirmó que se trató de un plan general de ataque a un grupo de la población civil, definido en forma genérica como `comunistas´, `subversivos´, `terroristas´” y que “por la magnitud, características y sistematicidad de la población, debían ser considerados como crímenes de lesa humanidad”.
Por otra parte, el tribunal -integrado por los jueces Enrique Guanziroli,
Juan Leopoldo Velázquez y Nora Monella- absolvió a quien fuera jefe de la Base
Almirante Zar al momento de los hechos, Rubén Norberto Paccagnini, y al
juez militar designado para realizar la investigación, Jorge Bautista. Asimismo,
solicitó la extradición de Roberto Guillermo Bravo, quien reside en los
Estados Unidos y está acusado de haber sido uno de los autores de la masacre. Sin embargo, no se pronunció sobre el pedido de investigación de la
responsabilidad penal del médico Lisandro Iván Lois en relación con la falsedad de sus reportes médicos, solicitada por la querella por considerar que podría ser autor del delito de encubrimiento. Esto había sido pedido por el CELS.
En el alegato el CELS había solicitado prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua para los ex marinos y la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo para Jorge Bautista, de acuerdo a la ley vigente al momento de los hechos, lo cual no fue considerado por el tribunal a la hora de dictar la sentencia.
En esta causa se juzgaron los hechos originados el 15 de agosto de 1972, con la fuga de veinticinco presos políticos que se encontraban en la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Rawson. En esa oportunidad, seis
de los prisioneros lograron escapar a Chile y los 19 restantes se entregaron en el aeropuerto de Trelew al capitán de navío Luis Emilio Sosa, segundo jefe del Batallón de Infantería Marina de la base aeronaval Almirante Zar. Seis días
después, en la madrugada del 22 de agosto, 16 de los prisioneros fueron asesinados por personal militar. Murieron Carlos Heriberto Astudillo, Rubén Pedro Bonet, Eduardo Adolfo Capello, Mario Alberto Delfino, Carlos Alberto
Del Rey, Alfredo Elías Kohon, Clarisa Rosa Lea Place, Susana Graciela Lesgart, José Ricardo Mena, Miguel Ángel Polti, Mariano Pujadas, María Angélica Sabelli, Humberto Segundo Suárez, Humberto Adrián Toschi, Jorge Alejandro Ulla y Ana María Villarreal de Santucho. María Antonia Berger, Alberto Miguel Camps y Ricardo René Haidar, también fueron fusilados pero lograron sobrevivir y dar su testimonio antes de ser desaparecidos durante la última dictadura militar.
“Esta causa nos costó 40 años de militancia”
POR ILDA BONARDI DE TOSCHI.
FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS DE TRELEW.
Las emociones encontradas nos tienen a mal traer. Al dolor por el horror vivido, que comenzó ese 22 de agosto de 1972 y culminó con los 30.000 detenidos desaparecidos por el terrorismo de Estado, se nos contrapone la satisfacción
por la concreción de la Memoria, la demostración de la Verdad y la obtención de la Justicia.
Esta causa nos costó 40 largos años de militancia. Persecuciones, amenazas, familias aniquiladas, padres y hermanos asesinados, clandestinidad, exilio.
Agujeros de bala que también perforaron nuestros corazones y nuestras mentes, pero que no nos vencieron. Fuimos llenando esos agujeros de ausencias e interrogaciones con fuerza y persistencia. Estamos seguros que le pusimos
dignidad a la historia.
Este juicio emblemático está demostrando que volver al pasado, a ese pasado extraordinario que hizo de nosotros mejores seres humanos y que nos permitió pensar y vivir por ideales en el sentido que no hay estímulo más grande que
el de las hermosas y heroicas utopías, para obtener esa sentencia es un ejemplo que fortalece a la sociedad institucional y democráticamente. Lo consideramos un legado para la sociedad, es un precedente jurídico para otros juicios que vendrán y que pondrán luz a los años 1972-1976 que habían sido ocultados tras una oscura nube de impunidad y falta de registro.
Tenemos una sensación, quizás transitoria, de vacío, de pensar que con la sentencia algo se terminó. Pero inmediatamente sentimos la urgencia de continuar el camino. Vamos por la apelación de la absolución de Pacagnini,
jefe de la Base imprescindible transmisor de la orden recibida; la extradición de Roberto Guillermo Bravo, asesino con mayúscula y ejecutor protagonista de los tiros de gracia; por cárcel común y efectiva para todos; el seguimiento de
la salud de Mayorga para poder llevarlo a juicio. Y, entonces nos damos cuenta que estamos llenos de mucho por hacer, que seguimos reivindicando la militancia, la ideología, y la lucha de cada uno de ellos por lograr la transformación
social que continuamos buscando.
Y todo esto nos conmueve porque tomamos conciencia que entre la lucha y el amor pudimos ir armando algo bello y único para nosotros y para los que nos sostuvieron las espaldas, para nuestros familiares más jóvenes (que levantaban
con mucho orgullo las fotos de los militantes) y para todos los que sin ser familiares hicieron y se sintieron como propios.
Todo cambia, todo es dialéctico (como ellos decían) y en este abismo de 40 años ya no somos los mismos, ya no tenemos las dictaduras, nos queda una ruta de construcción por hacer, pero nos queda la dignidad de "haber pertenecido" y
en este concepto va incluido que debemos seguir peleando por eso, por hacer que esta sentencia construya memoria, aliente la verdad e impulse la justicia.
Convencidos que estemos donde estemos los familiares, en la patria o en cualquier lugar del mundo, con nuestro corazón siempre estaremos mirando al Sur.