Géneros

Violaciones y delitos sexuales, el nuevo foco de la causa contra militares de La Escuelita en Neuquén

En su VII etapa, el próximo miércoles se trata un caso emblemático de la región. Dos especialistas, María Sonderéguer y Rita Segato, ya expusieron sobre la temática ante el tribunal.

Las violaciones y los delitos de violencias sexuales contra las víctimas del centro clandestino de detención que funcionó en Neuquén conocido como La Escuelita, son uno de los ejes centrales del séptimo tramo del juicio que se lleva adelante desde diciembre, por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico militar.

La audiencia del próximo miércoles será clave para juzgar estos delitos porque declarará como testigo Dora Seguel, quien era militante de la Juventud Guevarista y fue secuestrada en Cutral Co en 1976, cuando tenía 16 años, junto a sus hermanas, Argentina y Arlene (que continúa desaparecida).

Se trata de "un caso emblemático", según explicó a Va Con Firma el abogado de la Asamblea por los Derechos Humanos (APDH) de Neuquén, Bruno Vadalá, porque "es el primer caso que llega a ser tratado en un juicio como víctima de violencia sexual", en el que están acusados 5 de los 15 imputados en esta causa.

En la última audiencia, la querella que representa Vadalá convocó a dos reconocidas especialistas en estudios de género y derechos humanos, que declararon por videoconferencia como testigos de concepto.

Una de ellas es María Sonderéguer, profesora e investigadora de la Universidad Nacional de Quilmes. En su amplia trayectoria, sobresale su participación como directora del proyecto de investigación "Violencia sexual y violencia de género en el marco del terrorismo de Estado", desarrollado en los Centros de Derechos Humanos de las Universidades de Quilmes y de Lanús.

En su exposición frente al tribunal compuesto por los jueces Alejandro Cabral (presidente), Simón Bracco, Alejandro Silva, Sonderéguer repasó cómo ha ido cambiando la jurisprudencia y los marcos interpretativos de los hechos a través del tiempo y afirmó que ahora las víctimas se animan a hablar porque "ha habido una transformación en los sentidos comunes y por ende se ha ido modificando las preguntas que le hacemos a ese pasado, la delimitación de los hechos investigados e incluso las interpretaciones dadas a los tipos jurídicos existentes".

Al referirse a la violencia sexual en el contexto del genocidio, dijo que "la sexualidad tiene una dimensión moral aún hasta nuestros días y podemos pensar entonces que las violencias de índole sexual en el marco del plan sistemático de represión y exterminio fueron un modo de dominación, un modo de disciplinamiento".

Agregó que "tenía que ver con la posibilidad de reforzar la condición de dominio sobre la vida y la muerte de las personas" y que "podemos considerarlo como un acto domesticador que establecía un tipo de control físico y moral sobre las víctimas".

Explicó que "las violencias sexuales fueron pensadas como agresión y afrenta hacia otros varones" porque "históricamente las violencias sexuales en situaciones de guerra y de conflicto armado, desde la Segunda Guerra Mundial, fueron un modo de escribir la derrota de los otros varones en el cuerpo de las mujeres".

También indicó que "nosotros sabemos, aunque haya muchas menos denuncias, que también hubo violaciones sexuales a varones" y señaló que en estos casos "opera la misma estructura de dominio".

Amplió que "a las mujeres se las disciplina, hay una apropiación del cuerpo de las mujeres. Y a los varones se los feminiza, se los destituye de su masculinidad. Nosotros sabemos que incluso esta práctica persiste en la actualidad. Quizás por esto ha sido mucho más complejo que los varones denunciaran la violencia de género a que fueron sometidos en los centros clandestinos de detención".

La otra testiga de concepto convocada por la APDH para la audiencia del jueves pasado fue la Doctora en Antropología Rita Segato, quien explicó el concepto de "femigenocidios", que acuñó para para referirse a los femicidios y las agresiones sexuales que se comenten en contextos de "mancomunamiento de una corporación", que "sella un pacto de lealtad interna", por lo que son crímenes que no se remiten al ámbito de la intimidad o a la interpersonalidad.

Para Segato, en estos regímenes, "la corporación es más importante que el derecho, que la ley", y describió que "el macho alfa, el sujeto en la cúpula de la organización corporativa, autoriza, entrega, y el subordinado en esa jerarquía no procede sin una autorización".

"Sería imposible pensar que alguien, en una organización corporativa como es la militar, tomaría una iniciativa privada, personal, sintiéndose libre, sobre todo cuando se encuentra en una tarea a la que fue designado", indicó, respecto de los perpetradores de los delitos sexuales.

La función reparadora de los juicios

En su disertación, Sonderéguer hizo hincapié enel doble rol que tienen estos juicios. Para las víctimas, cumplen una función reparadora, al darles la posibilidad de ser escuchadas.

"La escena judicial es la que dice qué es lo correcto o incorrecto en una sociedad porque en su sentencia transmite una idea de bien común", explicó, y agregó que "desde esta perspectiva consideró tiene una enorme función reparadora y por eso las víctimas hoy denuncian en escena judicial daños que no denunciaron años atrás porque han quedado lastimadas, porque sentían vergüenza, porque no había marcos de escucha posibles para que una persona pudiera denunciar estas violencias".

Añadió que las sentencias tienen además un valor simbólico hacia el resto de la sociedad porque le envían un mensaje acerca de qué es lo tolerable en un momento histórico determinado y habló de "la responsabilidad de los tribunales en relación a establecer quién es el responsable del daño".

"Es la sentencia la que dice qué es lo que está bien, cuál es la norma moral que es correcta en esa sociedad. Es la sentencia la que va a indicar quién es el responsable del daño producido", remarcó.

En sintonía con Sonderéguer, Segato señaló que "el papel de un juez es el papel de un pedagogo que le dice a la sociedad lo que puede y no puede hacer, lo que debe y no debe hacer" y agregó que "si no es pedagoga, la justicia sirve de muy poco, se reduce a lo punitivo".

También se refirió al rol sanador de la justicia, al afirmar que "cuando el Estado las reconoce (a las víctimas), es también un reconocimiento de la inocencia moral de la víctima. Es un rescate moral de la víctima. El Estado, como gran figura paterna, legisladora y donadora de justicia, va a decirle a la víctima que ella es moralmente inocente y eso es también un acto de justicia como sanación".

Para Segato "un buen Estado es una buena oreja, una buena escucha" y enfatizó que "el Estado debe prestar su escucha sobre todo y muy especialmente a quien se encuentra en una situación de despoder, de status inferior, como somos las mujeres".

En ese sentido, indicó que "el sentido común de los operadores del derecho tiene que transformarse" y enfatizó que "falta transformar la mentalidad de los jueces".

Para Vadalá, el testimonio de las investigadoras fue "muy valioso" porque "nosotros necesitábamos que expertas nos aporten desde otras ciencias un saber que los abogados y abogadas no tenemos en general". Para finalizar, coincidió en el deber que tienen los operadores de la justicia de tener "una escucha más empática y menos prejuiciosa".

Fuente: Va Con Firma