Patagonia

Seguirá abierta la investigación por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado

La Sala IV de la Cámara de Casación Penal ratificó la imputación sobre uno de los gendarmes que persiguió al joven hasta el río Chubut, y solicitó una serie de medidas clave para determinar la fecha exacta de la muerte y el tiempo que estuvo bajo el agua. Habrá una reconstrucción virtual del hecho.

El portal En Estos Días publicó que la Justicia ratificó que debe seguir abierta la causa que investiga la desaparición y muerte de Santiago Maldonado.

Así lo definió en las últimas horas la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, cuyos integrantes avalaron el fallo de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, que resolvió que debe continuar la investigación. Además, ratificó la imputación sobre el gendarme Emmanuel Echazú -que en primera instancia había logrado el sobreseimiento-, uno de los uniformados que persiguió a Maldonado y a los integrantes de la comunidad mapuche hasta la costa del río Chubut.

De acuerdo a esta nueva resolución, un nuevo Juez tendrá que determinar el vínculo entre el accionar represivo de Gendarmería y la desaparición y muerte de Maldonado; así como el espionaje ilegal contra miembros de la pu lof en Resistencia Cushamen y la familia del joven anarquista que desapareció el 1 de agosto de 2017.

Por unanimidad los camaristas Gustavo M. Hornos (Presidente) y Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo (vocales) solicitaron la producción de una serie de medidas de prueba tendientes a determinar el contexto en el momento de la desaparición de Maldonado, así como la fecha exacta de su muerte.

Sobre este último punto pidieron pericias para determinar la posibilidad de dilucidar qué tipo de depredador pudo haber producido las lesiones que presentaba el cuerpo de Santiago Maldonado; tomar declaraciones testimoniales relacionadas con la presencia y cantidad de algas unicelulares eucariotas en el cuerpo de la víctima y con la presencia de polen en sus prendas; y la determinación del tiempo que permanecieron bajo el agua tanto un bastón metálico retráctil como los billetes hallados entre las pertenencias de la víctima.

Otros tres puntos sobre claves del fallo: los jueces reclamaron la realización de una reconstrucción virtual del escenario de los hechos en tres dimensiones, con realidad aumentada; así como reeditar la declaración testimonial de uno de los testigos ofrecidos por una de las querellas; y la solicitud de información respecto a un llamado telefónico efectuado al teléfono celular de Santiago Maldonado.

Los jueces Carbajo y Borinsky concluyeron que "la existencia de medidas de prueba pendientes impide que, de momento y en esta etapa procesal, progresen los recursos de casación interpuestos por las partes, por lo que correspondía su rechazo en esos términos".

Se refiere puntualmente al pedido de la familia de Santiago Maldonado y la APDH para que se investigue puntualmente bajo la figura de "desaparición forzada". Para ello, interpretaron los magistrados, debe concluirse con la etapa de instrucción bajo las nuevas premias de investigación.

Por su parte, Hornos votó por admitir los recursos presentados por Sergio Maldonado y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos contra la decisión de la Cámara de Apelaciones, en la medida en que ésta descartó arbitrariamente la hipótesis de que Santiago Maldonado había sido víctima de una desaparición forzada, junto con toda consideración de un posible accionar irregular por parte de la Gendarmería Nacional.

En ese sentido, el magistrado indicó que "más allá de la trascendencia periodística que el caso ha suscitado y las quizás inevitables manipulaciones mediáticas a las que fue sometido, la desaparición física de una persona en circunstancias en las que se llevaba adelante un procedimiento en el que intervenían fuerzas de seguridad exige por parte de las autoridades del Estado el compromiso categórico de actuar con diligencia inclaudicable, de poner a disposición de las partes todos los recursos que resulten razonablemente necesarios a fin de esclarecer los hechos y, eventualmente, establecer responsabilidades, procurando ejercer la máxima prudencia antes de emitir pronunciamientos que puedan menoscabar los derechos de los afectados".

"Sólo en tales condiciones -enfatizó- será posible desterrar toda sospecha que aún persista en relación con los involucrados directamente en los hechos, las fuerzas de las que forman parte y las autoridades políticas que las comandan; y asimismo, sólo de esa manera se podrá honrar la confianza depositada en el servicio de administración de justicia por los deudos y estar a la altura de las expectativas de una sociedad que, como es de público y notorio, se ha visto profundamente sensibilizada y movilizada por un hecho de enorme trascendencia pública para la vida democrática y pacífica."

Por ello, en definitiva anuló los puntos de la sentencia recurrida que podrían obstaculizar la realización de una investigación global y exhaustiva de los hechos, remarcando que la cuestión de la posible ilegalidad del procedimiento llevado adelante por la Gendarmería Nacional -y más generalmente, del contexto que rodeó a los hechos del caso- "constituye un aspecto medular de la determinación de las posibles responsabilidades -directas o mediatas- derivadas de la muerte de Santiago Maldonado, de la que también resulta inescindible".

Por último, los tres jueces en forma unánime encomendaron la urgente designación de un nuevo Juez instructor que deberá continuar con la investigación, atento la inhibición de los magistrados de primera instancia que intervinieron en el caso.